La Audiencia de Sevilla eleva al TJUE una cuestión prejudicial sobre el caso ERE al dudar de la compatibilidad de las sentencias del TC con el Derecho de la UE y su lucha contra la corrupción. Sobre estas líneas, los expresidentes José Antonio Griñán y Manuel Chaves, que se vieron beneficiados por la sentencia del TC. Foto: EP.

La Audiencia Provincial de Sevilla cuestiona la doctrina del Tribunal Constitucional y eleva el caso ERE al TJUE

15 / 07 / 2025 08:42

En esta noticia se habla de:

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha decidido plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Lo hace en un auto fechado el 14 de julio, notificado hoy a las partes, y con efectos inmediatos: la suspensión de la ejecución de las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) relativas a 12 exaltos cargos de la Junta de Andalucía condenados por el caso ERE.

Específicamente Antonio Fernández García, Magdalena Álvarez Arza, José Antonio Viera Chacón, Gaspar Zarrías Arévalo, Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo Serrano, Jesús María Rodríguez Román, Antonio Vicente Lozano Peña, Miguel Ángel Serrano Aguilar, Juan Márquez Contreras y los expresidentes Manuel Chaves González, y José Antonio Griñán Martínez. Contra el auto no cabe recurso.

¿Por qué se eleva la consulta a Europa?

El tribunal del caso, formado por los magistrados Pilar Llorente Vara, presidente y ponente, Encarnación Gómez Caselles, Francisco de Asís Molina Crespo, Juan Jesús García Vélez y Patricia Fernández Franco, considera, en su auto número 657/2025, “imprescindible” consultar al TJUE ante las dudas de compatibilidad de las resoluciones del TC con el Derecho de la Unión.

Los magistrados advierten de un posible riesgo sistémico de impunidad si se acepta la doctrina del Constitucional, y de un eventual quebranto a los intereses financieros de la UE.

En esencia, los magistrados creen que el TC ha impuesto una interpretación restrictiva de los delitos de prevaricación y malversación, al estimar parcialmente los recursos de amparo de los condenados.

El Constitucional anuló sentencias firmes y ordenó retrotraer los procedimientos para que se dicten nuevos fallos más respetuosos con el principio de legalidad penal.

La Audiencia Provincial de SEvilla no lo ve así. Según el auto, las sentencias del TC, al no ponderar los intereses de la UE, podrían vulnerar la primacía del Derecho comunitario, tal y como recoge la jurisprudencia del TJUE, especialmente en la sentencia Euro Box Promotion (TJUE, 21/12/2021).

Esta doctrina exige que los Estados miembros garanticen sanciones eficaces frente al fraude que afecte a fondos europeos.

Los magistrados creen que el TC ha impuesto una interpretación restrictiva de los delitos de prevaricación y malversación, al estimar parcialmente los recursos de amparo de los condenados.

Actividad presupuestaria y espacio de impunidad

Uno de los puntos críticos es la interpretación del TC de que los hechos juzgados formaban parte de la iniciativa legislativa presupuestaria del Gobierno andaluz, y que, por tanto, no pueden calificarse como delitos administrativos.

Para los magistrados de Sevilla, esta lectura genera un “ámbito de impunidad” al dejar fuera del control jurisdiccional toda la fase prelegislativa.

Sostienen que permitir que un acto presuntamente delictivo —como aprobar resoluciones sabiendo que financiarán un reparto fraudulento de fondos— quede amparado por su inserción en un anteproyecto de ley, es contrario tanto al artículo 404 del Código Penal como al Derecho de la UE.

El auto recuerda, citando la sentencia del Tribunal Supremo 259/2015, que la expresión “asunto administrativo” no excluye actos del Gobierno que culminen en la elaboración de leyes, cuando se trate de actuaciones regladas.

El Constitucional, ¿invadiendo funciones del Supremo?

Otro reproche de calado: la Audiencia Provincial de Sevilla acusa al TC de haber invadido la competencia del Tribunal Supremo como máximo intérprete de la ley penal.

Según los magistrados, el Constitucional ha sustituido la valoración jurídica de los hechos hecha por la jurisdicción ordinaria, modificando incluso los elementos típicos de los delitos aplicados, lo que puede tener consecuencias institucionales “difícilmente reparables”.

Cuatro preguntas clave al TJUE

En este contexto, el tribunal del caso ERE en Sevilla plantea al TJUE cuatro cuestiones prejudiciales. En resumen son estas:

Primera: Si el TC puede reinterpretar los tipos penales de prevaricación y malversación sin ser parte del Poder Judicial, y si esta revisión vulnera la separación de poderes y el Derecho de la UE.

Segunda: Si es compatible con el Derecho europeo considerar que toda la actividad presupuestaria —desde la elaboración hasta la ejecución— está fuera del control judicial, generando desprotección del patrimonio público.

Tercera: Si esa práctica nacional contraviene las obligaciones europeas e internacionales de lucha contra la corrupción y el fraude, al impedir sancionar penalmente a los responsables de irregularidades presupuestarias.

Cuarta: Si un tribunal nacional puede dejar inaplicadas sentencias del TC cuando estas se opongan al Derecho de la UE y conduzcan a la impunidad de conductas que deberían haber sido castigadas.

    Una advertencia a futuro

    El auto concluye con una seria advertencia: aceptar la interpretación del TC implicaría consolidar un espacio de inmunidad para la corrupción política en todos los niveles de gobierno.

    Y esto, dice la Audiencia Provincial de Sevilla, no solo es contrario a los tratados y a la Directiva (UE) 2017/1371, sino a los compromisos que España ha asumido con Europa en materia de integridad institucional.

    Mientras el TJUE responde, la causa queda suspendida. Y con ella, también, la aplicación de las sentencias del Constitucional.

    Un movimiento jurídico de calado, que coloca en el centro del debate la relación entre el Derecho nacional y el europeo, y que pone bajo la lupa la forma en que España está interpretando —y aplicando— las normas contra la corrupción.

    Noticias relacionadas:

    Bruselas considera “manifiestamente incompetente” al TJUE para revisar la anulación de condenas del caso ERE

    La Audiencia de Sevilla fija tres días para deliberar si lleva al TJUE las sentencias del Constitucional del caso ERE

    Opinión | El caso ERE y la cuestión prejudicial: el pulso con Europa que el Tribunal Constitucional decidió no bloquear

    El Constitucional se dispone a avalar, tras su próximo «debate jurídico», la consulta al TJUE por los ERE

    Anticorrupción del caso ERE «siguiendo las instrucciones recibidas» de la Fiscalía desaconseja ahora acudir al TJUE

    Conde-Pumpido fija para la próxima semana el «debate jurídico» sobre las cuestiones prejudiciales ante el TJUE

    Lo último en Tribunales

    seguro médico indemnización

    El centro médico no puede cobrar por expedir el informe médico al ser un derecho gratuito de los pacientes

    despido fuera trabajo

    El TSJCV avala el despido por agredir a un compañero fuera del trabajo: la violencia rompe la relación laboral

    La resolución del juzgado de Primera Instancia 7 de Liria (Valencia) no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación.

    BBVA, condenada por incluir en una hipoteca una comisión por subrogación abusiva y sin transparencia

    asdfasdfa

    Ábalos y Koldo declaran hoy en el Supremo con el objetivo de contrarrestar lo revelado por Aldama

    hormona de crecimiento

    Castilla y León, condenada por no aprobar la hormona de crecimiento para menores, a pesar de la indicación médica