La PCIJ denuncia ante el Europarlamento y la Comisión Europea los ataques «del poder político» español contra la Justicia
La Plataforma Cívica por la Independencia Judicial ha enviado su misiva al Parlamento Europeo, sobre estas líneas, y a la Comisión Europea, el Ejecutivo, denunciando las medidas que se están tomando sobre la justicia que, en su opinión, merman su independencia. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

La PCIJ denuncia ante el Europarlamento y la Comisión Europea los ataques «del poder político» español contra la Justicia

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27/1/2021 06:50
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Actualizado: 03/12/2021 13:18
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La Plataforma Cívica contra la Independencia Judicial (PCIJ) ha denunciado ante el Parlamento Europeo y la Comisión Europea las reformas legislativas que impulsa el gobierno de coalición español cuya consecuencia directa será la «quiebra de división de poderes».

Y pide, de forma específica, a la Comisión Europea que ponga en marcha sus mecanismos de control ante la existencia de una manifiesta infracción, activando su estructura de alertas, previstas en el artículo 7 del Tratado de la Unión Europea, ya sea para emprender acciones judiciales a través del procedimiento de infracción, o a través de la apertura de un procedimiento de diálogo con el gobierno español, similar al seguido con Polonia.

«La Comisión Europea debe intervenir con urgencia y firmeza, y antes de la aprobación definitiva de las citadas reformas legislativas, exigiendo que España cumpla con los estándares europeos en materia de independencia judicial», insta en su misiva conjunta la PCIJ a ambas instituciones.

La PCIJ es una influyente asociación transversal de jueces, fiscales, abogados, juristas y ciudadanos cuyo único objetivo es la defensa del Estado de Derecho y la independencia del poder judicial, según los estándares europeos.

Edificio de la Comisión Europea, el ejecutivo de la Unión, en Bruselas. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

ESPAÑA INCUMPLE LA NORMATIVA EUROPEA, SEGÚN LA PCIT

«Se debe exigir la paralización inmediata de las reformas legislativas en marcha y la modificación del sistema de elección de los doce vocales judiciales del CGPJ para que sean elegidos por sus pares, de conformidad con lo informado de manera reiterada en el ámbito del Consejo de Europa», conmina a ambas instituciones en su carta, a la que ha tenido acceso Confilegal.

La PCIJ afirma que España incumple con la normativa europea en lo que a independencia judicial se refiere, y hace referencia expresa a que los 20 miembros del órgano de gobierno de los jueces, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), tanto jueces como juristas de reconocido prestigio, son elegidos por el Parlamento.

«Polonia y España son los dos únicos países de toda la Unión [27 en total] en los que el nombramiento de la totalidad de los miembros de sus Consejos de Justicia (que posteriormente, se encargarán del nombramiento de las altas instancias judiciales) se designan íntegramente por los políticos a través del Parlamento«, subraya la Plataforma, que apoya que los 12 vocales jueces sean elegidos por los 5.500 miembros de la carrera judicial por voto secreto y directo.

En este sentido recuerda las recomendaciones del Grupo de Estados Contra la Corrupción (GRECO) del Consejo de Europa en la que han instado al Estado español a que se haga de esa forma.

Y refiere las últimas declaraciones de Didier Reyniers, comisario de Justicia de la Unión, recordando que la elección de los vocales jueces corresponde hacerla a sus pares.

LA PCIT DENUNCIA LAS REFORMAS LEGISLATIVAS EN MARCHA

La Plataforma refiere al Parlamento Europeo y a la Comisión Europea las reformas en marcha en el Parlamento español:

Primero, la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones.

«La reforma impedirá el nombramiento de altas instancias judiciales por el CGPJ, entre ellas las vacantes de los magistrados del Tribunal Supremo, cuando se encuentre en funciones por mandato prorrogado (mientras no se obtenga el 3/5 de votos en el Parlamento para la renovación de los 20 vocales). Supone la parálisis de un órgano constitucional y la que las vacantes judiciales de las altas instancias queden sin cubrir», explica.

Segundo, la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial para la reforma del procedimiento de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial correspondiente al turno judicial y para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al CGPJ en funciones.

«La reforma modifica la designación de los doce vocales de procedencia judicial del CGPJ (12 de 20), reduciendo la mayoría cualificada de tres quintos (3/5) de las cámaras legislativas a la simple exigencia de una mayoría absoluta. Si 8 de los 20 vocales son elegidos actualmente por el Parlamento, el resultado que se obtiene es que los 20 vocales serían elegidos por el poder político salido de las urnas», relata.

«El objetivo manifestado de la reforma es asegurar una rápida renovación del CGPJ cada vez que finalice su mandato de cinco años, pero el objetivo inconfeso es que el poder político fruto de las mayorías coyunturales elija el CGPJ y de este modo a los jueces de las altas instancias judiciales del país», añade.

Tercero, el Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por el Consejo de Ministros el 24 de noviembre de 2020.

«Supone la modificación estructural completa del procedimiento penal español, por la que se atribuye la instrucción penal a los fiscales, manteniendo su estructura piramidal bajo la órbita del Fiscal General del Estado nombrado por el Gobierno, y con la sola garantía de autonomía de decisión, pero no de independencia. Su actuación se regiría por el criterio de legalidad, pero también por el de oportunidad. Asimismo, se reduce el ámbito de ejercicio de la acusación popular», apunta.

Cuarto, el Anteproyecto de Ley Orgánica de Medidas de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia, con inminente aprobación por el Consejo de Ministros tras haber superado el trámite de consulta pública.

«En paralelo a la atribución de la instrucción penal a los fiscales, con esta ley se crean los Tribunales de Instancia, de tal manera que los 3.718 juzgados unipersonales existentes actualmente en España se transformarían a finales de 2021 en 431 tribunales cuyos presidentes serían elegidos discrecionalmente por el CGPJ (a dedo, como se percibe por la carrera judicial cuando el CGPJ usa la facultad discrecional). El riesgo de que sean elegidos no los mejores sino los más próximos o leales al poder político representado en el Consejo es evidente», aclara.

«El problema reside en que los presidentes de los Tribunales de Instancia tendrían la facultad de avocar plenos para unificar criterios jurisdiccionales, remover a los jueces de los asuntos de que conozcan, repartir asuntos, informar sobre permisos o planificar las vacaciones de los jueces del tribunal, lo que hace surgir una fuente de dependencia o jerarquía del juez hacia el superior hasta ahora desconocida entre los jueces», precisa.

La Plataforma también recuerda que «Esta quiebra de la independencia del Poder Judicial español, por último, puede afectar al efectivo y necesario control de legalidad del procedimiento electoral por parte de la Junta Electoral Central, máximo órgano de la Administración electoral, que vela por la transparencia y la objetividad del proceso electoral».

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