Griñán recurrirá la condena de los ERE por ‘error en los hechos probados y falta de claridad’

Griñán recurrirá la condena de los ERE por ‘error en los hechos probados y falta de claridad’

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09/1/2020 00:00
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Actualizado: 09/1/2020 00:00
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El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán ha anunciado a la Audiencia Provincial de Sevilla su intención de recurrir ante el Tribunal Supremo (TS) la sentencia de la ‘pieza política’ de la causa judicial sobre los ERE que lo condena a seis años de prisión y a 15 de inhabilitación absoluta por un delito continuado de malversación de fondos públicos y un delito, también continuado, de prevaricación administrativa.

Entre los motivos para presentarlo, según recoge el escrito presentado hoy por su nuevo letrado, José María Calero, cita «infracción de ley, error en los hechos probados derivados de documentos obrantes en la causa, quebrantamiento de forma por falta de claridad, contradicción en los hechos probados e infracción de precepto constitucional».

Además, el letrado manifiesta que la sentencia «no es ajustada a derecho y es contraria a los intereses» del expresidente andaluz.

En concreto, Griñán interpondrá el recurso de casación por supuesta infracción de ley, de preceptos penales y otras normas que deben ser observadas y por indebida aplicación de una serie de artículos, y por error en la apreciación de la prueba en documentos tales como los Presupuestos de la Junta de Andalucía de 2005 y pormenor del estado de gastos, respuestas oficio del Parlamento y la comparecencia del consejero de Economía y Hacienda en el Parlamento de Andalucía de entonces para presentar presupuestos de 2005 y 2007 en el extremo que identifica su valoración del mismo, entre otros informes.

Además, entiende que se ha producido quebrantamiento de forma por falta de claridad en el relato de hechos probados y manifiesta contradicción, e infracción de precepto constitucional en relación con el principio de legalidad procesal, de presunción de inocencia, del derecho de defensa, a la tutela judicial efectiva y del juicio justo o debida en sus diversas manifestaciones.

Griñán fichó a José María Calero (Ciudad Real, 1961), del bufete Calero Martínez Abogados Penalistas, de Sevilla, hace alrededor de un mes.

El pasado 13 de diciembre, Calero confirmó que había aceptado convertirse en su representante legal y que ya se encontraba estudiando la sentencia y preparando el anuncio del recurso ante el Alto Tribunal, cuyo plazo finaliza el 20 de enero.

Durante el juicio representó a Griñán el letrado José María Mohedano.

El expresidente andaluz quería que ambos ejercieran su defensa, pero Mohedano renunció a continuar siendo su abogado, según informó el propio Mohedano en un comunicado.

Dijo que no aceptaba compartir «esta defensa profesional -que en ningún caso puede ser política-» con Calero.

Señaló que él «había propuesto la colaboración en los trámites del recurso de casación y siguientes con un conocido catedrático y con un alto magistrado jubilado», pero que el expresidente andaluz había «preferido incorporar a otro abogado cuyas características, con el debido respeto a su persona, son incompatibles» con su permanencia en la defensa.

En total, han sido condenados 19 excargos socialistas de la Junta de Andalucía, de la que salieron casi 680 millones de euros «sin ningún control» entre 2001 y 2009.

Entre ellos también está el expresidente de la Junta Manuel Chaves, sentenciado a 9 años de inhabilitación especial; los exconsejeros de Empleo de la Junta de Andalucía Antonio Fernández y José Antonio Viera, condenados a siete años, 11 meses y un día de prisión, y a 19 años, seis meses y un día de inhabilitación absoluta; o los exdirectores generales de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez, sentenciados a siete años y un día de cárcel y a 18 años y un día de inhabilitación absoluta.

El letrado de Gaspar Zarrías, Gonzalo Martínez Fresneda, fue la primera defensa de los condenados que anunció a la Audiencia de Sevilla su recurso de casación ante el Alto Tribunal. En su caso, lo basó en tres motivos principales, uno por infracción de precepto constitucional y dos por infracción de ley.

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