Dos años de cárcel por publicar en Internet enlaces con contenido musical protegido

Dos años de cárcel por publicar en Internet enlaces con contenido musical protegido

Se le ha decomisado el portátil y tiene que indemnizar a la Asociación de Derechos de Propiedad Intelectual con 1.630 euros

27 / 02 / 2019 11:17

Actualizado el 27 / 02 / 2019 11:28

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a una mujer, de 48 años, de Madrid a dos años de prisión por un delito contra la propiedad intelectual, por publicar contenidos musicales protegidos en diversos repositorios de Internet sin la autorización de sus titulares.

Además, la uploader -como se denomina a quien se dedica a subir archivos a Internet y los comparte en la red- ha sido inhabilitada para realizar cualquier tipo de actividad relacionada con la creación y gestión de páginas web y administración de servidores y hosting durante el tiempo de la condena.

El tribunal de la Sección 30 de la Audiencia de Madrid también ha acordado la retirada de las obras subidas por la condenada a las distintas páginas web o, en su defecto, el bloqueo del acceso a estas páginas; y ha ordenado el decomiso de su ordenador portátil, un HP Pavilion, que deberá entregar a la Policía Nacional para su aprovechamiento o destrucción, según proceda.

Asimismo, le ha impuesto que indemnice a la Asociación de Derechos de Propiedad Intelectual (AGEDI) con 1.630 euros y que pague las costas del juicio.

Dado que la resolución es fruto un acuerdo de conformidad entre las partes, la sentencia es firme y no cabe la interposición de recurso alguno.

Los hechos fueron denunciados por la AGEDI en agosto de 2016. El representante legal de la asociación es el letrado Ferrán Llaquet Ballarín.

El fallo, fechado a 24 de octubre de 2018, lo firman los magistrados Rosa María Quintana San Martín, Margarita Valcarce de Pedro y Juan José Toscano Tinoco, que ha sido el ponente.

Ayer fue dado a conocer por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El tribunal expone que la condenada, Elena D. H,  “de forma continuada y sistemática, y con ánimo de obtener un beneficio económico ilícito, como mínimo desde el 2013 y hasta mayo de 2017, puso a disposición de los usuarios de Internet, contenidos musicales, protegidos por derechos de propiedad intelectual, sin la autorización de sus titulares”.

Los subió a varios servidores a través de sus diferentes cuentas de usuario y publicó enlaces a los mismos que permitían su descarga a través de páginas web de enlaces.

Entre junio de 2013 y mayo de 2016 subió a la red y publicó hasta 24.969 enlaces en tres páginas de descargas ilegales ilegales y con el desarrollo continuado de esa actividad obtuvo un beneficio de 1.630 euros, explican los magistrados.

La fiscal María del Carmen de la Jara de Soroa, en su escrito de conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la propiedad intelectual, del artículo 271 b) en relación con el art. 270.1o del Código Penal, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño, del que debía responder en concepto de autor del artículo 28 del Código Penal.

Y solicitó las penas a las que ha finalmente ha sido condenada. La acusación particular mostró su conformidad con la calificación y las peticiones del Ministerio Fiscal, y la defensa también. 

REFORMA DE LA LEY DE LA PIRATERÍA

El pasado 21 de febrero el Congreso de los Diputados aprobó una reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, que acelera el cierre de webs.

Modifica la Ley de Propiedad Intelectual aprobada en 1996 para ajustar la normativa española a la directiva 2017/1564 del Parlamento Europeo.

La reforma fue propuesta por la Comisión de Cultura y del Senado y contó con el apoyo del PP, Ciudadanos, Unidos Podemos y PSOE.

La páginas web piratas que reincidan en las infracciones de piratería pasarán a gestionarse directamente a través de un órgano administrativo, la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, conocida como ‘Comisión Sinde’.

Esta comisión, instituida por la exministra socialista Ángeles González Sinde, podrá requerir a los operadores de Internet que lleven a cabo un segundo bloqueo sin la necesidad de volver a acudir a un juez, como sucedía hasta el momento.

La Coalición de creadores e industrias de contenidos ha destacado que «el paso adelante que suponen el respaldo rotundo y transversal de los principales partidos a las mejoras introducidas, porque permite albergar serias esperanzas de alcanzar, muy pronto, un Pacto de Estado contra la oferta ilegal de contenidos en Internet».

La directora de la entidad, Carlota Navarrete, entiende que el «amplio respaldo» obtenido en las Cortes Generales es un «síntoma claro y contundente» de que España apuesta por «enfrentar el problema de los accesos ilegales a contenidos con una sólida y eficiente defensa de los derechos de propiedad intelectual en el entorno digital».

Navarrete confía en que pronto se puedan materializar «otras medidas como la prometida Fiscalía Especializada en materia de Propiedad Intelectual o el impulso urgente desde el Gobierno de un código de conducta entre titulares de derechos de propiedad intelectual y prestadores de servicios».

La asociación de autores y editores de libros, revistas, periódicos y partituras CEDRO también ha aplaudido esta reforma y ha destacado el refuerzo de los derechos de los editores de prensa y la regulación «más eficiente» de los derechos de los autores en bibliotecas.

El director general de esta asociación, Jorge Corrales, ha señalado que la actualización de esta normativa es «un paso muy importante para hacer sostenible el periodismo de calidad que equipara la situación de España a la de la mayoría de los países europeos respecto al uso legal de la prensa dentro de las organizaciones».

En cuanto al traslado de la responsabilidad del pago de derechos de autor por el préstamo de libros en las bibliotecas de los ayuntamientos a las diputaciones provinciales o a las administraciones que cumplan las funciones de estas, Corrales espera que este cambio «permita superar la fragmentación de la gestión que generaba la regulación anterior y así se facilita el abono de los derechos de autor para que escritores y traductores sean remunerados de manera justa como establece la normativa europea».

Respecto a la lucha contra la piratería, ha celebrado que el texto agiliza tanto la tramitación del procedimiento que se sigue ante la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual contra la lucha de las infracciones de derechos de autor en el entorno digital, como la ejecución de algunas de las medidas derivadas del mismo.

Corrales ha señalado que estos cambios «eran avances necesarios para adecuar la normativa a la situación tecnológica actual, para que así los autores y editores tengan una mayor protección de sus derechos en Internet».

LA PIRATERÍA DESCENDIÓ UN 6% EN 2017, Y LA MÚSICA FUE EL CONTENIDO MÁS DESCARGADO ILEGALMENTE 

La piratería descendió un 6% en 2017 y la música fue el contenido más pirateado, según el informe del Observatorio de la piratería y hábitos de consumo de contenidos digitales 2017, presentado en abril del año pasado. Son los últimos datos que ha publicado.

El estudio, elaborado por la consultora independiente GfK, revela que la piratería digital ha experimentado en España por segundo año consecutivo un descenso en cifras absolutas, aunque se mantiene el porcentaje de ciudadanos que acceden a contenidos pirateados.

En 2017 hubo 4.005 millones de accesos digitales ilegales a contenidos por valor de 21.899 millones de euros y creció un 4,1 por ciento el lucro cesante para el sector, que llegó a 1.857 millones.

Por tipología, tras los 1.560 millones de contenidos musicales, el producto más pirateado fueron las series de televisión (945 millones), seguidas por películas (726 millones), libros (419 millones), videojuegos (241 millones) y fútbol (113 millones).

En cuanto al valor de los contenidos, las películas fueron los contenidos más perjudicados, con un valor de 5.183 millones de euros, seguidos de los videojuegos (5.622), música (5.183), libros (3.609), series (1.405) y fútbol (355).

Respecto a la forma de acceso, se mantiene el peso de los buscadores como principal vía de acceso a los contenidos ilegales, con un 75%, siendo Google el utilizado en 9 de cada 10 accesos a contenidos piratas, mientras que en redes sociales, Facebook es la más utilizada (83%).

CULTURA HA CERRADO 114 WEBS PIRATAS DESDE 2011 

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, informó el pasado enero que la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura y Deporte ha logrado el cese de la actividad de 114 webs piratas desde su creación en 2011 y hasta el año pasado.

Sólo en 2018 ha tramitado 152 procedimientos de salvaguarda de derechos de propiedad intelectual en el entorno digital, lo que supone cuatro veces más procedimientos que en todo el 2017.

Ha indicado que la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual cuenta con una media de 120 días en tiempos de tramitación.

También ha informado que en 2017 había 19 webs pirata entre las 250 más visitadas de nuestro país y en 2018 fueron 13 las páginas pirata en esa lista.

En 2018 el Ministerio de Cultura impuso la primera sanción económica a una web pirata por infringir la Ley de Propiedad Intelectual. Ha conllevado el pago de una multa de 375.000 euros y el cierre por un año de la web infractora.

El departamento de José Guirao ha destacado los «avances» que España está logrando en el terreno de la defensa de los derechos de propiedad intelectual en Internet que son, también, «cada vez reconocidos y respaldados en todo el mundo».

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