Los cambios de jurisprudencia de la Sala de lo Civil del Supremo desconciertan a los expertos en derecho hipotecario

El Supremo confirma la denegación del indulto a una abogada que falsificó resoluciones judiciales

27 / 01 / 2020 06:25

En esta noticia se habla de:

El Tribunal Supremo ha confirmado la denegación del indulto a una abogada que fue condenada a una inhabilitación durante tres años por «fabricar documentos con apariencia de resoluciones judiciales» al entender que el Gobierno ha tramitado correctamente su asunto.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la abogada contra la resolución del Consejo de Ministros del 4 de marzo de 2019, que deniega el indulto solicitado en relación a la inhabilitación profesional impuesta en 2017 por un juzgado de lo Penal de Algeciras (Cádiz).

La letrada fue condenada por un delito continuado de deslealtad profesional en relación a seis clientes distintos a tres años de inhabilitación especial para el ejercicio de la abogacía, así como a un año y diez meses de prisión por falsificación de documento oficial.

La sentencia del Supremo recoge la resolución por la que fue condenada, en la que se destaca que la abogada llegó a «‘fabricar’ documentos con apariencia de resoluciones judiciales, lo que produjo un perjuicio añadido a varios de sus clientes, todos los cuales vieron defraudadas las legítimas expectativas cuya gestión encomendaron a la hoy penada».

REPROCHA LA FALTA DE MOTIVACIÓN DE UN INFORME

La recurrente, que se encuentra actualmente en libertad, considera que el Consejo de Ministros debe ser anulado por defectos en la tramitación del procedimiento porque, a su juicio, falta motivación en el informe del tribunal sentenciador, que hizo que no se le concediera el derecho de gracia.

Por ello, insta a retrotraer el procedimiento para que emita un nuevo informe.

El Supremo se apoya en su propia jurisprudencia que señala que el artículo 25 de la Ley de Indulto «no exige preceptivamente» que el tribunal sentenciador tenga que incluir en su informe «todos los datos» que en dicho precepto se menciona, sino que «dichas circunstancias se harán constar en el informe ‘siendo posible'».

Además, recuerda que el contenido de dicho informe carece de carácter vinculante y «que la omisión de algún dato supondría simplemente una irregularidad formal no invalidante que no habría de acarrear la anulación de la resolución».

Noticias relacionadas:

Dos trabajadores de Meroil, condenados por falsear albaranes para vender «por su cuenta» la gasolina de la empresa

Condenado a un año de prisión por falsificar recetas médicas para conseguir inyecciones de testosterona

A juicio un agente de movilidad por falsificar datos para multar a un hombre que estaba con su ex

Un guardia civil condenado a 5 años y medio de prisión por malversar 165.000 euros

Una fotografía tamaño carnet es suficiente para ser condenado por falsificación 

El novio de Ayuso podría ser investigado por cinco presuntos nuevos delitos: la jueza aplaza su declaración

Lo último en Tribunales

zapatero-querella-hazte-oir-maduro

El magistrado Calama ordena bloquear las cuentas de Zapatero hasta 490.780 euros

rosco pasapalabra

Ni Atresmedia ni Mediaset: ‘El Rosco’ de Pasapalabra está protegido por la propiedad intelectual y Antena 3 tendrá que cesar su emisión

El TS confirma el archivo del 'caso Tsunami Democràtic' contra Puigdemont y Wagensberg por terrorismo

El Supremo frena parte del registro único de alquileres turísticos por invadir competencias autonómicas

plus ultra

Plus Ultra ofrece «total colaboración» a la Audiencia Nacional y muestra respeto al proceso judicial

El empresario Víctor de Aldama, a su salida de la Audiencia Nacional, a 21 de mayo de 2026, en Madrid

Aldama afirma ante la Audiencia Nacional que Zapatero usaba “teléfonos seguros” y apunta a Canarias en el cobro de comisiones por mascarillas