La AF vuelve a pedir a la FGE información sobre las causas contra el Gobierno por la gestión del coronavirus
La Ejecutiva de la Asociación de Fiscales solicita a Navajas que informe sobre la recepción efectiva de los procedimientos, el reparto que se haya hecho de los mismos, y sobre las decisiones adoptadas en orden a la "necesaria" convocatoria de la Junta de Fiscales de Sala; en la imagen, de izquierda a derecha: Miguel Rodríguez (vicesecretario), Pilar Sánchez Alcaraz, Vicente Garrido, Cristina Dexeus (presidenta), Álvaro Terol, Ether Moreno, y Pedro Díaz Torrejón.

La AF vuelve a pedir a la FGE información sobre las causas contra el Gobierno por la gestión del coronavirus

"Al no recibir respuesta alguna por parte de la fiscal general del Estado", ahora se ha dirigido al 'número dos', Luis Navajas
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24/7/2020 18:37
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Actualizado: 24/7/2020 19:53
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La Asociación de Fiscales (AF) preguntó el pasado 15 de julio a la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, por carta, si ya ha acordado su abstención en las 36 denuncias y 15 querellas contra miembros del Gobierno por la gestión del coronavirus.

En la misiva, le pedía “información” y “transparencia” sobre estas causas contra el Ejecutivo remitidas por el Tribunal Supremo al Ministerio Fiscal.

La Asociación de Fiscales reclamó a Delgado que informara si ya han tenido entrada estas causas en la Fiscalía General del Estado (FGE), y si ya ha acordado su abstención en las mismas y de qué forma la ha articulado.

Considera que “como la fiscal general del Estado ha sido miembro del Gobierno hasta su nombramiento para este cargo, no debe resolver cuestiones que afecten a excompañeros del Ejecutivo”, según ha señalado a Confilegal la presidenta de la Asociación de Fiscales Cristina Dexeus, decana de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Barcelona.

Para la Asociación de Fiscales, Delgado debe abstenerse en favor del teniente fiscal del Tribunal Supremo, ‘número dos’ de la FGE, Luis Navajas, y así se lo trasladó en la misiva.

«Al no recibir respuesta alguna por parte de la fiscal general del Estado», la AF se ha dirigido ahora a Navajas, también por carta, para solicitar información.

La AF le pide que informe sobre la recepción efectiva de los procedimientos, el reparto que se haya hecho de los mismos siguiendo los criterios de distribución de trabajo preestablecidos o mediante el/los procedimientos de avocación, designación o sustitución tramitados; y sobre las decisiones adoptadas en orden a la «necesaria» convocatoria de la Junta de Fiscales de Sala.

«Es firme propósito de la AF no sucumbir al desaliento ante la aparente costumbre de la fiscal general de Estado de desatender las peticiones de información que se le dirigen», traslada la Asociación de Fiscales al ‘número dos’ de la FGE.

«Con ello se cumplen estrictamente las funciones propias de esta asociación profesional de las que no haremos dejación nunca, por mucho que la relajación ambiental en este sentido invite a ello y precisamente con la intención de combatirla con firmeza», sentencia.

En su misiva, la AF informa a Navajas de su carta a Delgado, en la que se interesaba por dos cuestiones, «después de dar por sentado la abstención» de la fiscal general en todos aquellos asuntos que fueron remitidos por el Supremo a la Fiscalía para informe y que afectan a miembros del Gobierno.

«Se preguntaba así por la forma concreta en que se hubiera articulado esa abstención masiva, al referirse a un total de 51 asuntos diferentes, y que debió producirse en el momento mismo de la entrada de los referidos asuntos en la Fiscalía del Tribunal Supremo en atención a las funciones de dirección que al FGE corresponden» conforme al Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), explica la AF.

«Lo inédito de la situación así lo imponía», subraya.

La Asociación de Fiscales expone que «en los más de 150 años de vida» de la institución «es la primera vez (salvo error u omisión)» por parte de la AF que su máximo exponente abandonaba el Ejecutivo el mismo día que se anunciaba su designación para ocupar esta alta instancia y se encontraba aún en posesión del acta de diputada.

«Ya entonces se advirtió por la AF del deber de abstención que pesaría sobre la FGE en todos aquellos procedimientos en que se ejercitaran acciones contra miembros del Gobierno», señala.

Añade que «la ocasión no se ha hecho esperar» y que «apenas han trascurrido cinco meses desde el día de su toma de posesión y el número de asuntos que exigen la abstención de la FGE, la importancia cuantitativa y cualitativa de los mismos», y la consecuente repercusión mediática que también marcan un hito que a la AF le parece «de difícil superación».

Traslada a Navajas que «en plena sintonía con esta situación, se sitúa la posición de la FGE, que desafortunadamente ha hecho hábito de la actitud de no contestar a las cuestiones que por la asociación mayoritaria de Fiscales se le han dirigido».

El teniente fiscal del Supremo y ‘número dos’ de la Fiscalía General del Estado, Luis Navajas. Foto: Carlos Berbell

Según la AF, Delgado «contribuye así a incrementar la sombra de duda respecto a la imparcialidad que su nombramiento extendió sobre toda la Carrera, y se sitúa en las antípodas de la autoproclamada transparencia con la que accedía a la más alta dirección del Ministerio Fiscal».

Explica que «en la creencia de la efectiva abstención de la FGE y en atención a que su sustitución está legalmente establecida en favor del teniente fiscal del Tribunal Supremo», se dirigen a él a fin de recabar información sobre las cuestiones ya apuntadas e interesar, nuevamente, la convocatoria de la Junta de Fiscales de Sala a los efectos prevenidos en el artículo 15 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

«Y, en todo caso, a los del 25 del mismo texto que, aunque referida al FGE para el caso de impartir instrucciones, de algún modo fundamenta la conveniencia de oír a la Junta de Fiscales de Sala en atención a que la relevancia y trascendencia de los asuntos aconseja que la posición del Ministerio Fiscal sea fijada a través de un debate colegiado conforme al artículo 24 del EOMF», añade.

La AF resalta este último aspecto porque observa «con notable preocupación la deriva de la Fiscalía General del Estado a prescindir de la Junta de Fiscales de Sala, a la que se obvia omitiendo su convocatoria y sustrayendo de su deliberación y consulta aquellos extremos que estatutariamente le corresponden, en favor de la Secretaría Técnica».

Afirma que así ocurrió a propósito de la interpretación de los plazos regulados en el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal con ocasión del Real Decreto 16/2020 de 28 de abril, «y a cuyo fin no se dudó en forzar los términos del artículo 13.3 del EOMF».

«En la misma dirección apuntan las noticias publicadas en diferentes medios de comunicación sobre la cuestión que ahora nos ocupa, lo que podría explicar la opacidad con que se conduce la Sra. Delgado«, agrega.

La Asociación de Fiscales recuerda que la Secretaría Técnica es una unidad de consulta de la Fiscalía General del Estado y que su Jefatura la ostenta «quien es persona de confianza del fiscal general del Estado que lo nombra».

Señala que esta realidad coloca a la AF antes «dos reflexiones absolutamente pertinentes».

La primera, relativa a que esa relación de confianza que existe entre el fiscal general del Estado y el jefe de la secretaría técnica es «individual e intransferible de las personas que en cada momento concreto ocupan esos cargos», pero en modo alguno podrá predicarse como efecto necesario cuando uno de ellos es sustituido en sus funciones.

A su juicio, esta es la situación en la que actualmente nos encontramos, en la que la fiscal general «ha sido sustituida, o ha debido serlo, como tal» por el teniente fiscal del Supremo.

Recuerda que a cada nombramiento de fiscal general le sigue el del jefe de la Secretaría Técnica, y señala que tanto es así que el mismo día en que Delgado tomó posesión de su cargo de fiscal general, el pasado 26 de febrero, se dio a conocer quién sería el jefe de la Secretaría Técnica: Álvaro García Ortiz.

La segunda cuestión, según expone, es derivada de la anterior, y es que a través de esa relación de confianza que llevó a García a la Jefatura de la Secretaría Técnica «se puede cuestionar la apariencia de imparcialidad si se residencia en esta unidad el dictamen técnico-jurídico en procedimientos en los que están implicados miembros del Gobierno».

«Sin duda y por las condiciones descritas, la Secretaría Técnica se perfila como un órgano que puede ser permeable al parecer que la fiscal general del Estado abstenida tenga sobre las cuestiones pendientes ahora del informe del Ministerio Fiscal», manifiesta la Asociación de Fiscales.

Por tanto, subraya que la convocatoria de la Junta de Fiscales de Sala «viene impuesta no sólo por razones materiales en atención a lo dispuesto en los artículos 15, y en su caso 25 y 24 del EOMF, sino también formales e institucionales, al verse afectados principios básicos que rigen la actuación del Ministerio Fiscal: legalidad e imparcialidad» (artículos 124 de la Constitución y 2 del EOMF).

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