Urdangarin pide quedar en libertad mientras el Constitucional revisa su recurso de amparo
El exduque dice que la no suspensión de su condena en estos momentos le ocasionaría "un perjuicio irreparable"./ EP

Urdangarin pide quedar en libertad mientras el Constitucional revisa su recurso de amparo

El marido de la infanta Cristina solicita que se anule la condena por uno de los delitos, el de malversación de caudales públicos
|
14/11/2018 10:15
|
Actualizado: 14/11/2018 10:44
|

El exduque de Palma, Iñaki Urdangarin, condenado por el Tribunal Supremo a cinco años y 10 meses por el ‘caso Nóos’, ha recurrido en amparo al Tribunal Constitucional la condena y ha solicitado que suspenda la ejecución de su pena mientras lo estudia.

El marido de la Infanta Cristina pide que se declaren vulnerados los derechos a la presunción de inocencia (artículo 24.2 de la Constitución), a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1) y a la libertad personal (artículo 17.1), y que se anule la condena que se le impuso por uno de los delitos, el de malversación de caudales públicos.

El exduque argumenta que dejarle en prisión esperando el resultado dejaría totalmente en entredicho la eficacia de un eventual fallo estimatorio de su recurso.

Urdangarín está interno en la cárcel de mujeres de Brieva (Ávila), a 105 kilómetros de Madrid, desde el pasado 18 de junio, una vez que el Tribunal Supremo confirmó para él una condena de 5 años y diez meses de prisión por prevaricación continuada y malversación (ambos en concurso), tráfico de influencias, fraude a la Administración y dos delitos fiscales. Rebajó cinco meses la pena que impuso la Audiencia Provincial de Palma.

Presentó un incidente de nulidad ante el Supremo en el que aseguraba que el fallo de la Audiencia balear carecía de «base material lógica», tenía contradicciones y conclusiones predeterminadas, así como falta de motivación material, por lo que pedía que se dejara sin efecto.

El Supremo lo desestimó el pasado 25 de septiembre.

AFIRMA QUE LA SENTENCIA NO PUDO CONCRETAR NINGUNA CONDUCTA DE INFLUENCIA PREVALENTE QUE JUSTIFIQUE LA MALVERSACIÓN

En su recurso ante el Constitucional, fechado a 5 de noviembre y de 80 páginas, el marido de la Infanta Cristina pide una revisión de la sentencia que concluya en una reducción considerable de condena al situarla por debajo de los cinco años de cárcel, límite bajo el cual el tribunal de garantías suele acceder a la suspensión de las condenas.

Reclama que se declaren nulas las sentencias tanto de la Audiencia balear y del Supremo en especial en cuanto a la condena por malversación de caudales públicos.

La defensa señala que la sentencia «no hace referencia a ningún hecho concreto» realizado o desplegado por Urdangarin que explicite o justifique la condena por dicho delito.

Indica que dicha resolución, «entremezclando hechos declarados probados con fundamentos jurídicos y viceversa, que Urdangarin tuvo una influencia decisiva prevalíendose de esa íntima relación de amistad y de su posicionamiento institucional, sin que según esta parte «en ningún pasaje de la sentencia, ni de las actuaciones, se concrete intervención personal alguna mínimamente explicitada» de esta conducta de ‘influencia prevalente’ requerida para ser condenado por malversación.

Según los abogados del exduque, tampoco se detalla o se señala cómo y con qué actos concretos desarolló Urdangarin tal conducta de prevalimiento en aras a su adecuada subsunción en el tipo penal que permite su calificación como cooperador necesario en la malversación.

Afirman que «la Sala describe conclusiones, no concreta ni relaciona hechos o actos del acusado que, en un devenir lógico-deductivo, explicarían aquellas».

Por otra parte, la defensa señala que la suspensión de la condena «no ocasiona perturbación grave a un interés constitucionalmente protegido, ni a los derechos fundamentales o libertades públicas de otra persona».

«Su denegación sólo puede causar un perjuicio irreparable a mi patrocinado», insiste.

EL SUPREMO TAMBIÉN DESESTIMÓ EL INCIDENTE DE NULIDAD PRESENTADO POR TORRES

El exsocio de Urdangarin, Diego Torres, también interpuso un incidente de nulidad contra su condena, que el Supremo desestimó en septiembre en el mismo auto en el que rechazó anular la sentencia de Urdangarin.

Fue condenado por el Alto Tribunal a 5 años y 8 meses por malversación, prevaricación y fraude a la Administración. El Supremo le hizo una sustancial rebaja: 3 años menos. Lo absolvió de tráfico de influencias, blanqueo y falsedad.

Torres ingresó en la cárcel Brians 2, en Sant Esteve Sesrovires (Barcelona) el pasado 18 de junio.

Los magistrados desestimaron igualmente el recurso presentado por la mujer de Torres, Ana María Tejeiro, a quien el Supremo impuso una multa de 172.384 euros al ser considerada responsable civil a título lucrativo de los delitos de malversación y fraude a la Administración de su marido.

También rechazó los recursos presentados por el Instituto Nóos, la Fundación Deporte Cultural e Integración Socialy otras entidades implicadas contra la sentencia del Alto Tribunal.

El Supremo explicó que en todos estos escritos se alegaban «cuestiones extrañas» y que no se atacan decisiones nuevas de los magistrados del Alto Tribunal, sino que«se viene a combatir indirectamente lo que decisión la Audiencia de Palma de Mallorca», que posteriormente fue confirmada por esta Sala «refrendando sus argumento y reforzándolos con otros destinados a refutar las quejas casacionales».

 

 

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales