La DGT quiere aumentar este año la sanción a motoristas por no llevar casco y obligarles a usar guantes

La Junta de Andalucía tendrá que indemnizar con 90.000 euros a un motorista que perdió una pierna al chocar contra un poste

El fallo del TSJ de Andalucía estima en parte la responsabilidad patrimonial reclamada a la Junta porque el poste debía haberse retirado hace tres años

25 / 02 / 2020 01:00

Actualizado el 25 / 02 / 2020 01:09

La vida del joven sevillano P.O.M cambio de forma brusca en junio del 2013 cuando tras sufrir un accidente en el término municipal de Fuente Tojar, la moto que conducía se deslizó por la carretera hasta que su cuerpo chocó contra un poste de unas obras acabadas. Producto del impacto, el joven perdió una pierna.

Siete años después, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado en parte el recurso interpuesto por el perjudicado contra la resolución de la Consejería de Fomento y Vivienda, de 14 de diciembre de 2017, que desestimaba la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada el 19 de septiembre de 2014.

El tribunal señala que la responsabilidad del accidente en un 70% fue del propio joven y un 30% de la Junta de Andalucía. De esa forma declara el derecho del recurrente a ser indemnizado por la administración de la Junta de Andalucía en la cantidad de 90.000 euros del total fijado por la inspectora médica de la subdirección de inspección de Servicios Sanitarios obrante en el expediente, que cuantifica los daños en 242.043,15 euros.

La situación de la víctima no deja de ser delicada. Está incapacitada a nivel absoluto y, por lo tanto, no puede trabajar ni desarrollar ninguna actividad. Ahora tiene una pensión que el despacho de abogados ‘Vosseler Abogados’ le ha gestionado. Desde el despacho se plantean interponer el recurso de casación ante Tribunal Supremo.

Monica Santiago, letrada de ‘Vosseler Abogados’

Mónica Santiago, letrada de ‘Vosseler Abogados’ el despacho que lleva este asunto, recuerda a Confilegal que el joven sevillano se seccionó la pierna tras chocar con un poste de unas obras que habían concluido tres años atrás. La empresa que ejecutaba las obras era ‘Hormigones Asfálticos’, dependiente de Fomento.

Tras lo sucedido, se interpone así una reclamación patrimonial contra la Junta de Andalucía el 19 de septiembre del 2014.

“Una reclamación que tiene los cauces normales, en este caso se hace por vía contenciosa administrativa al intervenir una entidad pública que tiene unos pasos muy tasados”.

De esta forma se inicia la citada reclamación patrimonial, «hay unos plazos que marca la normativa contenciosa y se forma el expediente administrativo con la documentación de la causa. Tras varios trámites y alegaciones, se llega a una resolución administrativa que es extrajudicial”.

Santiago señala que “en este caso fue negativa por parte de la Junta de Andalucía», de manera que «desestimaba la petición y señalaba que el único problema lo había generado el mal hacer de nuestro cliente, por exceso de velocidad. Toda responsabilidad era suya y no tenía derecho a reclamar nada”.

Acudir a la vía judicial

Ante la negativa, se planteó una demanda judicial ante los juzgados contenciosos administrativos. “Al final se demostró que el atestado podía decir que el exceso de velocidad era imputable a nuestro cliente, pero las consecuencias de ese accidente no, porque de no estar ese poste ahí, no haría acabado con la amputación de una pierna”.

Esta jurista destaca que en esa primera fase de la reclamación patrimonial de carácter amistoso,  «nos hartamos de reclamar el certificado de fin de obra que no estaba aportado en ningún expediente administrativo sorprendentemente. Al final por orden del juez se tuvo que aportar, confirmando que tres años antes se había culminado dicha obra”.

La sentencia del tribunal de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso número 182/2017, señala que “existe una responsabilidad por parte de la Junta de Andalucía por no haber retirado dicho poste en el momento que correspondía. En el fallo se habla de la responsabilidad tanto de la Junta como de la empresa promotora de las obras. Fue la Junta quien no retiró esas obras de la carretera, tampoco se lo pidió a esa empresa”.

En cuanto a la resolución, «solo valora las secuelas y el periodo de incapacidad temporal, no valora nada más. Creemos que es escasa y habiendo una amputación es fundamental que se contemple a futuro distintos elementos como las prótesis que deberá usar. Cada prótesis suele tener un coste de 50.000 euros y se renuevan por cinco años”, comenta esta experta.

En dicho fallo judicial, se concreta que el propio joven tiene una responsabilidad en el accidente de un 70% y la Junta un 30%.

“Eso supone que de los más de 200.00 euros que se le daba al principio se pase a ese porcentaje del 30%, que da lugar esos 90.000 euros de los que estamos hablando. Pero no incluye gastos futuros”.

Por ello, agrega, “creemos que este asunto esta mal baremado y por eso calibramos un recurso de casación ante el Tribunal Supremo porque creemos que se ha hecho una mala aplicación de la ley”.

Esta sentencia es importante porque entra de lleno en la problemática de los motoristas, algunos lastimados por los afilados ‘quitamiedos’ que existen en las carreteras españolas, que ya han causado distintas víctimas mortales y secuelas importantes.

“Debería cambiarse el material de los que están compuestos que fuera más elástico, pero el 80% de las carreteras de nuestro país tienen ‘biondas’ afiladas de carretera”, apunta Santiago.

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