El juez Florit ordenó obtener el listado de llamadas y geolocalizaciones de una periodista desde 3 años atrás
La periodista de Europa Press, Blanca Pou, con los documentos del caso. EP.

El juez Florit ordenó obtener el listado de llamadas y geolocalizaciones de una periodista desde 3 años atrás

Europa Press recurre la orden de rastreo de llamadas de su periodista por vulnerar el secreto profesional
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29/1/2019 06:15
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Actualizado: 29/1/2019 00:36
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Europa Press y su periodista Blanca Pou presentaron ayer un recurso contra un auto de noviembre con el que el juez instructor del caso Cursach, Miguel Florit, ordenó obtener el listado de llamadas y geolocalizaciones de la redactora, por entender que esta actuación vulnera gravemente el secreto profesional periodístico, así como el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones.

El recurso va dirigido tanto al Juzgado de Instrucción número 12 de Palma como a la Audiencia Provincial de Baleares.

En este escrito, la representación legal de la agencia de noticias pide eliminar estos datos del sumario y anular las actuaciones posteriores que se hayan derivado del rastreo.

El magistrado Florit ordenaba, además, que el móvil de la redactora fuera investigado desde 2016.

El recurso argumenta que las medidas acordadas se adoptaron «sin dar justificación adecuada y suficiente» e «ignorando paladinamente» que ni la periodista ni la empresa estaban investigadas y que ambas están amparadas por el secreto profesional periodístico recogido en la Constitución Española (CE).

Además, razona que la orden «no cumple con los requisitos» establecidos por la Ley de Enjuiciamiento Criminal para adoptar medidas de investigación limitativas del derecho a la intimidad.

LIBERTAD DE PRENSA Y JURISPRUDENCIA EUROPEA

En el recurso, Europa Press apela a jurisprudencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo que determinó que el secreto profesional de los periodistas ampara también su lugar de trabajo, sus documentos y herramientas.

El escrito presentado por Solventium Abogados también razona que «ha sido la labor de la prensa libre la que ha permitido descubrir los grandes escándalos de corrupción» en España, dando pie «a que estos escándalos llegaran a los tribunales de justicia y a que el Parlamento adoptase importantes medidas legislativas que han cerrado espacios de impunidad.

«Y a nadie se le puede ocultar tampoco que, sin el secreto profesional, sin la escrupulosa protección de las fuentes, esta labor hubiera sido imposible», apunta el recurso.

Además, el abogado de la agencia advierte de que el «ataque» al secreto profesional es «múltiple» porque la información facilitada por las teleoperadoras puede haber expuesto «datos de otras investigaciones periodísticas y sus fuentes» al margen del caso Cursach.

También señala que a pesar de las variadas filtraciones en prensa de procedimientos penales a lo largo de la historia española, «jamás se le ha ocurrido a ningún juez o magistrado ordenar un análisis exhaustivo de los datos del teléfono móvil que un periodista utiliza para su labor profesional».

SE INVESTIGABAN TRES AÑOS DE DATOS DE LA PERIODISTA

En el auto recurrido se acordaba también la intervención y escucha de los teléfonos de tres personas, dos agentes de la Policía Nacional investigados y una persona próxima a uno de ellos.

Al respecto, el recurso alega que sus situaciones «no son equiparables» al de la redactora, cuya relación con la causa «viene determinada por el desempeño de su labor periodística».

El recurso también ataca los argumentos que planteaba el juez en su resolución por hacerse en común para todos los afectados -los investigados y la periodista- sin tener en cuenta las diferencias entre ellos; además de calificarla de «una fundamentación jurídica absolutamente estereotipada» y un «totum revolutum» que «igual pretende servir para tratar de justificar la intervención , grabación y escucha de un número de teléfono de un policía» que «para tratar de justificar la petición de los posicionamientos de un teléfono de un periodista».

Además, el recurso también cuestiona que mientras que para los investigados se pedían datos desde noviembre de 2017 y octubre de 2018, en el caso de la periodista se solicitaban listados desde enero de 2016.

Así, el escrito critica que Florit no dé «explicación alguna» de por qué el móvil de la redactora «debe ser investigado desde hace casi tres años» cuando la primera de las supuestas filtraciones a las que apuntaba la investigación es de «bien entrado el año 2017».

EXISTEN RESOLUCIONES ANTERIORES

Europa Press ha podido presentar este recurso después de que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) se lo entregara a raíz de la querella interpuesta junto a ‘Diario de Mallorca’ y otro periodista contra el juez Florit.

De hecho, en el escrito, la defensa de los periodistas califica de «escandaloso» que esta resolución no fuera notificada directamente a los afectados después de levantarse el secreto de sumario, pese a que «acuerda una medida que viola gravemente derechos fundamentales».

En el escrito también se advierte de que de la documentación aportada el TSJIB se desprende que existen otras resoluciones en las que también se solicitaron datos, no sólo de la periodista, sino también del teléfono instalado en las oficinas de la agencia en Palma. Por ello, Europa Press se reserva el derecho a recurrir igualmente estas otras resoluciones.

Al margen de este recurso y según consta en el sumario al que ha tenido acceso Europa Press, existen al menos otros dos autos anteriores, de septiembre y de octubre, con los que el juez rastreó la actividad de los teléfonos de Pou y su oficina; el periodista de ‘Diario de Mallorca’, Kiko Mestre; una redactora de EFE y el teléfono de su redacción.

En uno de estos autos, el juez indicaba que todavía no se habían identificado posibles autores de la filtración y que «precisamente» lo que se perseguía con dicha medida era «averiguar su identidad».

DIARIO DE MALLORCA Y SU REDACTOR RECURREN LA ORDEN DE INCAUTACIÓN

Por otra parte, ‘Diario de Mallorca’ y Mestre han presentado este lunes otro recurso, esta vez contra la orden por la que la Policía Nacional se incautó del móvil del periodista. En este recurso, se advierte del «grosero ataque a la libertad de prensa» y a la intimidad del periodista y también se recoge jurisprudencia europea al respecto.

La representación de ‘Diario de Mallorca’ insiste en recurrir este auto pese a que ya ha sido anulado -de oficio por el propio Florit-, debido a que si lo dejó sin efecto no fue por considerar que se infringieron derechos fundamentales, «sino porque se considera que las medidas acordadas han dejado de ser de utilidad». Por ello, el periódico y el redactor insisten en «que se declare judicialmente que las medidas que se acordaron en el auto de 11 de diciembre de 2018 infringen sus derechos fundamentales y son nulas de pleno derecho».

Además, el escrito rechaza que Mestre entregara voluntariamente el teléfono, porque no se le dio «opción», sino que había «un requerimiento judicial en toda regla, cuyo cumplimiento deviene forzoso para todos los ciudadanos».

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