La Audiencia de Salamanca absuelve a un hombre para quien el fiscal pedía 10 años de cárcel por agresión sexual
No ha quedado suficientemente acreditado que empleara violencia o intimidación para mantener la relación ni que la misma no fuera consentida.

La Audiencia de Salamanca absuelve a un hombre para quien el fiscal pedía 10 años de cárcel por agresión sexual

Aplica el principio "in dubio pro reo": En caso de duda se falla a favor del acusado
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24/11/2020 13:49
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Actualizado: 24/11/2020 13:52
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La Audiencia Provincial de Salamanca ha absuelto a un hombre para quien la Fiscalía pedía 10 años de cárcel por un delito de agresión sexual después de que la joven con la que mantuvo relaciones sexuales tras una noche de fiesta le denunciara.

Ha aplicado el principio «in dubio pro reo» tras valorar las versiones contradictorias de denunciante y denunciado, versiones que han generado en el Tribunal «una duda lo suficientemente importante para no tener la convicción suficiente para dar mayor veracidad a una de las versiones llegada la hora de acoger una u otra, y es en este momento cuando debe atenderse al principio pro reo» y absolver.

La sentencia, número 34/2020, está fechada a 5 de noviembre.

La firman los magistrados José Ramón González Clavijo (presidente), Eugenio Rubio García (ponente) y Victoria Guinaldo López.

La resolución no es firme. Puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El tribunal destaca que que «no existe ningún elemento de prueba que fundamente la comisión de un delito de agresión sexual, ya que no existe ningún dato en el procedimiento del que se deriva que el acusado empleó violencia o intimidación para mantener relaciones sexuales con la denunciante».

Los magistrados tienen «serias dudas de cómo ocurrieron los hechos, ya que sin considerar que la versión de la denunciante sea inverosímil y no puedan haber ocurrido los hechos como ella alega, lo mismo se puede mantener de la declaración efectuada por el denunciado, cuya explicación de lo sucedido incluso tiene más soporte probatorio que la denuncia efectuada».

El tribunal aclara que la existencia de estas dudas no significa que la denunciante haya faltado a la verdad, ya que en apoyo de su argumentación está el hecho de que «la denuncia le ha ocasionado importantes molestias, sin ninguna ventaja apreciable».

No obstante, indica que la versión del acusado ha sido igualmente creíble y por la ausencia de otros elementos objetivos, se ha planteado una duda real a este tribunal de cómo ocurrieron los hechos investigados.

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