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Menores como arma arrojadiza: No les robemos la infancia

Menores como arma arrojadiza: No les robemos la infancia
Susana Gisbert es fiscal en la Audiencia Provincial de Valencia. Twitter: @gisb_sus.
02/4/2018 06:15
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Actualizado: 02/4/2018 10:24
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Hace ya tiempo que venimos asistiendo, con enorme conmoción, al horrendo espectáculo mediático que desfila ante nuestros ojos cada vez que un menor es asesinado por uno de sus progenitores o por quien en algún momento hace las veces de tal.

E insisto en lo de “progenitores” porque tanto espanto me causan los asesinatos cometidos por hombres como por mujeres, aunque haya quien se empeñe en que el hecho de que una se dedique a la lucha contra la violencia de género por profesión y por vocación le incapacita para reprochar otros hechos, particularmente los cometidos por mujeres.

Y de eso nada.

Me espantó, como no podía ser de otro modo, el reciente asesinato de Gabriel Cruz, tanto como me horrorizó en su día el de los niños Ruth y José Bretón o el más reciente de los niños de Getafe, cuyo padre se quitó la vida arrojándose a la vida del tren tras -presuntamente, por descontando- matarlos. Unos hechos que son la punta del iceberg pero que, desgraciadamente, aumentan cada día más.

La terrible estadística de menores asesinados en estas circunstancias duplicó a la de años anteriores.

Lo primero que se le viene a una a la cabeza al leer estas cosas es cómo alguien puede ser capaz de matar a un niño o a una niña.

Las criaturas, sean o no propias, no pueden causar otra cosa que ternura y el hecho de hacerles daño es algo que se nos escapa al común de los mortales. Y ya, si esas criaturas son de nuestra propia sangre, es absolutamente inconcebible.

Pero existe, y hay que enfrentarlo. Por desgracia.

Pero, como decía, estos hechos luctuosos no son sino la punta del iceberg de un rosario de problemas que se plantean en el día a día. Problemas, además, que muchas veces pasan por el juzgado, con todo lo que ello supone.

Padres que no se ponen de acuerdo en nada y respecto de cuyos hijos hemos de acabar decidiendo cualquier cosa, desde si van a la excursión del colegio si han de ir a clase de judo o de basket,  si estudian inglés o chino, si toman la Primera Comunión o no la hace, dónde será el evento y hasta el traje que ha de lucir para ello -cuando no son, directamente, dos trajes y dos banquetes-.

Dos ejemplos

Por citar algún ejemplo, lo haré con dos que me parecieron extremos.

En primer lugar, el de una niña cuyos padres se embarcaron en una encarnizada batalla sobre a qué colegio la llevaban, cuando las opciones de ambos eran casi idénticas, dos colegios religiosos de curas que distaban no más de 200 metros; como ninguno cedió, la menor acabó siendo escolarizada forzosamente en un colegio público a varios kilómetros de su domicilio porque era la única plaza disponible.

El segundo ejemplo es el de otra niña cuyos padres también se embarcaron en una no menos encarnizada batalla acerca de a qué comisión de falla apuntarla, y, como quiera que nadie cedía y ambos la inscribieron en la suya, y le compraron un traje diferente, llegó el momento en que los actos se solaparon y se armó un enorme jaleo, que acabó con la niña suplicando no tener nada que ver con fallas ni comisiones falleras en su vida.

A cualquier avezado lector, jurista o no, no se le escapará que en casos así es absolutamente inviable la custodia compartida.

No podemos tener un procedimiento judicial cada vez que el niño o niña tiene una excursión, necesita una vacuna, gafas u ortodoncia, cada vez que la maestra pone una nota diciendo que necesita profesor de refuerzo, cuando no lleva los deberes hechos, cuando se quiere apuntar a swajilii o bailes regionales, cuando ha de tomar la primera Comunión, irse a Eurodisney o acudir a la boda de su tía.

Los padres deciden

Ningún juez ni fiscal pude suplir lo que deben decidir los padres, pero eso es lo que acabamos haciendo cuando no hay manera de entenderse: decidir sobre la vida de niños a los que no conocemos.

Tal como suena.

¿Por qué ocurre esto?

Pues, ni más ni menos que porque se utiliza a las criaturas como arma arrojadiza de batallas entres sus padres a las que deberían ser totalmente ajenos.

Y ya sé que la solución parece muy fácil ley en mano: el interés del menor o «favor minoris».

Pero el problema es qué se entiende por tal en cada caso, porque en la mayoría de las ocasiones, uno y otro progenitor esgrimen ese interés para fundamentar sus pretensiones.

Y eso no es correcto.

Les aseguro que nada tiene que ver con el interés de una menor el comulgar vestida de organdí o con traje de lagarterana, o celebrar su cumpleaños en un parque de bolas o en el cine. Cosas de este cariz están más cerca del interés de los padres y, si me apuran, del interés en fastidiar al otro.

Y los hijos e hijas no pueden usarse como instrumento para tan espurio fin.

O no deben, vaya.

Tras decir esto, a buen seguro que habrá quien piense que estoy en contra de la custodia compartida, como dicen que lo estamos todas las que nos consideramos feministas.

Craso error.

Fallamos en el planteamiento

En una pareja civilizada, con unas relaciones a pie de igualdad, la ruptura debe ser exactamente igual y en esa situación lo óptimo no puede ser otro sistema que la custodia compartida, como óptimo es haber compartido las tareas mientras duró la unión.

El problema viene cuando la pareja, como ocurre tantas veces en la sociedad, no ha vivido en esa igualdad constante convivencia, o cuando la ruptura exacerba los ánimos hasta hacer imposible cualquier entendimiento.

O cuando existe o ha existido violencia de género, en cuyo caso es la propia ley la que prohíbe, con toda la razón, la custodia compartida.

Como decía antes, creo que fallamos en el planteamiento.

Muchas veces, parece que se entiende la custodia como un derecho del progenitor, una especie de premio a quien sea mejor padre o madre, como si los hijos fueran una propiedad.

Y aún hay más, se parte, aunque no se diga, de que la guarda y custodia es algo inherente a las madres, porque es a las mujeres a quienes tradicionalmente se nos asigna la función de cuidado.

Y ni una cosa ni otra.

La guarda y custodia bien entendida, es, sobre todo, un conjunto de obligaciones para el progenitor y un conjunto de derechos para el menor, que son los que deben prevalecer.

Reglas generales

Por eso no deberían establecerse reglas generales, sino analizar caso por caso cuál es el régimen más adecuado para ese menor determinado en esas circunstancias concretas.

Y, aunque se diga otras cosas, ese es el régimen del Código Civil, que por ningún sitio dice que la custodia sea preferente para la madre.

Otra cosa es que la práctica jurisprudencial durante mucho tiempo haya ido en ese sentido, en consonancia con una sociedad que asignaba a las mujeres el papel de cuidadoras, pero que está cambiando.

A mi entender, no creo que establecer como regla general la custodia compartida aporte nada, más allá de un corsé legal del que cueste más salirse cuando las circunstancias lo hagan necesario.

Ni mucho menos creo que imponer este régimen de custodia cuando las circunstancias aconsejen otro sea beneficioso para los hijos o hijas. Es más, en muchos casos se podría convertir en un polvorín de continuos conflictos, como los ejemplos que he aludido, e incluso más graves.

Y la conflictividad en la familia siempre opera en detrimento del desarrollo del menor.

En cualquier caso, y con la excepción, legal e incuestionable, de la prohibición de la custodia compartida en los casos de violencia de género, en que no hay acuerdo ni modulación posible, el régimen de custodia nunca debería servir como arma arrojadiza entre la pareja, con los menores como moneda de cambio.

Como tampoco debiera serlo el régimen de visitas.

Como decía al principio de estas líneas, estas situaciones más de una vez han desencadenado verdaderos dramas que han acabado con la vida de estos menores.

En muchos casos, además, usados  como instrumento para ejercer la forma más cruel de violencia de género sobre sus madres, por más que existan otros supuestos, igual de reprochables, en que son las mujeres las autoras de tan terrible hecho.

Reflexionemos sobre ello.

La justicia no siempre consiste en que nos den la razón sin más.

Y, ante todo, no les robemos la infancia.

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