La justicia escocesa deja en libertad provisional a Ponsatí

La JEC avisa a Ponsatí que si mañana no va al Congreso declarará vacante su escaño en el Parlamento Europeo

Aunque el Parlamento Europeo haya aceptado a Puigdemont, insiste en que seguirá exigiendo el acatamiento mientras no se cambie la ley

29 / 01 / 2020 11:11

Actualizado el 29 / 01 / 2020 11:16

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La Junta Electoral Central (JEC) ha avisado a la exconsejera catalana Clara Ponsatí, eurodiputada electa de JxCat – huida de la Justicia española-, que si mañana no se presenta en el Congreso de los Diputados para acatar la Constitución declarará vacante su escaño en el Parlamento Europeo.

La JEC ya había citado ayer a Ponsatí y a los otros cuatro eurodiputados que ocuparán un escaño en el Parlamento Europeo una vez que se haga efectivo el Brexit, para cumplir el trámite perceptivo del juramento o promesa de la Constitución ante la Junta Electoral.

Sin embargo, Ponsatí, afincada en Escocia y reclamada por el Tribunal Supremo por su participación en el ‘procés’, no acudió a la convocatoria del organismo arbitral, que le ha vuelto a citar para mañana, a la una del mediodía.

Gonzalo Boye, abogado de Ponsatí, y del expresidente catalán Carles Puigdemont, había solicitado que se remitiera el acta de proclamación de electos del pasado 23 de enero al Parlamento Europeo, pero la JEC le ha recordado que para expedir el acta, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que antes hay que jurar o prometer la Constitución ante este órgano.

Así lo establece el artículo 224.2: «En el plazo de cinco días desde su proclamación, los candidatos electos deberán jurar o prometer acatamiento a la Constitución ante la Junta Electoral Central. Transcurrido dicho plazo, la Junta Electoral Central declarará vacantes los escaños correspondientes a los diputados del Parlamento Europeo que no hubieran acatado la Constitución y suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder por razón de su cargo, todo ello hasta que se produzca dicho acatamiento».

La JEC destaca que «en esos términos está actuando desde que España pasó a formar parte de las Comunidades Europeas en 1986».

La Junta Electoral Central, el órgano superior de la administración electoral, tiene su sede en Madrid, en el Congreso de los Diputados. Está compuesta por 8 vocales magistrados del Tribunal Supremo, designados mediante insaculación por el Consejo General del Poder Judicial; y cinco vocales catedráticos de Derecho o de Ciencias Políticas y Sociología, en activo, designados a propuesta conjunta de los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores con representación en el Congreso de los Diputados.

La JEC también subraya que el acto de acatamiento a la Constitución es de naturaleza «personalísima» e «indelegable», que debe realizarse «presencialmente» ante la JEC y que «no puede llevarse a efecto mediante cualquier mecanismo que pretenda elegir el propio interesado al margen de las previsiones legales al efecto».

La Junta Electoral Central indica que esta interpretación es «conforme con el Derecho de la UE», que establece que «el procedimiento electoral, salvo lo dispuesto en dicha disposición, se regirá, en cada Estado miembro, por las disposiciones nacionales».

«Y no hay ninguna disposición en los Tratados que prohíba establecer un requisito como el del acatamiento a la norma fundamental del Estado», apunta.

LO DEL TJUE NO ES SUFICIENTE

Ponsatí está a la espera de que la Justicia británica decida sobre la euroorden que el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor del ‘caso procés’, reactivó por su participación en el proceso independentista, cuando se condenó a los impulsores del ‘procés’. Por un presunto delito de sedición.

La exconsejera podría beneficiarse de la reciente decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que resolvió que el presidente de ERC, Oriol Junqueras, gozaba de inmunidad parlamentaria desde que fue proclamado eurodiputado electo pese a no haber acatado la Constitución ante la JEC.

En todo caso, la JEC ya adelanta que el TJUE tampoco se opuso a que la legislación nacional pueda exigir otras formalidades legales y otro trámites, como en este caso el acatamiento de la Constitución en el Congreso.

Aunque admite que el expresidente catalán Carles Puigdemont y el exconsejero Toni Comín –también reclamados por la Justicia española y afincados en Bélgica- ya ejercen de eurodiputados sin haber cumplido ese trámite, porque el Parlamento Europeo ha tomado decisiones «sin haber oído a la autoridad nacional competente», señala que seguirá exigiendo el requisito de acatar la Constitución mientras el TJUE o los tribunales nacionales no declaren inaplicable el artículo 224.2 de la LOREG.

La JEC también tiene declarado vacante el escaño del sustituto de Oriol Junqueras, Jordi Solé, que la pasada semana tampoco se presentó en el Congreso para cumplir con el trámite de acatamiento de la Constitución una vez que el presidente de ERC fue inhabilitado por la sentencia del ‘procés’.

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