Confirmada, en apelación, la condena por injurias al «tuitero» que publicó que Rivera era el «mayor cocainómano político»
De izquierda a derecha, el tuitero condenado, Josep Roca Guanter, su abogado -el exdiputado de la CUP-, Benet Salellas Vilar, y el injuriado, Albert Rivera, expresidente de Ciudadanos.

Confirmada, en apelación, la condena por injurias al «tuitero» que publicó que Rivera era el «mayor cocainómano político»

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08/10/2020 06:46
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Actualizado: 08/10/2020 00:15
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El tribunal de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la sentencia de primera instancia que condenó, el 28 de febrero pasado, al tuitero Josep Roca Guanter a pagar 2.700 euros de multa por las injurias probadas contra el expresidente de Ciudadanos, Albert Rivera.

Roca Guanter describió a Rivera, el 8 de septiembre de 2018, en un “tuit”, como “el mayor cocainómano político”

El “tuit” en cuestión decía así: “Sois tan fascistas que no veis que quien saca los colores es Lidia Heredia al mayor cocainómano político que tenéis en la Ñ. Está vuestro Albertito desesperado por la cantidad de votos que se va dejando por el camino y su única arma es atacar como un perro rabioso!!”.

Al igual que ante el Juzgado de lo Penal 29, Roca Guanter fue defendido por el exdiputado de la CUP y abogado, Benet Salellas Vilar. 

En aquella vista oral Roca Guanter reconoció que la cuenta desde la que se publicó el mensaje ofensivo –@JosepRoca7– era suya y que él fue el autor del mensaje. Se defendió afirmando que el comentario lo había hecho «en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión». 

Añadió que publicó su «tuit» en contestación a otro que había publicado el periodista Javier Negre, quien tenía más de 14.300 seguidores en el momento de los  hechos, por lo que la repercusión y el alcance del comentario fue grande.

Rivera estuvo representado, como acusación particular, por Juan Ignacio Fuster-Fabra y por José Carlos Velasco, del despacho Fuster-Fabra Abogados en Madrid.

Dejaron muy claro que la publicación se llevó a cabo por parte de Roca Guanter con el objetivo de “lesionar la dignidad de Albert Rivera, desacreditando la imagen del dirigente político y perjudicando su reputación“.

Fuster-Fabra, en nombre de Rivera, no reclamó indemnización alguna. 

ROCA GUANTER UTILIZÓ TÉRMINOS LESIVOS INNECESARIOS CONTRA RIVERA

El tribunal, formado por los magistrados María del Rosario Esteban Meilán, como presidenta, Jesús Gómez-Angulo Rodríguez y María Paz Batista González, recuerda, en su sentencia 427/2020, de 29 de septiembre pasado, que aunque la libertad de expresión es uno de los pilares básicos de toda sociedad democrática, tal como establece el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, no es un derecho ilimitado y absoluto. 

«Existen límites por el respeto debido a otros derechos fundamentales y en concreto al derecho al honor», dice el tribunal colegiado.

Los magistrados entienden que del recurso de apelación parece desprenderse que la intención del acusado fue ejercer la crítica.

Una crítica que no es admisible cuando supone un ataque directo y se evidencia una falta de necesidad en las expresiones empleadas en atención al contexto en el que se reproducen.

«Se  puede concluir que el acusado actuó de manera descuidada, empleando términos lesivos innecesarios al imputar hechos especialmente lesivos al honor del afectado sin relación a contexto alguno y de los que ninguna evidencia tenía el acusado, sino que se trató de un ataque gratuito sin disculpa alguna ante tan graves imputaciones que ninguna legitimación pueden tener«, explica el tribunal.

«La Sala considera que las expresiones del acusado no es posible enmarcarlas en el contexto de la crítica política, como pretende el recurrente», añade.

No se cumplen, por lo tanto, ninguno de los requisitos para considerar preferente el ejercicio de las libertades del artículo 20 de la Constitución Española. 

«La sentencia apelada, perfectamente fundamentada, ha de ser confirmada en su integridad», concluye el fallo.

Es el tercer juicio que Fuster-Fabra Abogados gana en los tribunales contra “tuiteros” por denuncias similares: insultar a Rivera llamándolo cocainómano.

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