La Junta de Andalucía revisa préstamos hipotecarios de los cuatro últimos años para detectar cláusulas abusivas
Simulador de detección de cláusulas suelo con los que trabaja los expertos de la Junta.

La Junta de Andalucía revisa préstamos hipotecarios de los cuatro últimos años para detectar cláusulas abusivas

Estas actuaciones se enmarcan en el Plan de Inspecciones que anualmente pone en marcha la Junta de Andalucía. Se revisan hipotecas formalizadas en 2016, 2017, 2018 y 2019
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01/8/2019 06:15
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Actualizado: 31/7/2019 21:53
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La Consejería de Salud y Familias, a través de los Servicios Provinciales de Consumo, está desarrollando una campaña de inspección para comprobar la existencia de cláusulas abusivas en las escrituras de préstamos hipotecarios ya formalizados.

El objetivo es garantizar la efectiva de la protección, reconocimiento y realización de los legítimos intereses económicos y sociales de las personas consumidoras.

Las cláusulas sobre las que esta campaña va a prestar especial atención son las relacionadas con el vencimiento anticipado; la imposición de gastos hipotecarios; las relativas a comisiones (de estudio, de subrogación, por gestión de impagos y reclamación de posiciones deudoras, por amortización anticipada, etc.) y seguros.

Asimismo, se revisarán otras cláusulas abusivas presentes en las escrituras hipotecarias como la de interés de demora, la de limitación de la libre disposición del bien hipotecado, la de renuncia del deudor a ser notificado de la cesión del crédito, o la de redondeo al alza.

Esta campaña de inspección se dirige a revisar contratos de préstamos hipotecarios en los que se cumplan los siguientes requisitos:

En primer lugar, que recaigan sobre una vivienda. Al mismo tiempo que se hayan formalizado o celebrado en territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, siendo necesario también que el inmueble radique en territorio de la misma.

Otra cuestión que se tiene en cuenta es que la persona prestamista sea un empresario, en los términos del artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

Según esto, “toda persona física o jurídica, ya sea privada o pública, que actúe directamente o a través de otra persona, en su nombre o siguiendo sus instrucciones, con un propósito relacionado con su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión”.

Ello quiere decir que el prestamista podrá ser una entidad de crédito de entre las enumeradas en el artículo 1.2 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito (bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito y el Instituto de Crédito Oficial).

O bien cualquier persona física o jurídica que, no siendo entidad de crédito, realice, de manera profesional, una actividad consistente en la concesión de préstamos hipotecarios sobre una vivienda.

Por último, se tiene en cuenta que el prestatario sea un consumidor o usuario, en los términos del artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

Según este, “son consumidores o usuarios las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión».

«Son también consumidores a efectos de esta norma las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial”.

En concreto, a través de esta campaña se van a controlar un total de 36 razones sociales correspondientes a entidades prestamistas, tanto de crédito como de otro tipo.

A cada una de ellas los Servicios Provinciales de Consumo requerirán 12 escrituras de préstamos hipotecarios ya formalizados, a efectos de las actuaciones de comprobación.

Los controles para comprobar la existencia de cláusulas abusivas en los contratos de préstamos y créditos hipotecarios, para la adquisición de vivienda 2019, se enmarcan en el Plan de Inspección que la Dirección General de Consumo desarrolla este año.

Este plan prevé la realización de 26 campañas en diferentes sectores, que incluyen aproximadamente 9.000 controles.

Sobre el aspecto sancionador, hace dos años el Tribunal Supremo en un fallo sobre el pulso abierto entre la Junta de Andalucía y Unicaja que sienta doctrina y abre la puerta a que las comunidades autónomas sancionen a la banca por abusar de los consumidores.

La sala tercera de lo Contencioso-Administrativo del Supremo recordaba que Ley General para la Defensa de los Consumidores no impone la necesidad de que un juzgado de lo civil declare abusivas las cláusulas de una entidad financiera como condición previa a que la administración correspondiente le imponga una multa, pues la “potestad sancionadora” es suya.

En ese 2017 el Gobierno andaluz sancionaba a CaixaBank con 2,4 millones de euros, por sus cláusulas abusivas. A comienzos de mes, impuso otra multa, de 817.000 euros a BBVA, por el mismo motivo.

También ha multado a Cajasur, con 1,1 millones de euros; Caja Rural de Granada, con 1,2 millones; Sabadell, con 800.000 euros; BMN, con 1,6 millones o la propia Unicaja, con 3,1 millones de euros.

Una medida con antecedentes

Desde esta Dirección General de Consumo explican a Confilegal que ya en años anteriores, en el año 2011 y en 2013 se programaron campañas de inspección para vigilar la existencia de cláusulas abusivas en las escrituras de préstamos hipotecarios ya formalizados, en defensa de los derechos de las personas consumidoras y usuarias.

También nos comentan que  este sector también fue objeto de investigación en el año 2017, cuando se llevó a cabo la campaña de inspección de protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en la contratación de préstamos y créditos hipotecarios sobre la vivienda.

Esta era relativa a la vigilancia del cumplimiento de la Ley 3/2016, de 9 de junio, para la protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en la contratación de préstamos y créditos hipotecarios sobre la vivienda.

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía.

Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web www.consumoresponde.es, del correo electrónico [email protected].

También se puede recibir asesoramiento en las delegaciones territoriales de Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMICs), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

Consumidor y reclamaciones

Desde la propia Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía se nos indica que la persona consumidora, antes de la firma de la hipoteca, puede recabar del notario autorizante toda la información y asesoramiento que considere necesario.

Una vez firmada la hipoteca, ejecutándose el contrato, el consumidor tiene otras posibilidades de información:

Si una persona estima que su préstamo hipotecario puede contener alguna irregularidad, debería dirigirse primero al Servicio de atención al cliente de la empresa prestataria para que lo analice, por si puede resolverle la cuestión.

En caso de que la repuesta no sea satisfactoria para la persona consumidora puede plantear la cuestión ante el propio Banco de España, aunque su decisión no es vinculante.

Al mismo tiempo si la persona consumidora considera que su préstamo hipotecario tiene una cláusula abusiva, puede presentar una denuncia ante los Servicios de Consumo de la junta de Andalucía.

Por otra parte, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ofrece información y asesoramiento a personas en riesgo de desahucios También puede acudir a los servicios de asesoramiento de las Asociaciones de personas consumidoras y usuarias.

Hay que recordar que en Andalucía se gestionan cerca de 27.000 demandas por cláusulas suelo, el 20% de todos los casos que hay en nuestro país de esta forma.

Esto hace que esta CCAA se sitúa, junto a Madrid, como la comunidad autónoma con mayor número de demandas registradas por cláusulas suelo, hasta el punto de que dos juzgados andaluces se encuentran entre los cinco órganos judiciales de España con mayor carga de asuntos por esta causa.

La Junta se ha manifestado en contra desde el principio con el plan elaborado por el Consejo General del Poder Judicial para abordar los procedimientos judiciales por las cláusulas suelo en España, porque «se trata de una decisión que afecta muy negativamente a la ciudadanía», que ve incrementado el tiempo de espera para la resolución de sus casos, y a la Administración de Justicia.

Sin embargo, ha procurado reforzar los ocho juzgados uniprovinciales de cláusulas suelo que existen en dicha CCAA.

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