Arantxa Sánchez Vicario y Josep Santacana ya están divorciados en España, como proyectó Winkels

Arantxa Sánchez Vicario y Josep Santacana ya están divorciados en España, como proyectó Winkels

21 / 03 / 2019 15:31

Actualizado el 03 / 03 / 2021 13:38

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Isabel Winkels, socia directora de Winkels Abogados, abogada de Josep Santana, hasta ahora marido de la extenista Arancha Sánchez Vicario, consiguió finalmente ganar el primer set del partido en el que se ha convertido la batalla legal entre la pareja por el divorcio y sus consecuencias económicas.

«Estamos muy satisfechos, muy contentos con el resultado», afirma la letrada, una de las grandes especialistas españolas en derecho de Familia internacional, sin lanzar las campanas al vuelo. Porque cuenta con que la «otra parte» puede recurrir en apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona. 

Será el segundo set, si se produce. 

Entretanto, en este primero podría afirmarse que Santa Cana ha conseguido todo lo que su abogada se había propuesto.

Primero, que la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Esplugues de Llobregat, Barcelona, la magistrada María Luz Barreiro Calleja, haya considerado que es suya la competencia judicial internacional para el divorcio; las dos partes son ciudadanos españoles y se casaron en España.

Y segundo, también ha reafirmado su competencia para decidir sobre el régimen económico matrimonial, por estar en mejor posición para valorar todas las circunstancias que rodean a este caso, por lo que le corresponde a ella, también decidir sobre las tan traídas y llevadas capitulaciones matrimoniales.

Y lo ha hecho.

El juicio tuvo lugar el pasado 4 de marzo a las 10.30 horas.

La tenista no compareció. Le representó su procurador.

La magistrada Barreiro ha sustentado su competencia en una nutrida y variada jurisprudencia y doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. 

Sobre las capitulaciones, recuerda que «Los cónyuges otorgaron en fecha 17 de noviembre de 2008, ante notario, escritura de capítulos matrimoniales, donde consta que están sujetos en su matrimonio al régimen de separación de bienes vigente en Catalunya».

La frase clave de la sentencia es esta: «Existiendo por tanto unas capitulaciones matrimoniales en las que se incluían los pactos efectuados en previsión de una ruptura matrimonial, derechos y obligaciones de los cónyuges, deberá estarse a lo en ellas dispuesto».

Traducido, las capitulaciones mantienen su validez, que era lo que combatía la tenista para conseguir una compensación mayor por la ruptura del matrimonio.

 

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