Julio Iglesias recurre la sentencia que le atribuye la paternidad del valenciano Javier Sánchez
El juez confirmó la paternidad del cantante en julio de este año, al estimar la demanda de paternidad de Javier Sánchez Santos contra el artista.

Julio Iglesias recurre la sentencia que le atribuye la paternidad del valenciano Javier Sánchez

La fiscal también ha presentado un recurso por considerar que el asunto ya había sido juzgado y que, por tanto, únicamente cabía su sobreseimiento
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11/9/2019 09:00
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Actualizado: 11/9/2019 09:05
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El cantante Julio Iglesias ha recurrido la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Valencia por la que se le reconoció como padre biológico del valenciano Javier Sánchez, de 43 años.

El titular del Juzgado, el magistrado José Miguel Bort Ruiz, estimó el pasado 8 de julio la demanda de paternidad de Javier Sánchez Santos contra Julio Iglesias y, con ello, reconoció que el cantante, de 75 años, es su padre biológico, fruto de la relación que mantuvo en 1975 con la bailarina portuguesa María Edite Santos.

Santos se convirtió así en el noveno hijo del artista,  junto a los tres hijos que tuvo con Isabel Preysler y los cinco que ha tenido con Miranda Rijnsburger.

Para alcanzar su veredicto, el juez tuvo en cuenta tanto la negativa del cantante a someterse a la prueba de ADN, como la coincidencia de la madre del demandante e Iglesias en una sala de fiestas en las fechas de la concepción y el «evidentísimo parecido físico» que existe entre ellos, y que no cree que sea fruto del azar.

El magistrado destaca que la prueba biológica practicada en el procedimiento concluyó «excluyendo toda posibilidad de paternidad» del hombre que hasta ahora figuraba documentalmente como padre de Sánchez, expareja de la madre.

Además, pone de relieve que Iglesias «se ha negado a someterse a la prueba, sin que se haya alegado ni conste la concurrencia de causa alguna justificadora de una eventual imposibilidad o inconveniencia de su realización», y ello, pese a «haber constancia en las actuaciones de que, en la época aproximada de la concepción del demandante, existieron ciertos contactos y trato entre la madre de este y el demandado».

Esos contactos se produjeron en julio de 1975, en una sala de fiestas ubicada en la localidad gerundense de Sant Feliu de Guixols, «y hacen que no sea inverosímil ni descabellada la posibilidad de haber existido relaciones sexuales entre ellos», argumenta el magistrado.

Sánchez ya había sido reconocido en 1992 por un juzgado de Valencia como hijo de Julio Iglesias. Sin embargo, posteriormente la Audiencia provincial, en una sentencia ratificada por el Tribunal Supremo, revocó esa declaración al entender que el hecho de que el intérprete no se hubiera sometido a la prueba de paternidad no era motivo suficiente para declarar ese vínculo entre ellos.

María Edite Santos, a la izquierda, junto a su hijo, Javier Santos.

LO ALEGADO POR EL CANTANTE

Según ha informado el abogado del cantante, Fernando Falomir, en el recurso, presentado ante la Audiencia Provincial de Valencia, alegan que se trata de un asunto ya juzgado, que no ha existido una negativa injustificada del cantante a someterse a la prueba de ADN y que no consideran que las pruebas en las que se basa el fallo tengan entidad jurídica suficiente.

Tras conocerse la sentencia, el letrado ya avanzó el recurso asegurando que ese fallo daba un valor «casi total» a la negativa del cantante a someterse a la prueba de ADN. 

Falomir considera que «la cuestión objeto de debate ha sido resuelta ya por los tribunales», por lo que «no procede discutir de nuevo» sobre ello.

El letrado indica también que el juez «parte de la base de que ha habido una negativa de Iglesias a realizarse la prueba de ADN».

«Es la base fundamental de la sentencia. La ley dice que la negativa injustificada a someterse a la prueba podrá llevar al tribunal a considerar la paternidad siempre y cuando concurran además algunos otros indicios. Negativa no ha habido porque Iglesias en su momento se negó en las circunstancias en las que se acordó por parte del juzgado», ha dicho en referencia a su intención de esperar a que se resolviera la cuestión de cosa juzgada.

«Nosotros decimos que se ha planteado una cuestión procesal de cosa juzgada, que resolviera y si tras esta resolución lo acordaba, se sometería. No es una negativa total y completa. No hay una negativa y mucho menos injustificada. Tampoco hay indicios, solo unas fotografías y el parecido físico, que no son argumentos jurídicos», ha añadido.

LA FISCAL TAMBIÉN HA RECURRIDO LA SENTENCIA 

La fiscal también presentó el pasado 30 de julio un recurso de apelación contra la sentencia, por considerar que en la demanda de Javier Sánchez sí existía cosa juzgada, y ha reclamado que se acuerde el sobreseimiento del procedimiento.

La fiscal alega en su recurso que en este caso se da «la triple identidad, subjetiva, objetiva y causa de pedir para apreciar la cosa juzgada material, cuyo fundamento radica en la seguridad jurídica, evitando continuos procesos sobre la misma cuestión y entre las mismas partes, tratándose de un instituto de carácter procesal dirigido a evitar la repetición indebida de litigios mediante el llamado efecto negativo o excluyente para impedir que una contienda judicial, ya dilucidada por sentencia firme sobre el fondo de la cuestión, pueda volver a plantearse».

Subraya que la progenitora de Javier Sánchez, la bailarina María Edite Santos, ya actuó en representación de su hijo en un procedimiento anterior y «no en nombre propio».

«Y, por si cupiera alguna duda, el propio demandante se personó en el recurso de apelación e interpuso el de casación y el de amparo», señala.

JULIO IGLESIAS LO QUE QUIERE ES ‘RETRASAR ESTE CASO LO MÁS POSIBLE’

Por su parte, la defensa del valenciano reconocido en primera instancia como hijo del cantante, el abogado Fernando Osuna, afirma que su cliente no tiene «miedo» al recurso porque sus «puntos fuertes» son que el ADN le da la razón; que no existe cosa juzgada; que el tiempo «juega en contra» del intérprete; que la doctrina del Supremo ha cambiado «mucho» en favor de los hijos no reconocidos y el «evidentísimo» parecido de ambos.

«El hijo del cantante está tranquilo, tiene el convencimiento de que es hijo biológico de Julio Iglesias y nadie le va a privar de ese derecho», ha señalado en un comunicado.

Considera que Julio Iglesias lo que quiere es «retrasar este caso lo más posible», algo que sostiene que le perjudicará porque «se está ganando la antipatía de muchas personas por esa negativa infundada, y cada día que pase se verá incrementada su impopularidad».

ADN DE JULIO JOSÉ

En el proceso, el juez declaró «ilícita» la prueba de ADN obtenida con restos que un detective privado contratado por Javier Sánchez obtuvo de un termo de uno de los hijos de Julio Iglesias, Julio José.

Esta prueba, según defendía la representación de Sánchez, indica que este y Sánchez serían hermanos en un porcentaje cercano al 97%.

A juicio del juez, esta prueba resultaba «carente de cualquier relevancia y valor jurídico y probatorio» y, para ello, se basó en que se recogió el termo de Julio José sin conocimiento de este, en lo que el magistrado consideró una vulneración de derechos fundamentales, a la privacidad e identidad.

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