Inspección Fiscal archiva la denuncia contra Consuelo Madrigal por su artículo crítico
El fiscal jefe de Inspección de la Fiscalía General del Estado, Fausto Cartagena, considera que la opiniones de Madrigal fueron realizadas como ciudadana y no como fiscal y que ejerció su derecho a la libertad de expresión. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Inspección Fiscal archiva la denuncia contra Consuelo Madrigal por su artículo crítico

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05/2/2021 06:46
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Actualizado: 05/2/2021 01:15
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Archivo. Esa ha sido la decisión de Inspección Fiscal, que dirige su fiscal jefe, Fausto Cartagena. De esta forma se da carpetazo a la denuncia que interpuso el pasado 10 de mayo el Foro de Abogados y Abogadas de Izquierda-Red de Abogados/as Demócratas (FAI-RAD) contra la exfiscal general del Estado y fiscal del Tribunal Supremo, Consuelo Madrigal.

Una denuncia que se produjo por una columna de opinión suya que El Mundo de 3 de mayo de 2020, titulado «La sociedad cautiva», publicó criticando la gestión de la pandemia por el Gobierno.

En la misma, esta asociación de izquierdas solicitaba a la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, que se le abriera un expediente disciplinario a la fiscal del Tribunal Supremo en el que, afirmaban que ésta censuraba determinadas decisiones del Gobierno y cuestionaba la aplicación del estado de alarma en la pandemia del COVID-19. Lo que consideraban que prohibía el artículo 59 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. 

Cartagena archiva la investigación «por carecer los hechos denunciados de entidad disciplinaria».

El fiscal jefe recuerda el derecho a la libertad de expresión de Consuelo Madrigal, como ciudadana española, recogido en la Constitución y en la jurisprudencia del máximo tribunal de garantías. Y aunque reconoce que Madrigal fue miembro relevante de la carrera judicial, llegando a fiscal general del Estado, es cierto que en su texto vertió opiniones jurídicas y no jurídicas, pero que no dirigió sus reproches directamente al Gobierno.

La ausencia de destinatario concreto de las críticas contenidas en el artículo y el hecho de que el texto fuera escrito en su calidad de ciudadana, y no de fiscal, han llevado a la conclusión a la Inspección Fiscal que no hay conducta que merezca reproche disciplinario.

«Las referencias a la política no deben tampoco ofender o perturbar a quienes tan digna y necesaria función ejercen, siendo relevante la falta de denuncias de hipotéticos ofendidos», dice el decreto.

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