“El CGPJ se ha preocupado solo de su propia imagen, no de la imagen de los jueces”, según el magistrado De Diego Díez
Luis Alfredo De Diego Díez, autor del libro "¡Al abordaje! Asalto a la justicia. Jueces y política: amistades peligrosas", recién publicado por la editorial Colex. Foto: Gonzalo de Diego.

“El CGPJ se ha preocupado solo de su propia imagen, no de la imagen de los jueces”, según el magistrado De Diego Díez

ES AUTOR DEL LIBRO "¡Al abordaje! Asalto a la justicia. Jueces y política: amistades peligrosas"
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24/11/2018 00:15
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Actualizado: 24/11/2018 12:03
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Luis Alfredo de Diego Díez, de 60 años, magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 10 de Sevilla y profesor de Derecho Procesal en la Universidad Pablo de Olavide, acaba de publicar «¡Al abordaje! Asalto a la justicia. Jueces y política: amistades peligrosas».

Un libro que pretende llegar a juristas y ciudadanos en su crítica a la politización de la Justicia.

En esta entrevista con Confilegal el autor considera que “no es aceptable que al día siguiente de quitarse el traje de ministro se vista la toga de juez” o que “el sistema no garantiza que se nombre a los mejores, sino a los afines ideológicamente”.

En cuanto a la falta de confianza o la percepción de los ciudadanos sobre la Justicia, es contundente: “El CGPJ se ha preocupado solo de su propia imagen, no de la imagen de los jueces”.

La dedicatoria de su libro dice así: A los jueces independientes, libres de cargas y servidumbres políticas; a los otros, no. ¿Hay muchos de “los otros”?

Algunos hay, desde luego. Son aquellos que se han manchado la toga con el polvo del camino, permitiendo ser esponsorizados por un partido. O aquellos que hacen política en sus sentencias.

¿Cree usted  entonces  que la independencia judicial se pierde irremediablemente en la aventura política. ¿No hay solución ni término medio?

Cuando un juez sirve dentro de la estructura de un partido, en el ejecutivo o en el legislativo, se compromete e involucra intensamente con el ideario y los objetivos de ese partido.

Si a los jueces se nos prohíbe constitucionalmente pertenecer como afiliados a partidos y sindicatos, parece razonable que, como mínimo, se establezcan restricciones o cautelas respecto de aquellos miembros de la carrera judicial que se pasaron a la política y pretenden regresar al ejercicio de la jurisdicción.

A mi juicio, lo que resulta inaceptable es que al día siguiente de quitarse el traje de ministro, de diputado o de senador, se pongan la toga de juez.

El magistrado autor del libro tiene una antigüedad de 27 años y 9 meses en la carrera judicial. Foto: Gonzalo de Diego.

¿Influyen los partidos políticos a través de sus elegidos en el CGPJ en formar determinada “cantera” de jueces para los diversos destinos hasta llegar a las más altas instituciones judiciales?

Sin duda. La afinidad política se premia con cargos ―la «zanahoria», de la que hablaba el presidente Lesmes―.

Es fácil porque el sistema de nombramientos de las altas magistraturas está sometido a una discrecionalidad «a la carta», en manos de un CGPJ deudor de sus padrinos políticos.

No quiero decir con ello que quienes acceden a altos cargos judiciales no tengan méritos y sean buenos gestores o buenos juristas. El problema es que el sistema no garantiza la excelencia; no garantiza que se nombre a los mejores, sino a los amigos o afines ideológicamente.

La partitocracia está interesada en que los altos cargos se ocupen por jueces de su confianza, antes que por mérito y capacidad.

El Grupo de Estados contra la Corrupción ha llamado reiteradamente la atención al Reino de España en sus informes, exigiendo que se corrija el actual sistema de nombramientos de la cúpula judicial efectuados por el CGPJ, de manera que se ajusten a criterios objetivos y reglas de evaluación recogidas en una norma con rango de ley, acabando así con la percepción de interferencias indebidas.

Pero parece que a determinados sectores de la clase política dominante no le interesa lo más mínimo perder su influencia en estos nombramientos, pese a que desde Europa se considere un factor que favorece la corrupción.

«El promotor de la Acción Disciplinaria constituye el ariete contra los jueces díscolos o molestos»

En referencia al “palo y la zanahoria” que inmortalizó el presidente Carlos Lesmes como método de control del juez, que usted bien cita: ¿Qué papel juega el promotor disciplinario?

El promotor de la Acción Disciplinaria es uno de los muchos altos cargos nombrados por el CGPJ.

Constituye, junto con el servicio de inspección, el ariete contra los jueces díscolos o molestos.

No hace falta siquiera que el expediente disciplinario acabe en sanción; el mero hecho de dirigirlo contra un juez es suficientemente perturbador e inquietante, aunque finalmente se archive.

Los define usted como “políticos togados” para cuya proliferación define riesgos de politización como el asociacionismo partidista; el activismo judicial; la puertas giratorias; el cambio de cromos o, dice “el abordaje político de la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia”. ¿Cómo se produce ese abordaje político?

Desde 1985, hace ya más de tres décadas, los parlamentarios autonómicos colocan a un magistrado de su elección en el Tribunal que les juzgará como aforados si comenten algún delito; concretamente en la Sala de lo Civil y Penal de cada Tribunal Superior de Justicia.

Ninguno de los gobiernos del Reino de España se ha prestado a eliminar esta anomalía democrática, que rompe directamente con la separación de poderes.

Pero es que, además, los restantes magistrados de esta misma Sala y su presidente, son designados discrecionalmente por el CGPJ que, a su vez, es elegido por los partidos. En suma, de forma directa o indirecta, esa Sala se forma con el visto bueno de la clase política.

Ante la interpretación de normas abiertas, señala, el juez puede equivocarse y primar un legítimo entendimiento del texto sobre otro. Aquí es donde considera entra en juego el sesgo ideológico del juez. Pero también influyen sus vivencias y reflexiones sobre la vida. ¿No es también positiva esa experiencia personal?

 La experiencia personal del juez sobre los más diversos aspectos de la vida constituye un valioso instrumento para comprender mejor los conflictos que tiene que enjuiciar.

Son las denominadas «máximas de experiencia». Y, en la valoración de las prueba o en la aplicación de ciertas normas abiertas, es inevitable que la experiencia vital del juez inspire su orientación interpretativa.

En todo caso, no debe olvidarse que su función es aplicar el derecho conforme a la voluntad del legislador y a las peculiaridades del caso concreto. Por consiguiente, debe evitar que su opinión personal prevalezca sobre lo que en realidad quiso el legislador. Tan importante como lo anterior es mantener una apariencia de neutralidad.

Para que esa apariencia no quede afectada, la discreción y la prudencia del juez son fundamentales a la hora de emitir públicamente sus opiniones, ideas y creencias personales.

Parada del libro de Luis Alfredo de Diego Díez; la versión oficial es la del centro.

Apunta a las asociaciones profesionales como depositarias de una relación política con determinados partidos. Usted mismo pertenece a una asociación, Foro Judicial Independiente. ¿Hasta qué punto son culpables estas asociaciones de la vinculación de los jueces a los políticos?

Durante décadas el coqueteo entre determinadas asociaciones y los gobiernos populares y socialistas ha sido un secreto a voces. Ciertas asociaciones han servido como trampolín para acceder a altos cargos de la carrera judicial por afinidad ideológica.

En el año 2010, una vocal del Consejo, hoy ministra, se jactaba de haber colocado en 18 cargos judiciales a miembros de su asociación.

Y el Tribunal Supremo (Sala Tercera), en las sentencias de 3 y 7 de febrero de 2011, declaró probada la anomalía de que los nombramientos discrecionales del CGPJ recayesen, muy por encima de la proporción de miembros de la carrera judicial asociados, en los afiliados de la Asociación Profesional de la Magistratura y de Jueces para la Democracia.

De otra parte, la suya es una profesión muy corporativa. ¿Suponen las asociaciones un medio de pertenencia, de protección cuando las cosas viene mal?

El corporativismo se utiliza contra la carrera judicial en sentido descalificador y peyorativo; como la defensa a ultranza del grupo o profesión sin tener en cuenta otras consideraciones. Desde esta óptica, la carrera judicial no es en absoluto corporativa.

Cuestión distinta es que, como cualquier otro colectivo profesional, las asociaciones defiendan los derechos laborales y estatutarios de los jueces, que garantizan su independencia. Y una justicia independiente, desde todos los aspectos (también desde la perspectiva laboral y económica), es sobre todo una garantía para los ciudadanos.

En esta línea, las asociaciones de jueces son, en alguna medida, homologables a los sindicatos, toda vez que entre sus fines lícitos, incluye la Ley Orgánica del Poder Judicial  «la defensa de los intereses profesionales de sus miembros en todos los aspectos y la realización de actividades encaminadas al servicio de la justicia en general».

Por ello, la protección de los asociados, garantizando que no se vulneren sus derechos ante a un eventual procedimiento disciplinario, es una función propia de una asociación, que nada tiene que ver con el corporativismo.

Lo que no me parece legítimo es que las asociaciones se involucren en el reparto de los altos cargos judiciales, reclamando una parte del pastel para algunos de sus asociados a través de los partidos políticos.

Los nombramientos de la cúpula judicial deberían hacerse democráticamente por votación de los jueces, cuando se trate de órganos de carácter gubernativo; y por mérito y capacidad, cuando se trate de un puesto jurisdiccional.

Y el mérito no puede ser la pertenencia a una determinada asociación.

No son prácticas que haya realizado Foro Judicial Independiente, asociación a la que pertenezco; desafortunadamente, otras sí lo han hecho.

La inamovilidad del juez ¿mantiene relación hoy con la adhesión política que como refiere usted fue causa de tal cualidad durante el reinado isabelino?

Hoy sería escandaloso e inconstitucional exigir esa adhesión política a las claras, aunque algún partido llevaba en su programa de 2016 lo que podríamos llamar «jueces comprometidos», nombradas atendiendo a su «compromiso con el proyecto de cambio que deberán liderar» para ocupar las responsabilidades estratégicas en la estructura del Estado.

Fue tan impúdico y criticado, que el partido en cuestión se vio obligado a rectificar.

 Frente a la fuerza del sentimiento popular ante determinadas sentencias dictadas por los jueces, ¿cree que sería necesaria una actualización en la formación continua de los profesionales de la Justicia para dotar de nuevos elementos de reflexión?

Los jueces no deben resolver en función del «sentimiento popular», sino conforme a la ley y la Constitución que han sido redactadas por el legislador y que expresan la verdadera y legitima voluntad popular en una sociedad democrática.

Precisamente, a la hora de dictar sentencia, el Código de Ética Judicial exige al juez que no tenga en consideración las expectativas de aprobación o rechazo de su decisión por parte de los demás poderes, de la opinión pública o de los grupos de presión.

Lo contrario supondría una perversión del sistema y un grave retroceso en cuanto a las garantías judiciales conquistadas a lo largo de la historia.

Por lo demás, toda aquella formación útil para dotar a los jueces de mejores instrumentos a fin de valorar las pruebas (como, por ejemplo, la psicología del testimonio), siempre será bienvenida. Formación sí; pero no adoctrinamiento.

Por otra parte, ¿considera que falta pedagogía por parte del poder judicial para que la sociedad entienda las características que impiden que un juez realice su trabajo fuera de lo que marca el derecho?

El CGPJ se ha preocupado solo de su propia imagen, no de la imagen de los jueces. Los ciudadanos deben entender que no es el juez quien redacta las leyes, sino quien las aplica al caso concreto en función de las pruebas que existan en ese caso.

Si la ley no es clara y admite diversas interpretaciones, todas ellas razonables, la responsabilidad es del legislador que no ha sabido redactar correctamente la ley.

«Los ciudadanos deben entender que no es el juez quien redacta las leyes, sino quien las aplica al caso concreto en función de las pruebas que existan en ese caso»

¿Cómo resolver la implicación política en los nombramientos del Poder Judicial, el cambio de cromos que señala usted y sobre el que el Grupo de Países Contra la Corrupción (GRECO) de Consejo de Europa alerta como puerta de entrada a la corrupción?

Cualquier propuesta que implemente lo que nos reclaman desde el Consejo de Europa, me parece que va en la correcta dirección; es decir: que los 12 vocales del turno judicial sean elegidos directamente, sin intermediario alguno, por los jueces y magistrados.

Mantener el sistema actual, en que las élites de los partidos mercadean con los vocales del CGPJ y con su presidente, es un factor de corrupción.

No lo digo yo. Lo dice el Consejo de Europa a través del Grupo de Estados contra la Corrupción en sus informes al respecto. Hasta la fecha, ni el PP ni el PSOE han tenido verdadera voluntad de corregir esta anomalía democrática.

¿Cree que en algún momento la llamada de atención de GRECO podría llevar a algún tipo de sanción?

El cumplimiento de las recomendaciones del GRECO es obligatorio por parte de los Estados miembros del Consejo de Europa, como claramente se establece en el artículo 30.1 del Reglamento interno: «Los miembros del GRECO deben cumplir las recomendaciones contenidos en el informe de evaluación e implementarlas plenamente en los plazos establecidos por el GRECO».

El mismo reglamento interno del GRECO prevé la apertura de un procedimiento especial (art. 32), basado en un tratamiento gradual de distintas medidas para aquellos miembros cuya implementación de las recomendaciones se ha considerado globalmente insatisfactoria y son contumaces.

Pero las medidas no son sancionadoras, sino sucesivas llamadas de atención sobre el incumplimiento dirigidas al Estado en cuestión; la última llamada de atención prevista es enviada por el secretario general del Consejo de Europa al ministro de Exteriores correspondiente.

Son presiones políticas. Otra cosa es lo que puedan hacer desde la Unión Europea, tal y como ha sucedido en el caso de Hungría y Polonia.

El Tratado de la Unión prevé, en su artículo 7, la activación de un mecanismo, primero preventivo y luego sancionador, para casos de violación grave y persistente por parte de un Estado miembro de valores tales como la independencia del poder judicial.

La sanción puede llegar a ser la suspensión de ciertos derechos del país en cuestión, incluido su derecho a voto.

«No colaborar desde la carrera judicial con el sistema de elección partitocrático de los vocales judiciales, como ha hecho la asociación Foro Judicial Independiente, sería una buena noticia»

¿Qué debería hacer el poder judicial para recuperar la confianza de los ciudadanos? ¿Cómo resolver la influencia de esas “amistades peligrosas” con las que titula?

Tener más gestos de integridad frente a los manejos políticos, como el reciente del magistrado Manuel Marchena reivindicando su independencia, sería un buen comienzo.

No colaborar desde la carrera judicial con el sistema de elección partitocrático de los vocales judiciales, como ha hecho la asociación Foro Judicial Independiente, sería una buena noticia.

Limitar en alguna medida el uso de las puertas giratorias, también ayudaría.

Y, sin ánimo exhaustivo, garantizar que los altos cargos se ocupen por mérito y capacidad, y no por afinidad política o amistad, podría hacernos recuperar no solo la confianza de los ciudadanos, sino nuestra propia estima y dignidad.

EL AUTOR

Luis Alfredo de Diego Díez es magistrado y profesor de Derecho Procesal en la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla. Ejerce la docencia desde 1982 en las universidades de Valladolid, Santiago de Compostela, Autónoma de Madrid y UNED. Actualmente se encuentra destinado en el orden contencioso administrativo, en la ciudad de Sevilla. Desde 1998 ha participado como consultor internacional en la formación de operadores judiciales en Bulgaria, Colombia y Honduras.

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