CCOO y UGT apremian al Gobierno a que regule la situación de los ‘riders’ siguiendo el fallo del TS
Repartidores de Deliveroo, a los que llaman "riders". Foto: Metrópoli Abierta.

CCOO y UGT apremian al Gobierno a que regule la situación de los ‘riders’ siguiendo el fallo del TS

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17/10/2020 06:47
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Actualizado: 16/10/2020 22:25
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Tras el fallo del Tribunal Supremo que declaró recientemente la laboralidad de un repartidor de Glovo, CCOO y UGT han pedido al Gobierno que agilice la normativa que debería regular el futuro de los repartidores de plataformas digitales.

En el caso de UGT exige a la Dirección General de la Inspección de Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo, el cumplimiento de la sentencia de Glovo y la actuación coordinada en todas las provincias de España para la laboralización de más de 9.000 personas repartidoras de Glovo.

Se da por descontado que en los próximos días la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, convocará la mesa del diálogo social para definir una regulación clara entre lo que es asalariado y trabajadores autónomos.

En esa nueva negociación habrá que ver si el Gobierno se decanta por hacer una regulación específica o por aplicar el actual Estatuto de los Trabajadores y su artículo 1.1, donde se define la ajeneidad a nivel profesional.

Mientras tanto la Inspección de Trabajo sigue levantando actas de infracción como ha sido el caso reciente de Amazon, empresa a la que se ha forzado a dar de alta a 3.000 trabajadores que empleaba como falsos autónomos para sus servicios de reparto a domicilio.

Desde UPIT y el Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social se reclaman más medios para poder luchar contra este tipo de fraudes. Esta es una reivindicación historia de los cerca de 1.800 profesionales entre inspectores y subinspectores.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, se reunió con representantes de ‘riders’ este mes de julio.

Para este colectivo profesional no es necesaria una nueva regulación como la que prepara el ministerio de Trabajo. Los inspectores de trabajo reclaman seguridad jurídica y afirman que el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores ya se está utilizando para levantar acta de infracción. “Lo que se haga debe mejorar lo que hay”, indica Ana Ercoreca, del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Por su parte, Mercedes Martínez, portavoz de UPIT, recuerda que a lo largo de los años el Tribunal Supremo en distintas sentencias ha analizado las características de la relación laboral “donde encajan periodistas y otros colectivos. Ahora las empresas deberían adaptarse a los pronunciamientos judiciales, como este último donde incluso no ha habido discrepancias”.

Frente a esta normativa que se avecina, los expertos consultados por Confilegal hablan de la Directiva de Trabajo a Demanda y su transposición como la otra cara de la moneda. Una directiva que salvaguarda que estos profesionales autónomos son requeridos por las empresas en función de su actividad. Un trabajo a demanda podría encuadrarse por cuenta propia.

Hay que aprobar la nueva ley

Desde CCOO se indica que la ley que ultima el Gobierno para regular la situación laboral de los ‘riders’ como empleados por cuenta ajena —en plataformas digitales para las que trabajan como falsos autónomos—, debería acoger a todos los trabajadores.

“Aspiramos a que este Gobierno saque una ley que proteja al conjunto de trabajadores, cerrando la puerta a la práctica de falsos autónomos”, indica Carlos Gutiérrez, secretario de Nuevas Realidades del Trabajo y Juventud de este sindicato.

Para ambos sindicatos la sentencia del Tribunal Supremo dio por finalizado el debate jurídico sobre si existía una relación laboral entre los repartidores y la empresa Glovo.

Esta sentencia no pudo ser más clara y así lo expresó en cada uno de los párrafos donde explicaba, con claridad, el modelo de trabajo de Glovo.

“El repartidor ni organiza por sí solo la actividad productiva, ni negocia precios o condiciones con los titulares de los establecimientos a los que sirve, ni recibe de los clientes finales su retribución. El actor no tenía una verdadera capacidad para organizar su prestación de trabajo, careciendo de autonomía para ello. Estaba sujeto a las directrices organizativas fijadas por la empresa. Ello revela un ejercicio del poder empresarial en relación con el modo de prestación del servicio y un control de su ejecución en tiempo real que evidencia la concurrencia del requisito de dependencia propio de la relación laboral”.

CCOO considera a los ‘riders’ como hilo conductor de lo que describen como “la plataformización del trabajo”. Un concepto que explica cómo las plataformas digitales están organizando cualquier tipo de actividad a través de la figura del falso autónomo. Sucede con limpiadoras, diseñadores, periodistas, profesores…

Muchas actividades que se están «plataformizando» están poniendo en riesgo los derechos laborales y colectivos, indica Gutiérrez. “La regulación del Ejecutivo no se puede quedar solo en los repartidores, la figura del falso autónomo está extendida a todos los sectores”, advierte.

Además, como han denunciado ambas fuerzas sindicales y demostrado en numerosos juicios, este modelo, es extensivo al resto de plataformas digitales de reparto como Deliveroo, Stuart y Uber Eats.

Sin embargo, frente a esta postura, las plataformas digitales están a la espera de la regulación por parte del Gobierno y sus asesores jurídicos, como el caso de Román Gil, socio de Sagardoy y abogado de Deliveroo, que considera que la cuestión está aún por resolver caso a caso y sigue mostrándose partidario de una regulación especial.

Glovo, que ya en septiembre avanzó que respeta la sentencia pero espera la regulación del sector a través de un nuevo marco jurídico, emplea a unos 7.000 riders en España.

En total, el sector de las plataformas de delivery «ayuda» en el mantenimiento de más de 15.300 empleos, tanto directo, como indirectos e inducidos, según un informe de su principal asociación Adigital elaborado por AFI.

Es por eso que, la nueva actuación, debe abordar las altas en el Régimen General de la Seguridad Social de todos los repartidores de todas las plataformas. Eso supondrá dar de alta a más de 15.000 repartidores en toda España.

Ambos sindicatos se muestran preocupados ante las declaraciones de dirigentes de Glovo en las que declaraban, sin ningún tipo de sonrojo, que no iban a cumplir con el contenido de la sentencia hasta que la ministra aplicara su nueva “ley para los riders”.

Para UGT y CCOO está claro que no se puede permitir que las empresas sigan esgrimiendo cualquier excusa para no aplicar la legislación laboral vigente. Por el bien de todo el país y por el mantenimiento del Estado del Bienestar.

Encuesta Deliveroo, sobre ‘riders’

De forma casi paralela en el tiempo, hemos conocido la encuesta que Deliveroo, otra de las plataformas digitales a domicilio implicada en esta posible regulación, publicaba sobre los ‘riders’ que accedieron a dicha plataforma durante la Covid-19.

Como dato importante se indica que el 50% de los ‘riders’ dejaría de colaborar con las plataformas si fueran obligados a hacerlo como empleados. También revela que cerca de 1.500 personas solicitan colaborar con la plataforma, cifra que según Deliveroo sigue creciendo.

Deliveroo tiene pendiente el recurso del Tribunal Supremo sobre la macrocausa de los ‘riders’ en Madrid, que tanto en primera instancia como en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dieron la razón a estos repartidores como trabajadores por cuenta ajena.

Desde la entidad explican que han intentado mantener una reunión con el propio Ministerio de Trabajo a fin de poder aclarar datos sobre su modelo de negocio, pero que hasta la fecha no ha sido posible dicho contacto institucional.

En dicha encuesta también se indica que el 90% de los ‘riders’ asegura que sería muy difícil o casi imposible acceder a otra fuente de ingresos si esto llegara a ocurrir. Desde esta empresa se insiste en que desde el estado de alarma se ha incrementado el número de ‘riders’ hasta los 2.500 actuales.

La encuesta también analiza la situación de los repartidores que comenzaron a colaborar con Deliveroo durante la COVID-19, y se extrae que el 25% se encontraba en paro o en situación de ERTE debido al confinamiento, mientras que el 75% comenzó a repartir para complementar otros ingresos provenientes de otros trabajos o de la colaboración con otras plataformas.

Valoración de ingresos

Por lo que se refiere a la forma en la que prefieren cobrar, el 51% manifiesta que prefiere el pago por pedido al que sumar los incentivos estacionales, algo que solo es posible bajo el modelo de autónomo, en lugar del pago por hora. Este es un aspecto esencial para el trabajo flexible que los riders tanto valoran.

Según los datos de la encuesta, los ‘riders’ valoran por encima de todo la capacidad de “decidir cuándo y cuánto trabajan” (un 61% lo valora muy positivamente), así como “poder priorizar mi vida frente a mi trabajo” (un 60% lo valora muy positivamente).

Otros beneficios que les proporciona la condición de ‘riders’ autónomos son el hecho de “no tener jefe” (un 54% lo valora mucho) y el hecho de poder trabajar con otras plataformas o tener otras ocupaciones, beneficio valorado muy positivamente por más del 50% de los repartidores. Cabe destacar que estos beneficios son características del modelo de colaboración como autónomos, que dejarían de disfrutar si fueran empleados.

En su objetivo de brindar más beneficios a los ‘riders’ sin perder la flexibilidad de la que disfrutan gracias a su condición de autónomos, Deliveroo colabora estrechamente con los repartidores y está en permanente contactos con ellos.

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