Opinión | De aquellos Morocho(s), estos lodos

Del “superpolicía” convertido en oráculo al juicio paralelo televisado: cuando el atestado sustituye a la prueba y la pena de banquillo se dicta antes del juicio oral. Marcos Molinero es abogado penalista. Foto: Confilegal.

29 / 05 / 2026 05:44

Hay nombres que terminan simbolizando una época. Manuel Morocho —inspector de la UDEF convertido durante años en referencia mediática de las grandes investigaciones anticorrupción— fue uno de ellos.

No porque el debate deba centrarse en una persona concreta, sino porque alrededor de determinados informes policiales se consolidó un fenómeno extremadamente peligroso: convertir simples diligencias de investigación en verdades casi indiscutibles.

Durante años se elevó a ciertos investigadores a la categoría de cruzados morales. Sus informes, filtrados estratégicamente a medios de comunicación, dejaron de ser herramientas provisionales de instrucción para transformarse en auténticos relatos políticos, mediáticos y judiciales. Y lo más grave es que aquello no solo fue tolerado: fue celebrado.

De aquellos Morocho(s), estos lodos.

Porque el problema nunca fue un funcionario concreto. El problema fue el modelo que empezó a normalizarse: informes policiales cargados de sospechas, inferencias, hipótesis y valoraciones de preimputación convertidos automáticamente en condenas públicas anticipadas.

Y ese modelo sigue intacto.

Hoy ocurre exactamente lo mismo con los casos que afectan al entorno de Zapatero, Ábalos o las llamadas “cloacas” del PSOE.

Un auto de entrada y registro, una resolución basada en indicios racionales o un informe policial filtrado bastan para activar inmediatamente el mecanismo de demolición pública.

La secuencia ya es conocida

Primero aparece el informe policial.

Después llega la filtración interesada.

A continuación se produce el inevitable sobredimensionamiento mediático.

Y finalmente aterriza el pelotón habitual: tertulianos, políticos y opinadores profesionales de uno y otro signo ideológico compitiendo por dictar sentencia antes que el tribunal.

Porque aquí radica una de las grandes degeneraciones de nuestro tiempo: la política y el espectáculo mediático han terminado confundiendo deliberadamente indicios con culpabilidad.

Y no, no es lo mismo.

La existencia de indicios racionales puede justificar la apertura de una investigación o incluso la celebración de un juicio oral.

Pero la presunción de inocencia no desaparece porque un informe policial resulte escandaloso, porque un auto contenga afirmaciones graves o porque exista un clamor mediático exigiendo condenas inmediatas.

Eso debería ser elemental en un Estado de Derecho.

Sin embargo, hace años que decidimos sustituir el juicio oral por el juicio televisivo.

Pena de banquillo

La pena de banquillo ya no consiste solo en sentarse ante un tribunal. Hoy comienza mucho antes: cuando el investigado aparece triturado diariamente en titulares, tertulias, editoriales y discursos parlamentarios construidos sobre documentos que ni siquiera tienen valor probatorio pleno.

Porque conviene recordarlo otra vez: el atestado policial NO es prueba.

Ni el informe de la UDEF.

Ni el oficio de la Guardia Civil.

Ni un auto de incoación.

Ni una resolución de entrada y registro.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo lo ha dicho hasta el agotamiento: las diligencias practicadas durante la instrucción son únicamente medios de investigación destinados a preparar un eventual juicio oral. El atestado es objeto de prueba, no prueba en sí misma.

Pero la realidad práctica ha degenerado en otra cosa.

Los informes policiales se utilizan como si fueran sentencias anticipadas.

Las filtraciones convierten documentos reservados en munición política.

Y demasiados jueces y fiscales asumen acríticamente relatos policiales que deberían someterse a un escrutinio mucho más riguroso.

Subcontratación de la instrucción penal

Ahí aparece otro de los grandes problemas estructurales que llevamos años arrastrando: la progresiva subcontratación de la instrucción penal.

Porque en demasiados procedimientos la sensación es que la policía judicial ya no investiga bajo dirección jurídica, sino que acaba marcando el propio rumbo del proceso.

Se elaboran informes con valoraciones jurídicas, hipótesis incriminatorias y construcciones de preimputación que terminan condicionando toda la causa.

Y mientras tanto, la Fiscalía —que constitucionalmente debería dirigir y controlar la investigación— aparece demasiadas veces desaparecida o limitada al cómodo “copy and paste” del relato policial.

Conviene recordar algo que parece olvidado incluso dentro del propio sistema: la policía judicial debe trabajar bajo la dirección fiscal y no al revés. Así lo recordó expresamente la Memoria de la Fiscalía General del Estado de 2017 firmada por José Manuel Maza, y así lo han señalado resoluciones judiciales en asuntos como Ballena Blanca o el caso Guateque.

La teoría es impecable.

La práctica, bastante menos.

Porque lo que se ha consolidado durante años es una cultura procesal basada en investigaciones prospectivas, sospechas sobredimensionadas y una peligrosa tendencia a buscar confirmación de hipótesis previamente asumidas.

Y todo ello alimentado por un ecosistema mediático y político que vive de convertir la instrucción penal en espectáculo permanente.

Lo verdaderamente irónico es que muchos de los actuales perjudicados crecieron políticamente dentro de ese mismo sistema.

Aplaudieron filtraciones cuando afectaban al adversario.

Celebraron informes policiales convertidos en dogmas.

Utilizaron autos judiciales como armas de destrucción política.

Y ayudaron a construir una cultura pública donde bastaba una imputación mediática para arruinar reputaciones, carreras y trayectorias personales.

Ahora descubren que la máquina no distingue colores políticos.

Que el mecanismo sirve exactamente igual contra quienes ayer lo utilizaron con entusiasmo.

La instrucción como instrumento de combate político, mediático y social

Por eso el problema ya no es Zapatero, Ábalos, Morocho o la fontanera de turno.

El problema es haber convertido la instrucción penal en un instrumento de combate político, mediático y social.

Porque cuando el proceso penal abandona las garantías y se convierte en espectáculo, todos terminan siendo potenciales víctimas del mismo sistema que antes jaleaban.

Y quizá convenga recordarlo ahora, precisamente ahora, cuando tantos parecen sorprendidos por prácticas que llevan décadas alimentando:

La instrucción no es condena.

Los indicios no son culpabilidad.

La presunción de inocencia no depende de las encuestas ni de las tertulias.

Y la justicia no puede administrarse desde un plató de televisión ni desde una tribuna parlamentaria.

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