El TSJCat condena a Torra a un año y seis meses de inhabilitación por desobediencia
El presidente Torra no comparte la sentencia del Tribunal de Cuentas. EP.

El TSJCat condena a Torra a un año y seis meses de inhabilitación por desobediencia

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19/12/2019 00:00
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Actualizado: 19/12/2019 00:00
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha condenado a un año y seis meses de inhabilitación al presidente catalán, Quim Torra, por desobedecer la orden de la Junta Electoral Central (JEC) de retirar los lazos amarillos de los edificios públicos en período electoral.

Por un delito de desobediencia cometido por autoridad o funcionario público, del artículo 410 del Código Penal.

También le ha impuesto 30.000 euros de multa (10 meses con una cuota diaria de 100 euros), fijada en relación a su capacidad adquisitiva.

Además, Torra tendrá que pagar las costas procesales, a excepción de las derivadas de la acusación popular.

El fiscal superior de Cataluña, Francisco Bañeres, pedía un año y ocho meses de inhabilitación para Torra y una multa de 30.000 euros, mientras que el abogado de VOX, que ejerció de acusación popular, Juan Cremades, reclamaba una multa de 72.000 euros y la inhabilitación para empleo o cargo público por un plazo de dos años.

El tribunal de la Sala Civil y Penal de TSJCat, concluye en su sentencia, de 58 páginas, que Torra desobedeció la decisión de la Junta Electoral Central (JEC), que, una vez convocadas las elecciones del pasado 28 de abril, ordenó la retirada de la simbología partidista exhibida en edificios públicos, lo comunicó en tiempo y forma, y dio un plazo para la citada retirada sin que ello se atendiera.

Ve probado el delito de desobediencia porque se mantuvieron en la fachada del Palau de la Generalitat, algunas consejerías y Servicios Territoriales de los Departamentos de la Generalitat lazos amarillos, fotografías de los dirigentes independentistas encarcelados y pancartas con referencias a los «presos políticos» después del plazo que la JEC dio a Torra para retirarlos: el 19 de marzo, a las 15 horas.

Señala que el mandato de la JEC no fue atendido por Torra, «que no solo no ordenó la retirada en las fachadas de los edificios dependientes de la Generalitat de los lazos amarillos y de las banderas ‘estelades’ en el plazo establecido, sino que llegó a decir (o consentir), en algunos casos, su sustitución por otros lazos, blancos y cruzados por una raya roja».

El propio Torra admitió en el juicio, celebrado el pasado 18 de noviembre, que desobedeció.

 «Sí, la desobedecí, pero es que era imposible cumplir una orden ilegal, todos los miembros de esta sala lo saben que ésta era una orden ilegal dictada por un órgano que no tenía competencia para hacerlo», fueron sus palabras.

El tribunal le ha inhabilitado para cargos públicos electivos de ámbito local, autonómico, estatal y europeo, y para el ejercicio de funciones de gobierno «pues del ejercicio de ese mismo tipo de responsabilidades públicas electivas y gubernativas se sirvió el acusado para la comisión del delito».

La multa se la ha impuesto teniendo en cuenta que su actuación fue en ejercicio del cargo de presidente de la Generalitat, «la recalcitrante y reiterada actitud desobediente, y su conducta persistente en el incumplimiento de lo ordenado sucesivamente» por la JEC.

El TSJCat también valora «el alarde público del hecho desobediente» y argumenta que el valor económico de la sanción se ha fijado atendiendo a la cualificación profesional de Torra y también a su retribución pública como presidente catalán, de 153.235,50 euros para la anualidad de 2019.

La sentencia -número 149- está firmada por los magistrados Jesús María Barrientos Pacho (presidente del tribunal y del TSJCat), Joaquín Elías Gadea Francés, y Mercedes Armas Galve, que ha sido la ponente.

Contra ella cabe recurso de casación por infracción de ley o por quebrantamiento de forma en el plazo de cinco días.

La causa parte de un recurso de representantes de Ciudadanos ante la JEC, presentado el 7 de marzo, solicitando que exigiera a la Generalitat de Cataluña la retirada de los símbolos de las sedes oficiales de Cataluña y que se ordenara a sus responsables mantener estrictamente la posición de neutralidad y de objetividad que les imponía la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) durante el periodo electoral, lo que derivó en la incoación de un procedimiento que acabó en un acuerdo el 11 de marzo que exigía a Torra retirarlos en 48 horas.

La portavoz de Ciudadanos en el Congreso, Inés Arrimadas, ha señalado que el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, no puede tratar a Torra «como a un interlocutor más» ahora que ha sido inhabilitado por la Justicia.

Arrimadas ha manifestado en Twitter que el proceso independentista catalán «es una fábrica de condenados» y ha recordado que la sentencia del TSJCat llega después de que Cs lo denunciara ante la Fiscalía.

«Seguiremos denunciando los abusos del separatismo para que no queden impunes. Sánchez no puede tratarle como un interlocutor más», ha añadido la diputada rechazando así los contactos del líder del PSOE con Torra en su búsqueda de apoyos para ser investido jefe del Ejecutivo.

VOX, que ha ejercido la acusación popular en este caso, ha celebrado la condena a Torra.

Ha dicho que «se compromete a seguir defendiendo la legalidad con todos los instrumentos legales y parlamentarios a su alcance», y ha reclamado al Gobierno «la restauración del orden constitucional en Cataluña».

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