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Carta desde Londres: Harry Potter y el secreto de las sentencias inglesas (II)

Carta desde Londres: Harry Potter y el secreto de las sentencias inglesas (II)
Josep Gálvez, en esta segunda entrega, sigue revelando cómo funciona la "common law" inglesa tomando como referencia a Harry Potter.
CARTAS DESDE LONDRES: HARRY POTTER Y EL SECRETO DE LAS SENTENCIAS INGLESAS (II)
15/12/2020 06:50
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Actualizado: 23/2/2021 12:27
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La semana pasada ya nos encontrábamos con una singularidad mágica del “common law” y qué le diferencia del sistema del “civil law” continental: en Inglaterra y Gales las sentencias judiciales son una de las principales fuentes de creación del derecho (“case-law”).

O como diría el refranero español, a falta de código, buenas son sentencias.

No obstante, esa idea puede ser algo engañosa.

En primer lugar, ya que tal y como vimos,no todas las sentencias llegan a producir un efecto equivalente al de la ley, y sí aquellas que, por su autoridad, pueden activar el mecanismo del precedente vinculante (“bindig precedent”), obligando a los jueces de igual o inferior rango a seguir con el criterio adoptado anteriormente.

Sir Geoffrey Bentwood QC, protagonista de la tira cómica “Queen’s Counsel”.

Por tanto, lo primero que hay que saber es de qué tribunal es la sentencia que se quiere invocar, ya que no es lo mismo una decisión del Tribunal Supremo del Reino Unido (o anteriormente de la Cámara de los Lores) que una decisión tomada por la “High Court”.

Y mucho menos si se trata de un órgano inferior. En esto, como en tantas cosas en la vida, hay una jerarquía.

En segundo lugar, tampoco existe un deber absoluto, monocorde y “ciego” de seguir las decisiones anteriores ya que, como sucede en nuestro sistema, las sociedades van avanzando y aquello que parecía usual en el ordenamiento jurídico hace tan solo unos años, ahora puede ser entendido como una decisión “equivocada” o simplemente desfasada con los tiempos actuales.

Recuérdese que, en España, nuestro querido y por muchos años vigente Código Civil data de nada menos que 1889, cuando el personal llevaba patillas y monóculo.

Por tal motivo el texto original del Código Civil ha venido siendo modificado en numerosas ocasiones para adaptarse a la realidad social de su tiempo, eliminando las restricciones que, por ejemplo, impedían a las mujeres poder contratar sin autorización o, más recientemente, para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Pues bien, en el sistema inglés también cabe esa actualización pero, como no podía ser de otra manera, se efectúa a golpe de sentencia judicial (sin mazo, ojo).

Por eso también es necesario evaluar las posibilidades de que, incluso, un determinado tribunal no siga alguna de sus propias decisiones, ya que las normas sobre la aplicación de la doctrina de los precedentes pueden variar de un tribunal a otro.

Finalmente, el juez inglés goza así de varias herramientas procesales con las que puede apartarse del anterior criterio adoptado por su colega, por ejemplo, a través del proceso de revocación de la sentencia (“overruling”), si considera que aquella decisión es manifiestamente incompatible con el sistema jurídico actual, llevándola a su eliminación.

Como se observa de lo anterior, gran parte del trabajo de los “barristers” consiste precisamente en tratar de “arrimar el ascua a su sardina”, es decir, convencer al tribunal de que tal o cual precedente es aplicable y, por el contrario, evitar que aplique el alegado por el contrario.

Pero para llegar hasta ahí, antes deberá manejarse e interpretar con soltura los “Law Reports” que NO son más que una mera recopilación de sentencias.

Resumidamente, un “Law Report” en el “common law” es un análisis de una decisión judicial sobre un punto de derecho que sienta un precedente.

VEAMOS UN EJEMPLO DE “LAW REPORT”

Un “Law Report” comienza generalmente con los nombres de las partes en el proceso, la fecha de la vista celebrada y los nombres del juez o los jueces, y, normalmente, el nombre del tribunal.

Veamos el famoso caso Central London Property Trust Ltd v High Trees House Ltd [1947] KB 130, resuelto -cómo no- por Lord Denning:

Como vemos, las partes en el proceso están claramente identificadas: “Central London Property Trust Limited” y “High Trees House Limited”.

(Como curiosidad, aunque los casos se expresan formalmente mediante el nombre de la compañía o el apellido del demandante “versus” el del demandado, por ejemplo “Johnson v. Starmer”, en este caso y por el contrario, se pronunciará como «Johnson and Starmer»).

En el ejemplo citado, el juez que resuelve el caso es Lord Denning, de la “High Court” de Londres, ya que la “King’s Bench Division” (actualmente, “Queen’s Bench Division”) es una de las tres secciones lo componen, juntamente con la “Chancery Division” y la “Family Division”.

Aunque es opcional, tenemos también la fecha en que se celebró la vista, el día 18 de julio de 1946.

Luego siguen una serie de palabras clave (“catchwords”). Es decir, una relación de los conceptos jurídicos discutidos en el caso e identificados por el redactor del “Law Report” para situarnos claramente de qué va el asunto, especialmente en los tres primeros.

Como vemos, este asunto va de “contratos”, de “acuerdos con intención de crear vínculos legales” y de “promesas realizadas en consecuencia”.

Posteriormente tenemos la nota de encabezamiento (“headnote”), que es el resumen de los hechos básicos del caso que efectúa el “barrister” que redacta el “law report”. En la primera parte se incluye una breve explicación de los hechos y, en la segunda parte, un resumen de la decisión tomada por el juez.

También es muy posible que el “law report” incluya los casos a los que se refiere la decisión judicial (“blocklist”) y que son de gran ayuda para identificar el criterio que adoptó el juez para admitir una determinada sentencia o, por el contrario, rechazarla:

Dependiendo del “law report” también será posible que además se incluya otra información como por ejemplo, un resumen de la cuestión objeto de apelación, una breve explicación del proceso judicial hasta entonces (“procedural history”) o una relación de las alegaciones que fueron efectuadas por las partes(“Arguments”):

Ya llegamos al momento cumbre: el elemento más relevante de un “law report” es el fallo (“judgement”) dictado en el caso y que se basa en una transcripción autorizada y aprobada por el propio tribunal como un registro exacto de su decisión en tal asunto.

Aunque este fallo también está sujeto a una serie de procesos de edición por parte del “law report” lo importante es que permita identificar el principio jurídico fundamental (“principle of law”) decidido en el caso.

Sería algo así como la abstracción de la norma jurídica efectuada a través del caso, en el sentido inverso al que se efectúa en el sistema continental.

Es decir, será del caso concreto de donde se extraerá la norma general que después será aplicable a una generalidad de asuntos posteriorescon los que guarde semejanza y, por tanto, de obligado cumplimiento para el juez que conozca del caso posterior:

Interesante, ¿verdad?

Pues la semana que viene finalizaremos con las famosas citas mágicas de los “law reports”.

¡Hasta entonces!

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