JJpD denuncia al CGPJ y al Ministerio de Justicia por incumplir las normas de prevención de riesgos laborales
La denuncia interpuesta por JJpD no tiene precedentes.

JJpD denuncia al CGPJ y al Ministerio de Justicia por incumplir las normas de prevención de riesgos laborales

Ante la Inspección de Trabajo de Cataluña
|
10/6/2019 06:15
|
Actualizado: 10/6/2019 00:29
|

La asociación judicial Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), por medio de su representante en materia de Prevención de Riesgos Laborales, el magistrado Carlos Hugo Preciado Domenech, ha denunciado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y al Ministerio de Justicia ante la Inspección de Trabajo de Cataluña por  incumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales que afectan a juezas y jueces que realizan su actividad en esa Comunidad Autónoma.

La citada denuncia se fundamenta en la sobrecarga de trabajo continuada y el exceso habitual de su jornada de trabajo, que de forma continuada padecen los jueces y magistrados. 

En especial aquéllos que están destinados en los Juzgados de lo Social de Barcelona ciudad, Tarragona y Reus, que afecta de forma muy grave a su salud, como consecuencia de la exposición a riesgos psicosociales.

«El CGPJ no ha establecido un sistema de control de tiempos máximos de trabajo, tampoco ha implantado un sistema de registro de tiempo de trabajo que permita determinar cuándo los Jueces/as y Magistrados/as superan los máximos establecidos en la Directiva 2003/88».

Los integrantes de la carrera judicial, al igual que el resto de trabajadoras y trabajadoras, y en su condición de empleados públicos tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud.

Al CGPJ y al Ministerio de Justicia les corresponde tomar las medidas necesarias de protección de juezas y jueces, y la aplicación de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

«Los Jueces/as y Magistrados/as están dentro del ámbito de aplicación de la Ley 31/95 (arts.3.2 y 3.4):SSTS (Sala III) de 06/02/2001, 12/02/2002, 19/02/2002 y 24/09/2002, puesto que por un lado tienen condición de autoridad, pero por otro tienen una condición de empleados públicos, sujetos a un estatuto profesional, respecto de los que concurren potestades de inspección y disciplinaria del CGPJ, quien los somete a un régimen determinado de trabajo, en unas instalaciones, proporcionándoles el Ministerio de Justicia  o la Comunidad Autónoma competente los medios materiales (edificios, mobiliario…) y personales (funcionarios/as) para el ejercicio de sus funciones», dice la denuncia.

DENUNCIA ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO DE BARCELONA 

Hasta el año 2018 no se evaluaron los riesgos psicosociales de la carrera judicial por parte de un servicio de prevención ajeno.

El resultado de esa evaluación arrojó un muy elevado riesgo de juezas y jueces de los Juzgados Sociales, debido a la excesiva carga de trabajo y el exceso de tiempo de trabajo a los que están sometidos, y que sitúan en un 88 por ciento y un 53 por ciento, respectivamente, la probabilidad de que se produzcan daños en la salud.

El estrés laboral, derivado de esa exposición excesiva a los riesgos, está provoca enfermedades y bajas de larga duración de las personas expuestas.

Además, esa sobrecarga de trabajo está suponiendo que los procedimientos que se tramitan ante dichos juzgados sufran retrasos que afectan a los derechos a la tutela judicial efectiva de la ciudadanía.

A pesar del tiempo transcurrido desde que entró en vigor la Ley de Prevención de Riesgos Laborales los organismos denunciados no han adoptado medidas preventivas para reducir esa carga de trabajo y horarios excesivos y los efectos en las personas de la carrera judicial, lo que constituye, según la Ley de Infracciones y Sanciones, una infracción muy grave o grave.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Mundo Judicial