Asufin critica que la nueva regulación de las ‘revolving’ no contemple sanciones para la concesión del crédito ‘irresponsable’
Asufin considera que se podría haber ido más allá "limitando la posibilidad de conceder un préstamo sólo a los usuarios cuya solvencia quede acreditada y prever sanciones para las entidades que concedan préstamos irresponsables". Foto: Carlos Berbell

Asufin critica que la nueva regulación de las ‘revolving’ no contemple sanciones para la concesión del crédito ‘irresponsable’

Destaca que el límite de amortizar un mínimo del 25% de la cuota anual se queda en mera orientación, y advierte que esto "no frenará la espiral de deuda de estas tarjetas"
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27/7/2020 18:27
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Actualizado: 27/7/2020 18:31
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La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) critica que la nueva Orden del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que regulará el mercado de las tarjetas revolving, publicada hoy en el Boletín oficial del Estado (BOE), no contemple sanciones a las entidades financieras que concedan préstamos «irresponsables».

Esta asociación, que preside Patricia Suárez, presentó propuestas de mejora a esta orden -de la que que estaba previsto inicialmente su entrada en vigor a principios de año- como la penalización a la entidad en caso de incumplir o la necesidad de aportar simulaciones para que el consumidor comprenda mejor el funcionamiento de estos préstamos.

Asufin llevaba meses pidiendo al Gobierno la aprobación de la Orden de Transparencia para proteger a los consumidores de la comercialización masiva de este tipo de tarjetas.

Lamenta que «no contempla sanciones para las entidades que fallen en la evaluación de solvencia de los clientes, como sí sucede en países de nuestro entorno».

Asufin considera que se podría haber ido más allá «limitando la posibilidad de conceder un préstamo sólo a los usuarios cuya solvencia quede acreditada y prever sanciones para las entidades que concedan préstamos irresponsables».

Afirma que esta regulación «se queda corta» en frenar la espiral de sobreendeudamiento que generan estas operaciones, ya que el límite de amortizar un mínimo del 25% de la cuota anual es «una mera orientación».

«Con ello no conseguiremos poner coto a la deuda perpetua que generan estos contratos de crédito y que van claramente en contra de la concesión de crédito responsable que se recomienda desde el Banco de España y desde Europa”, advierte Patricia Suárez.

«Se trata de una oportunidad perdida en este sentido», critica.

Como aspectos positivos, Asufin destaca que la nueva regulación refuerza los requisitos de información. Las entidades financieras tendrán que comunicar a la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) las deudas de 1.000 euros cada 20 días.

«Se cumple de esta manera con una de las alegaciones al borrador de texto que hizo llegar Asufin al Ministerio de Asuntos Económicos: “La CIRBE debe comprender riesgos de menor importe para evitar acumular pequeños créditos que finalmente se conviertan en una bola de nieve”, señala Patricia Suárez.

Asufin también valora la mejora de la información a la que se obliga a las entidades, que tendrán que proporcionar información precontractual y dos ejemplos o más que especifiquen la cuantía solicitada, el tipo de interés a pagar, la cuota mensual y cuánto dinero le costará finalmente al cliente dicho préstamo, como también había reclamado la asociación.

Asimismo, ve positivo que las entidades financieras estén obligadas a ofrecer de forma gratuita información periódica trimestral en la que aparezca la fecha de finalización del préstamo, desglosado el principal y los intereses de la deuda.

El pasado 4 de marzo, el Tribunal Supremo determinó que se considerará usura los contratos de las tarjetas revolving con intereses superiores al 20%, que es el nivel en el que ha establecido el “interés normal del dinero” y desde donde parte para realizar la comparación.

El artículo 1 de la Ley de Usura, que data del 23 de julio de 1908, determina como nulo cualquier contrato de préstamo, extensible a un crédito, en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y desproporcionado, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de una situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

La primera resolución que trascendió que aplicaba directamente lo establecido por el Supremo fue una del Juzgado de Primera Instancia número 71 de Madrid sentenciando que el interés del 26,82% de una tarjeta revolving comercializada por WiZink es usurario.

El magistrado-juez Antonio Castro Martínez estimó una demanda presentada por Asufin, en representación de su asociado.

El pasado 4 de junio, el Juzgado de lo Mercantil número 4 de Valencia admitió a trámite la primera demanda colectiva contra tarjetas revolving, acción por cesación, que fue presentada por Asufin contra las tarjetas Visa Classic, Go y Gold de CaixaBank.

Asufin informó entonces que a esta demanda seguirían otras “contra las principales comercializadoras de estas tarjetas: Carrefour, Bankinter Consumer y Wizink”.

El último barómetro de Asufin sobre tarjetas revolving, publicado a principios de junio, arroja que la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 4 de marzo ha tenido una consecuencia directa en los tipos medios del mercado, que han disminuido de una media del 25,20% TAE en el mes de diciembre al 22,86% de junio, un 2,34% menos.

BARÓMETRO DE ASUFIN DE TARJETAS REVOLVING PARA DESCARGAR

No obstante, Patricia Suárez sigue denunciando que “estas tarjetas se convierten en una auténtica trampa de deuda para el consumidor por el mecanismo de amortización que contienen: combina el pago de cuotas mensuales muy reducidas, plazo indefinido y recapitalización de intereses”.

Y advierte  que “muchos afectados por la situación económica actual pueden verse tentados por estas tarjetas, fáciles de obtener, pero que generan una espiral de deuda peligrosa y de la que es muy difícil salir”.

Asufin señala que las revolving mueven 14.000 millones de euros al año, según el Banco de España.

Asufin es una asociación sin ánimo de lucro fundada en 2009 para la defensa del consumidor de productos financieros.

Forma parte del consejo consultivo de la Autoridad Bancaria Europea.

También se incorporó en mayo a ‘Bureau Européen des Unions de Consommateurs’ (BEUC), la organización que vela por la protección de los intereses de los consumidores en Europa, y desde abril de 2019, Asufin forma parte de ‘Finance Watch’.

En una reciente entrevista en Confilegal, la presidenta de Asufin ha desgranado qué es lo que más preocupa a la asociación en estos momentos y ha informado de los frentes que tiene abiertos.

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) y las tarjetas ‘revolving’ es “lo que más preocupa” a Asufin en la actualidad.

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