Un veredicto ejemplar: condena, por unanimidad, al sicario Miguel Ángel Durán por el asesinato del abogado Díaz Moñux
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12/5/2018 00:05
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Actualizado: 12/5/2018 11:35
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El jurado popular del juicio que se ha venido celebrando desde el pasado 5 de abril en la Audiencia Provincial de Madrid ha declarado culpable, por unanimidad, al acusado Miguel Angel Durán Abad del asesinato del abogado Alfonso Díaz Moñux.
Un crimen que fue perpetrado, a punta de pistola, en Madrid a las 21.30 del 18 de diciembre de 2008 en la calle Antonio Rodríguez Villa 14.
Durán Abad fue uno de los dos sicarios que disparó casi a bocajarro contra el abogado cuando éste iba a entrar en su garaje conduciendo su coche Mercedes y que con dos disparos, uno en el cuello y otro en la cara, acabó con su vida, sin darle oportunidad para defenderse.
El tribunal popular también le consideró culpable de disponer del arma de fuego, una pistola semiautomática de 9mm milímetros corto, que se usó para arrancar la vida a Díaz Moñux, careciendo del correspondiente permiso y licencia de armas.
El arma jamás fue recuperada.
Los 9 hombres y mujeres que compusieron el tribunal del jurado declararon probado que Durán Abad actuó de forma concertada con las 7 personas -4 colombianos y 3 españoles- que fueron jugados, y condenados en 2015, para llevar a cabo el asesinato a cambio de dinero.
UN VEREDICTO EJEMPLAR
En un extenso veredicto, votado íntegramente por unanimidad, que ha impresionado a todos los presentes en la Sala por su extensa y meticulosa motivación, el jurado declara también probado que el acusado llevó a cabo, durante varios días, vigilancias en las proximidades del domicilio y en las proximidades del despacho del abogado.
Y actuó coordinadamente con los 7 juzgados.
Los componentes del jurado popular, para llegar a ese convencimiento, elaboraron unos cuadros detallando todos los posicionamientos en esas zonas en cada uno de esos días del teléfono móvil de Durán Abad.
El abogado defensor del acusado, precisamente, trató de invalidar esta prueba, pero fracasó.
El jurado declaró igualmente probado que el día del asesinato el acusado se situó con Javier González Hernáiz en las inmediaciones de la casa de la víctima, esperando que Fernando González Hernaiz y Francisco González Álvarez, quienes estuvieron apostados en los alrededores del despacho de Díaz Moñux, les avisaran cuando este iba a salir.
Los tres mencionados habían sido condenados, previamente, por estos mismos hechos.
Javier González Hernáiz a 23 años de prisión como autor de un delito alevoso mediante precio, Fernando González Hernáiz, hermano del anterior, a 21 años, y Francisco González Álvarez, padre de los anteriores,de cárcel, como autores del mismo delito con la misma atenuante pero sin agravante.
El jurado declaró probado, por unanimidad, que aproximadamente sobre las 21:30 horas, cuando el coche que conducía la victima, en el que tambien viajaba su entonces pareja Tania Varela Otero, se disponía a entrar en el garaje de su domicilio, el acusado, Durán Abad y Javier González Hernaiz, ambos con la cara embozada o tapada para evitar que les reconocieran, se aproximaron por la parte izquierda del vehículo.
Uno de ellos, sin que haya podido determinarse quién, hizo dos disparos contra Díaz Moñux, con una pistola semiautomática, que impactaron en la cabeza del abogado.
La muerte no fue inmediata. Díaz Moñux falleció la mañana del siguiente en el Hospital de una parada cardiorespiratoria secundaria a consecuencia del atentado.
El Jurado desestimó, también por unanimidad, lo alegado por la defensa del acusado, de que se habían producido dilaciones indebidas en la tramitación del procedimiento.
El tribunal popular tuvo muy en cuenta que, ademas de la complejidad de la investigación, que los retrasos se han producido por causa del propio acusado, que tuvo que ser detenido en Brasil en octubre de 2017 y extraditado a España desde ese país.
Y que fue Durán Abad quien huyó en 2015, tras haber quedado en libertad por haberse anulado el primer juicio que se celebró en el año 2013, para el que tambien tuvo que ser extraditado desde Brasil.
Cualquier retraso o dilación en su enjuiciamiento era achacable sólo y exclusivamente al encausado.
Fiscal y acusaciones impresionados por el gran trabajo del jurado popular
Tras la lectura del veredicto, el Jurado ha optado por permanecer en la Sala para escuchar las alegaciones de las acusaciones y de la defensa al Magistrado-Presidente del Tribunal.
El fiscal y las acusaciones agradecieron el gran trabajo llevado a cabo, que dejó impresionados a todos ellos, y solicitaron al magistrado presidente que imponga al acusado 25 años de cárcel, la máxima pena por el delito de asesinato por precio o recompensa con la agravante de disfraz, y la pena de 1 un año y 6 meses por la tenencia ilícita de armas.
La defensa se limitó a manifestar su disconformidad con el veredicto, anunciando que recurrirá la sentencia.
El fiscal y los abogados de las acusaciones particulares Jaime Sanz de Bremond, Manuel Alonso y José A. Tuero se quedaron muy impresionados por el meticuloso y excelente trabajado llevado a cabo por el Jurado, que en un extenso anexo ha adjuntado a su veredicto una detallada y abundante motivación.
Un veredicto ejemplar y muy por encima del nivel medio.
Sanz de Bremond, acusación particular, representando al hermano del abogado asesinado, declaró, al respecto, que “Es la mejor y mas detallada motivación de un veredicto que he visto nunca, hasta el punto de no tener nada que envidiar a la fundamentación que hubiera podido efectuar cualquier juez profesional».
Y añadió: «Es sencillamente ejemplar. Incluye hasta cuadros detallados extraidos de los soportes informáticos que contienen todos los datos proporcionados por las operadoras telefónicas, con su correspondiente explicación. Confirma la buena salud de la institución del Jurado en España y reafirma la confianza que todosdeberíamos tener en los Tribunales de Jurado”.
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