El TSJCat investiga a Josep Maria Jové por su implicación en el ‘procés’ y la organización del 1-O
Josep Maria Jové era el 'número 2' de Oriol Junqueras y en su casa la Guardia Civil encontró el 20-S los planes secretos para llevar a cabo la independencia de Cataluña y la agenda con todas las reuniones de los embarcados en ese fin.

El TSJCat investiga a Josep Maria Jové por su implicación en el ‘procés’ y la organización del 1-O

DESCARTA, DE MOMENTO, INVESTIGAR AL CONSEJERO DE ECONOMÍA CATALÁN, PERE ARAGONÉS
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27/11/2018 15:25
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Actualizado: 27/11/2018 16:25
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha abierto investigación contra el diputado de ERC en el Parlamento catalán Josep Maria Jové, por los presuntos delitos de malversación, revelación de secretos y desobediencia grave por su implicación en el proceso independentista y la organización del referéndum ilegal del 1-O.

Jové fue exsecretario general de la Consejería de Economía del anterior gobierno autonómico, exnúmero dos de Oriol Junqueras. El pasado 27 de septiembre fue detenido en un operativo de la Guardia Civil contra el núcleo duro de coordinación del 1-O creado en julio.

En su auto, la Sala Civil y Penal del TSJCat dicta la apertura de procedimiento penal y designa a la magistrada Maria Eugènia Alegret para investigarlo. Alegret fue presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y es miembro de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM).

Por el contrario, el TSJCat descarta, de momento, investigar al vicepresidente y consejero de Economía, Pere Aragonès, de ERC, después de que la Fiscalía Superior de Cataluña afirmara que no veía suficientes indicios para imputarlo por la organización del 1-O, en un escrito que remitió al TSJCat.

Así, estima parcialmente la exposición razonada que le remitió el pasado agosto el titular del Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, que investiga los preparativos del 1-O, para que imputara a Aragonès y a Jové, dada su condición de aforados.

El titular de ese juzgado era entonces el magistrado Juan Antonio Ramírez Sunyer, recientemente fallecido, al que sustituye temporalmente el magistrado Sergi Gustau Casares Zayas, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Terrassa.

En diciembre del año pasado, Jové fue multado por la Audiencia Provincial de Barcelona con 1.500 euros por mala fe al recusar al juez Ramírez Sunyer

Este mes, el Tribunal Constitucional ha admitido un recurso del exnúmero 2 de Junqueras contra el auto de la Audiencia de Barcelona que denegó la recusación del juez sustituto de Sunyer.

El juez Ramírez Sunyer fue quien ordenó el operativo que se llevó a cabo entre el 20 y el 21 de septiembre para truncar los planes del referéndum en las Consejerías catalanas de Economía, Presidencia, Gobernación, Trabajo, Exteriores y el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, que desencadenó la importante protesta de unas 40.000 personas a las puertas de la Consejería de Economía.

Se saldó con la detención de 14 personas, la imputación de 20 individuos, 41 registros y la intervención de 9,8 millones de papeletas del referéndum suspendido por el Constitucional.

En uno de esos registros, en el domicilio de Josep María Jové, la Guardia Civil encontró el documento Enfocats, la hoja de ruta secreta para la independencia de Cataluña, y una agenda con nombres y reuniones de los supuestos implicados en la misma.

Las investigaciones llevadas a cabo por la Guardia Civil, por orden del magistrado Ramírez Sunyer, fueron la base que posibilitaron a la magistrada del Juzgado Central de Instrucción 3 de la Audiencia Nacional, ordenar la prisión preventiva de Junqueras y siete exconsejeros.

La investigación arrancó a raíz de dos denuncias, una de VOX y otra del abogado Miguel Durán, por las declaraciones vertidas en febrero de 2017 por el entonces senador de ERC y juez Santiago Vidal, quien aseguró que la Generalitat tenía los datos fiscales de los catalanes de forma ilegal, una partida secreta para crear estructuras de Estado y un listado de los jueces afines al proceso independentista.

‘EXISTEN INDICIOS QUE LO RELACIONAN CON LA HOJA DE RUTA PREVISTA PARA ALCANZAR LA INDEPENDENCIA’

El TSJCat considera que Josep Maria Jové pudo participar en el «comité ejecutivo del entramado creado presuntamente por el Govern» y otros actores, desde el año 2015, para conseguir la independencia tras la realización de un referéndum de autodeterminación y prescindiendo de las leyes y de los mandatos del Tribunal Constitucional.

Sobre Aragonès señala que la exposición razonada remitida por el Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona no detalla los actos referidos a la esfera de su responsabilidad como secretario del departamento de Economía que habría realizado u omitido para sostener la realización del 1-O. Rechaza de momento investigarle, pese a que recoge que fue apercibido por el Constitucional de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa para realizar la consulta.

En el auto enumera los indicios recabados contra Jové que le relacionan presuntamente con la hoja de ruta prevista para alcanzar la independencia de Cataluña por la vía unilateral, desoyendo al Constitucional, y con «la asistencia» del 1-O, declarado inconstitucional.

Constata la posible participación de Jové en el proceso, «que habría exigido, para contar con garantías de éxito, la previa creación de estructuras administrativas que garantizarían el funcionamiento del nuevo ente y la desconexión con la estructura del Estado».

Tiene en cuenta su «eventual responsabilidad» como secretario general del departamento de Economía, que lideraba Oriol Junqueras, entonces vicepresidente del gobierno autonómico catalán, en la organización del referéndum, para lo que se invirtieron directamente o mediante personas interpuestas fondos públicos o bien se comprometió el correspondiente gasto.

Asimismo, le atribuye el presunto uso ilícito del fichero de datos personales de la población de Cataluña con el que contaba el Idescat, ya que el 28 de febrero de 2017 firmó un convenio con esta entidad, a la que el Instituto Nacional de Estadística (INE) facilitaba legalmente los datos personales de la población catalana.

El convenio, según constata el TSJCat, autorizaba a la entidad a remitir al departamento de Vicepresidencia, trimestralmente, el fichero del registro de población de Cataluña «para la gestión y actualización de esos datos por medio de una conexión informática segura».

Según el TSJCat, el Idescat entregó el Registro de Población de Cataluña -con referencia al 1 de abril de 2017- para ser utilizado para la celebración del 1-O, que fue trasladado, junto con otros relativos al registro de catalanes en el exterior, a la Consejería de Gobernación.

Recalca que a ese fichero «tuvieron acceso múltiples personas, ya que con él se confeccionaron las listas de electores adscritos a los colegios electorales, el nombramiento de cargos para las mesas electorales y tarjetas censales del referéndum suspendido y los sistemas informáticos de votación».

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