La Audiencia Provincial de Madrid falla a favor de un consumidor y declara nula la cláusula multidivisa de su hipoteca
Imagen de una sala de vistas de la jurisdicción civil de la Audiencia Provincial de Madrid. Carlos Berbell/Confilegal.

La Audiencia Provincial de Madrid falla a favor de un consumidor y declara nula la cláusula multidivisa de su hipoteca

Un vecino de Móstoles emprendió acciones legales contra BBVA para eliminar la cláusula Multidivisa de su préstamo hipotecario
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23/10/2019 06:34
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Actualizado: 23/10/2019 07:13
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Las pretensiones fueron íntegramente estimadas por el Juzgado de Primera Instancia 2 de Madrid, si bien, el BBVA recurrió en apelación. Y la Audiencia Provincial ha vuelto a dar la razón al cliente.

La sentencia entra a conocer la naturaleza de las “cláusulas multidivisas”, tras afirmar que no es un instrumento financiero regulado por la Ley del Mercado de Valores, confirma que sí es una condición general de la contratación.

Todo ello con independencia de que el cliente tomara la iniciativa de contratar un préstamo en divisas, esto no elimina la caracterización de estas cláusulas como condiciones generales de la contratación.

No hubo, por lo tanto, consentimiento informado. 

El fallo alude a una sentencia del Tribunal Supremo: “Las condiciones generales que versan sobre elementos esenciales del contrato se les exige un plus de información que permita al consumidor adoptar su decisión de contratar con pleno conocimiento de la carga económica y jurídica que le supondrá concertar el contrato, sin necesidad de realizar un análisis minucioso y pormenorizado del contrato”.

En este caso, el perfil del demandante es el propio de un consumidor medio, por lo que carece de conocimientos financieros suficientes que le permita comprender el significado de las cláusulas.

Por ello, resulta erróneo entender que de la mera lectura de las cláusulas del contrato el consumidor pueda alcanzar a entender cómo funciona la Multidivisa y los riesgos reales que pueden derivarse, más allá del simple conocimiento superficial del producto.

La información precontractual también brilló por su ausencia, pues no son suficientes las explicaciones verbales de los empleados sobre el producto Multidivisa para superar el control de transparencia.

Sin las explicaciones pertinentes

Quedó probado que no constan explicaciones relativas “al hecho de que las fluctuaciones en la cotización de la divisa extranjera respecto al euro no solo podían provocar oscilaciones en el importe de las cuotas, sino que el incremento de su importe podía llegar a ser tan considerable que pusiera en riesgo su capacidad para afrontar el pago en caso de una fuerte depreciación del euro respecto de la divisa”.

Por ello la sentencia ha condenado a BBVA a recalcular el préstamo en euros, que se referenciará al Euribor más el diferencial previsto en la escritura, quedando como capital adeudado el saldo vivo de la hipoteca referenciado a euros resultante de disminuir al importe prestado.

También los pagos efectuados en concepto de principal e intereses calculados también en euros, con la devolución, si así resulta, de la devolución del saldo o exceso a nuestro cliente, con expresa condena en costas en primera instancia.

La representación del cliente del BBVA ha sido ejercida por el despacho Unive Abogados.

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