Firmas
Urge la institucionalización nacional e internacional de la nueva figura jurídica el Defensor del Mayor
11/9/2020 06:35
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Actualizado: 11/9/2020 19:29
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Resulta público y notorio que las raíces de la Tierra, están impregnadas de sangre de nuestros mayores, haciendo historia el transcurso del tiempo, de la lucha, sudor, sacrificios y entrega de mujeres y hombres en nuestro país, labrado poro a poro, latido a latido con voluntad, servicio, lealtad y lucha por las libertades y derechos, poniendo vida a la vida, pasión en sus sueños y concordia de solidaridad universal.
Cuando somos lo que va quedando de nosotros, cuando la vida nos lee sus derechos, cuando conocemos que no se protege ni garantiza eficazmente el auténtico valor de la “ancianidad”, como Derecho Humano Universal siento la necesidad, la altruista obligación como jurista, en defensa de los derechos jurídico-sociales, económicos y asistenciales de los mayores, de pedir, de solicitar respetuosamente la palabra, para que la libertad de la verdad de nuestros mayores no sea silenciada, tapada, borrada, ocultada ni tergiversada.
Nací y crecí en la generación del papel, en la encrucijada de la cruel dictadura, hijo del mérito, del esfuerzo, de aquellos niños que merendábamos pan con chocolate y besábamos el pan, cuando caía al suelo del patio del colegio.
Adaptado a defender causas tan justas como difíciles, continúo luchando altruistamente por hacer libertades y derechos sociales en quien padezca indefensión, proponiendo en mi añorada juventud en 1.974, como tesis de licenciatura, becario en la Universidad de Derecho, la nueva figura jurídica del Defensor del Menor, que años más tarde fue incorporado a la legislación española y a otros países de la Comunidad Internacional.
En 1979, en lucha por los derechos de las mujeres, su igualdad y la igualdad de los hijos ante la Ley, tuve el altruista honor de presidir la Asociación Divorcista Española, así como participar activamente como letrado asesor de la Dirección General de la Familia, en la elaboración de las Leyes de 13 de Mayo y 7 de Julio de 1981, estableciendo la igualdad jurídica en derechos y libertades de la mujer y el hombre y la igualdad de los hijos ante la Ley, suprimiendo la arcaica y aberrante discriminación entre hijos ilegítimos, adulterinos, sacrílegos, así como en cumplimiento del artículo 32 de la Constitución Española estableciendo la regulación del divorcio como disolución civil del vínculo jurídico matrimonial.
DEFENSOR DEL MAYOR
Hoy, en mi tercera edad, desde hace más de veinte años, vengo proponiendo, exponiendo, defendiendo y suplicando respetuosamente a los Poderes de la Tierra, la incorporación legal de la nueva figura jurídica del «Defensor del Mayor», que de forma detallada explico en mi libro el «Defensor del Mayor», así como la inminente constitución de una eficaz Carta Magna Internacional de los Derechos sociales, económicos y asistenciales de los mayores y la constitución de un integral Observatorio Internacional del Mayor.
En nuestro país, más de diez millones de seres humanos, hemos entrado en el baremo existencial de rebasar los sesenta años de edad, lo que supone que la unión de nuestros votos, nuestras voluntades y nuestras luchas constituyen un vivencial punto de apoyo para lograr Sistemas Jurídicos, que en verdad, no olviden, no arrinconen, no omitan, ni silencien, que la unión de los mayores podemos y debemos lograr un mundo más justo, más solidario, más libre y más verdad, evitando los múltiples supuestos de indefensión económica, social, sanitaria y asistencial en millones de mujeres y hombres en su tercera y cuarta edad.
En nuestro país, en la realidad social y jurídico-administrativa de los últimos cuarenta años, no se produjo el talento social de crear una Vicepresidencia de los Derechos Sociales, con un Ministerio de Derechos Sociales, como ha sido constituido por el actual Gobierno del Estado Central.
Desde mi leal felicitación, a mi respetuosa petición suplicando en interés de las mujeres y hombres en su tercera y cuarta edad, que se dé luz verde a la nueva figura jurídica del Defensor del Mayor, que viene disfrutando de una excelente acogida, no sólo por juristas españoles, sino también por juristas de la Comunidad Internacional.
Agradezco a todas y cada una de las Instituciones y Centros, donde acogieron con cálida aceptación, tan necesaria figura jurídica del Defensor del Mayor, y de una especial forma, quiero dejar constancia de mi profundo agradecimiento como Académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, a la abrumadora, afectuosa y excelente acogida que recibió mi exposición el 24 de Noviembre de 2015, con la presentación del Ilustre Jurista, Académico y Magistrado Javier Puyol Montero.
¡En la historia de tan insigne Academia de Jurisprudencia y Legislación, en su memoria y anales, registra para siempre el nasciturus del Defensor del Mayor, como defensa, seguridad y protección de los derechos jurídico-sociales, económicos y asistenciales de los mayores en el mundo!
Mirando a los ojos de nuestros mayores, seamos capaces de leer lo que nos dicen, de sentir lo que necesitan y de solventar sus sufrimientos.
Deposito mi fundada esperanza en el corazón socio-legal nacional e internacional, para que en breve en el mundo el Defensor del Mayor sea una realidad tan necesaria como eficaz, siendo el Gobierno de España quien con su Ministerio de Derechos Sociales geste tan necesario precedente de ámbito internacional.
¡Sí, se puede!
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