Condenan a 10 prestadores de acceso a Internet a bloquear epublibre.org, que ofrecía 25.000 libros de forma ilegal
Los datos señalan que por cada libro digital vendido en España circulan tres copias ilegales.

Condenan a 10 prestadores de acceso a Internet a bloquear epublibre.org, que ofrecía 25.000 libros de forma ilegal

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19/9/2020 06:45
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Actualizado: 18/9/2020 21:17
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El juzgado Mercantil número 8 de Barcelona autorizó, mediante sentencia el pasado 3 de julio, tras admitir una demanda presentada por CEDRO, el bloqueo de la página web epublibre.org, desde donde se daba acceso ilícito a casi 25.000 títulos de libros.

El fallo del juzgado obliga a diez empresas proveedoras de acceso a Internet a «la adopción de todas las medidas técnicas necesarias y las gestiones que ellos consideren adecuadas para bloquear o impedir el acceso de sus clientes de manera real y efectiva a la página web www.epublibre.org».

Todas ellas acataron la sentencia y colaboraron con CEDRO en este proceso.

Las empresas demandas fueron las compañías Telefónica de España, S.A.U., Telefónica Móviles España, S.A.U; Vodafone España S.A.U; Vodafone Ono, S.A.U; Vodafone Enabler España, S.L.; Orange Espagne, S.A.U; Euskaltel, S.A; R Cable y Telecable Telecomunicaciones, S.A; Xfera Moviles, S.A; y Pepemobile, S.L.

Los datos señalan que por cada libro digital vendido en España circulan tres copias ilegales. En la red se piratearon solo en 2018 unos 425 millones de libros, lo que supuso un lucro cesante de 215 millones de euros para el sector editorial.

En papel, la cosa no va mucho mejor, se ha fotocopiado ilegalmente el equivalente a dos millones de libros.

«CEDRO suele poner en conocimiento de la Comisión de Propiedad Intelectual este tipo de casos. Sin embargo, en esta ocasión decidimos acudir directamente a los tribunales de justicia para solicitar el bloqueo de una web pirata como medida de restablecimiento de la legalidad», explica Javier Díaz de Olarte, director jurídico de CEDRO. Y añade que «a pesar de todo el estado de alarma, ha sido un proceso relativamente rápido».

En esta web se daba acceso de forma ilegal a 24.800 títulos de libros, entre los que se encontraban novedades editoriales y también de fondo.

«Este tipo de páginas perjudican gravemente a los escritores, traductores y editores, no solo de España sino también de otros países», afirma. Desde CEDRO se apuesta porque «Internet debe ser un espacio seguro para la cultura escrita”.

Esta entidad ha impulsado recientemente un programa de lucha contra la piratería digital y el bloqueo de webs piratas es uno de los instrumentos clave.

Javier Díaz de Olarte, director jurídico de CEDRO.

“Según los últimos estudios, la piratería sigue creciendo en los sectores del libro y del videojuego. El impacto de esta mala práctica afecta a todo el sector editorial, no solo del libro sino también de la prensa y las partituras”.

Respecto al daño que puede haber causado la irrupción de esta web, apunta, “imagínese miles de títulos puestos gratuitamente a disposición de millos de personas”.

Una de las claves de esta sentencia es que implica a los operadores de telecomunicaciones directamente, de hecho, la demanda de CEDRO es contra estos diez operadores.

“Es muy importante que colaboren y nos ayuden a frenar este tipo de ilícitos. Hay que darse cuenta que son los dueños de las autopistas donde circulan los coches. En este procedimiento concreto han colaborado y entendemos que su compromiso con el cumplimiento de la ley debería ser siempre, al menos, el mostrado en este caso”.

En cuanto al perfil del infractor pirata que consume este tipo de productos editoriales de manera ilícita comenta que “paradójicamente, el perfil es el de una persona interesada en la lectura y también estudiantes, puesto que los libros educativos y universitarios también se piratean de forma intensa”.

En cuanto a la efectividad de las medidas, «podemos decir que las judiciales están lastradas por la lentitud generalizada que sufren todos los procesos judiciales en nuestro país. Siempre se puede hacer más a nivel de medios humanos y materiales, sobre todo, para dotar adecuadamente a los cuerpos policiales, la fiscalía y los jueces y magistrados”.

La vía administrativa que creó la Ley Sinde, normativa de propiedad intelectual que data de 2011, aunque vaya mejorando su ritmo, también padece de esta falta de medios. Por otra parte, es importante un cambio de hábito en nuestra sociedad. Los ciudadanos tienen que entender que la piratería de publicaciones es un ilícito que perjudica a toda la sociedad, no solo a los escritores, traductores y editores”.

Sobre la ventaja que ha tenido para CEDRO acudir a la vía judicial en lugar de acudir a la Comisión Segunda de Propiedad Intelectual, un organismo del Ministerio de Cultura que suele ocuparse de estos temas y que ha bloqueado cientos de páginas desde su puesta en marcha, señala que “en este caso concreto, entendimos que era factible acudir también al procedimiento civil. Siempre analizamos cada caso y la experiencia acumulada en años de trabajo para decantarnos por una vía o por otra”.

Sentencia que mejora la Ley Sinde

Para Santiago Mediano, socio director de Santiago Mediano Abogados, “el fenómeno de la piratería a nivel de libros es importante. Hay muchos textos que se ofrecen de forma gratuita en distintas plataformas, lo que daña el tejido empresarial y a la propia difusión de las obras literarias y a los propios autores. Junto con las películas es otro de los sectores que ha repuntado en estos años”.

Respecto a este fallo tan novedoso, que no es una sentencia al uso, Mediano comenta que “este tipo de fallos judiciales supone la petición de bloqueo de una entidad como CEDRO. Es una acción que se dirige para los ISP bloqueen el acceso a los sitios donde se ofrece contenido de forma ilícita a este tipo de webs piratas”.

Santiago Mediano, socio director de Santiago Mediano Abogados.

Para este abogado, “este tipo de sentencia es más operativa que ir contra el propio portal pirata. Se enmarca dentro de una corriente donde lo que se ejercita es una acción contra quien no es el infractor, pero si es el intermediario que ofrece el acceso. Antiguamente se llamaba acción real de propiedad intelectual. Está prevista en la Ley de Propiedad Intelectual y es bastante efectivo”.

Sobre esta medida explica que “al intermediario no se le impone costas, pero es una acción inmediata de gran utilidad. Corta el acceso a los sitios webs infractores tiene el respaldo de una resolución judicial, con lo cual se respetan los derechos y libertades fundamentales como la libertad de expresión y de acceso a la información”.

A su juicio, “el efecto de estas sentencias es sustituir el trabajo de la Comisión de Propiedad Intelectual en su afán por cerrar webs y que no siempre consigue por su falta de medios tanto humanos y materiales en vía administrativa. Sus decisiones son lentas y luego está supeditado al control judicial que se diseño en aquella Ley Sinde que no funciona bien”.

Ahora, son los juzgados de lo mercantil los que tratan este tipo de asuntos y los que validan este tipo de sentencias contra intermediarios de contenidos.

“Con estas sentencias se suple la falta de efectividad de la citada Comisión de Propiedad Intelectual. Esas sentencias ya incorporan lo que se conoce en el sector como bloqueos dinámicos, acceso a esos contenidos en diferentes URL, sin necesidad de abrir otro tipo de expediente porque al tribunal se le indica las nuevas ubicaciones del pirata. Eso evita abrir otro procedimiento”.

En cuanto a los prestadores de servicios de la información, señala que habitualmente colaboran en este tipo de situaciones y protegen la propiedad intelectual frente a prácticas piratas.

Su actitud ante este tipo de demandas es allanarse. Suelen ser rápidos y eficaces a la hora de cumplir dichas resoluciones judiciales porque apoyan un mercado de contenidos transparente y eficaz. Si se opusiera sin razón podría incurrir en determinadas responsabilidades patrimoniales, pero no se ha dado el caso”.

Respecto a otras medidas para frenar la piratería en el sector editorial, Mediano defiende las prácticas educativas, “se trata de introducir el respeto a la propiedad intelectual como uno de los valores en el ámbito formativo, tanto en escuelas como en universidades. Esta forma de ver la propiedad intelectual debe calar en nuestra sociedad”.

Santiago Mediano considera que hay que hacer más pedagogía al respecto para que se entienda lo que es la propiedad intelectual y los derechos de los creadores.

“Eso permitiría, cuando los titulares de las obras no tengan que disponer recursos a proteger sus obras que haga más ofertas legales de contenido literarios. Al aumentar la oferta legal habrá más incentivos para utilizarlos y no buscar realmente los contenidos piratas”, apunta.

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