El próximo Pleno de la Sala Civil del Supremo, fijado para el 30 de septiembre, clave para conocer el futuro del IRPH
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó en marzo que sean los tribunales españoles los que decidan.

El próximo Pleno de la Sala Civil del Supremo, fijado para el 30 de septiembre, clave para conocer el futuro del IRPH

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01/9/2020 06:47
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Actualizado: 23/3/2022 11:20
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El Tribunal Supremo ha fijado el 30 de septiembre como fecha para pronunciarse sobre los recursos ya admitidos a trámite sobre las hipotecas referenciadas al IRPH, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminara en marzo que sean los tribunales españoles los que decidan. Así lo indica una providencia fechada el pasado 17 de julio.

La Sala de lo Civil del Alto Tribunal, que ha designado a la magistrada Ángeles Parra Lucán como ponente, ha anunciado mediante providencia que no va a admitir a trámite ningún recurso de casación más de IRPH hasta que no haya sentencia de los escritos ya admitidos.

El Alto Tribunal ya dictaminó a finales de 2017 que el uso del IRPH era válido y no era posible someterlo a un control de transparencia por ser un índice definido y regulado por una norma jurídica.

Dos meses después, el Juzgado de Primera Instancia 38 de Barcelona solicitó al TJUE que se pronunciara sobre si el IRPH estaba sujeto o no a un control de transparencia y determinara si debía sustituirse o dejar de aplicarse, pero con su decisión el tribunal de Luxemburgo devolvió a los jueces españoles –y finalmente al Tribunal Supremo- la decisión sobre la legalidad del IRPH.

En vísperas de dicha fecha, Confilegal ha pedido la opinión de varios expertos sobre la trascendencia del Pleno y sus deliberaciones. Todos ellos coinciden en que es un Pleno importante, donde la credibilidad del Alto Tribunal podría estar en juego.

La transparencia del IRPH

Francisco González de Audicana, magistrado del juzgado de instrucción 38 de Barcelona que interpuso la cuestión prejudicial resuelta por el TJUE en marzo del 2020, cree que la Sala Civil del Tribunal Supremo está ante un fallo importante.

Sobre este fallo tan esperado, apunta que no cree que supere la división existente a nivel judicial, con fallos a favor de los consumidores en una veintena de sentencias y otros nueve a favor de la banca. “Es posible que en función de lo que conozcamos el próximo 30 de septiembre haya alguna Audiencia Provincial que interponga nueva cuestión prejudicial al TJUE”.

Es bastante indefendible lo que se ha dicho de la necesidad de consultar el BOE para conocer el IRPH, este es un tema complejo, que ni jueces ni por supuesto consumidores conocen bien”, afirma.

A su juicio, el Supremo debe aclarar si “esa cláusula abusiva y nula lo es por falta de transparencia y luego cuáles son las consecuencias del uso del IRPH. Parece claro que el Supremo entrará a decir si el IRPH es transparente o no, si no se entra en ello será difícil de mantener con algún argumentario”.

Nuestro interlocutor cree que el Supremo aceptará el IRPH Entidades asumiendo las tesis del TJUE y su sentencia de marzo, “en este caso, no queda bien definido la postura del TJUE sobre dicho IRPH Entidades”.

Para este jurista, habrá que ver cómo entiende el Tribunal Supremo lo que es el IPRH como índice, “la gran pregunta es qué entiende el Supremo por transparencia cuando se incorpora este índice al préstamo hipotecario”.

En esta cuestión “sería bueno que se decantase por elementos objetivos para definir esa falta de transparencia, es decir, que el consumidor pudiera contar con la evolución del propio IRPH en los dos últimos años. Seria un elemento a tener en cuenta. Habrá que ver cómo define la transparencia al final”.

Francisco González de Audicana, magistrado del juzgado de instrucción 38 de Barcelona.

González de Audicana confiesa a Confilegal que mantiene su idea de preguntar al TJUE de nuevo sobre el IRPH, “no creo que el contenido del fallo del Supremo sobre este índice me ayude a resolver mis dudas, son temas diferentes. Creo que solo se puede responder a mis dudas desde la óptica europea”.

La cuestión está en saber si el propio Tribunal Supremo podría aprovechar dicho Pleno para plantear una nueva cuestión prejudicial sobre IRPH, una cuestión que no debe descartarse aunque no parece muy probable en estos momentos.

Un Pleno clave para la credibilidad del Supremo

Por su parte, Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, señala que “este es un Pleno importante para la Sala Civil del Tribunal Supremo. Creo que se juegan bastante a nivel de credibilidad. Habrá que ver cuál es su fallo porque la interpretación del TJUE en su sentencia de marzo era bastante clara, sobre la necesidad de valorar la transparencia del IRPH con todas sus consecuencias”.

Sin embargo, reconoce que algunas sentencias de Audiencias Provinciales “realizan una interpretación peculiar pero muy consistente que deja fuera cualquier posibilidad de analizar la transparencia del IRPH al ser un índice oficial. Habrá que ver qué camino recorre el Tribunal Supremo”.

En cuanto a si dicho pronunciamiento del próximo día 30 puede unificar la diversidad de opiniones sobre la valided del IRPH, con más sentencias a favor de los consumidores que para los intereses de la banca, Suárez señala que “lo ideal es que fuera una sentencia clara y contundente que no dejara dudas y obviamente que favorezca a los consumidores. Llevamos muchos años luchando en este terreno”.

Para esta experta, “lo peor del Tribunal Supremo es cuando intenta resolver cuestiones de forma salomónica y con directrices de política económica. Da la sensación que está más pendiente del impacto económico que puede tener su sentencia que el propio sustento jurídico que puede darle. Una sentencia salomónica nos obligará volver a ir al TJUE para que se aclare este asunto”.

Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN.

Desde ASUFIN se pide al Supremo que aclare “cuándo el IRPH es transparente y cuando no, como hizo en su momento con las cláusulas suelo. Recordamos que tiene unos 150 recursos de casación pendientes de resolver y hay procedimientos ahora en marcha. Habrá que ver si al final modifica sus postulados del 2017, o, por el contrario, los ratifica como hacen algunas Audiencias Provinciales”.

Sobre los rumores de una nueva cuestión prejudicial que pudiera plantear el Supremo a Luxemburgo, la presidenta de ASUFIN se muestra preocupado por esa posible deriva “no comparto esa iniciativa. Creo que el TJUE ha marcado bien el camino, pero en ocasiones nuestros jueces le dan la vuelta al argumento”.

En cuanto al futuro del IRPH como índice, nuestra interlocutora cree que “depende de esta resolución del Tribunal Supremo veremos si el Gobierno se decide por una reforma o modificación del mismo”.

“Curiosamente Podemos, antes de llegar a Moncloa, apoyó a muchos afectados por IRPH públicamente. Sin embargo, las Viviendas de Protección Oficial también tienen IRPH y no han hecho nada por suprimirlo o modificarlo a Euribor, lo que encarece dichas hipotecas”.

A su juicio, un cambio del IRPH por Euribor sería más lógico en estos momentos, como así lo demuestra un estudio del Colegio de Abogados de Barcelona sobre este tema.

Un error, la cuestión prejudicial

Para Jesús María Ruiz de Arriaga, socio director de Arriaga Asociados, “lo lógico es que la Sala Civil del Tribunal Supremo fallase conforme a la sentencia para generar jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pero creo que no lo hará. En mi opinión, va a plantear la cuestión de prejudicialidad ante el TJUE”.

Arriaga, cuyo despacho ha presentado diez querellas frente a otros tantos magistrados que supuestamente se hubieran apartado de la doctrina del TJUE, fundamenta este argumento en que ha aparecido en algunos medios de comunicación y en que se han paralizado recursos de casación diciendo que está a la espera de lo que se indique el 30 de septiembre.

“Puedo equivocarme, pero creo que va a intentar que vuelva otra vez al TJUE y, personalmente, pienso que la sentencia del TJUE es bastante más clara de lo que la gente dice, pero se malinterpreta por los que están dando la razón a los bancos”, asegura.

En cuanto al futuro de los asuntos pendientes, más de un centenar en casación del Supremo y más de un millón de hipotecas referenciadas al IRPH, Arriaga señala que “todo dependerá de si se plantea o no la cuestión de prejudicialidad del TJUE. En el caso de que se plantease, se pararía todo a la espera de lo que el TJUE resuelva”.

“Si, por el contrario, dicta sentencia, todos los casos pendientes se resolverán de acuerdo con esta sentencia, lo que para mí es improbable, pero no tengo una bola de cristal”, indica.

Para Jesús María Arriaga las tesis del Supremo del 2017 sobre IRPH no se sostienen si se analiza la sentencia del TJUE de marzo del 2020. “Ese argumento de la sentencia de 2017 ya está tumbado por la jurisprudencia del TJUE. La última sentencia del 3 de marzo huye de eso, lo que quiere es transparencia por parte del banco cuando ha contactado con el cliente, independientemente de si es un índice oficial o no”.

“Si dijera lo contrario, se plantea el problema del incumplimiento de la Ley Española que dice, en el artículo 4bis.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que todos los tribunales, incluido el Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional, deben seguir obligatoriamente la doctrina de justicia del TJUE”, subraya.

En su opinión, “si vuelve a su postura de 2017, para mí estaría infringiendo la ley imperativa para los jueces y tribunales, la Ley Orgánica del Poder Judicial”.

Jesús María Ruiz de Arriaga, socio director de Arriaga Asociados.

En cuanto a la diversidad de puntos de vista sobre IRPH con mas de veinte sentencias a favor de los consumidores y otra parte más reducida que da la razón a las entidades financieras, Arriaga comenta que “es posible que alguna de las dos partes no sigue la doctrina europea, creo que las que favorecen a las entidades financieras (Barcelona, Sevilla, Madrid…) van en contra de la doctrina del TJUE”.

Respecto al futuro del IRPH y a una posible reforma legislativa, Arriaga destaca que si “se cambia la ley no alterará el millón de personas afectadas, porque las leyes regulan a partir del momento en el que se dictan”.

En su opinión, “probablemente se pondrán más requisitos para que quede claro y, si se mantiene el IRPH, será asegurando que los bancos se lo explican bien a sus clientes, no como ahora, que incluso directores o comerciales de las propias entidades financieras han reconocido que desconocen cómo se calcula”.

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