El TSJCat anula los proyectos educativos de dos colegios de Barcelona que no contemplan el castellano como lengua vehicular
La Asamblea por la Escuela Bilingüe (AEB), que interpuso los recursos, celebra estas sentencias "en las que el alto tribunal catalán por primera vez anula directamente los proyectos lingüísticos por considerar que son contrarios a la Constitución".

El TSJCat anula los proyectos educativos de dos colegios de Barcelona que no contemplan el castellano como lengua vehicular

Fija una presencia mínima del castellano en un 25% de las clases
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30/3/2021 12:14
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Actualizado: 21/4/2021 10:10
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha anulado los proyectos lingüísticos de dos centros educativos públicos de Barcelona y Abrera porque no contemplan el castellano como lengua vehicular y ha fijado una presencia mínima del castellano en un 25% de las clases.

En sendas sentencias, la número 1361/2021 y la 1359/2021, dictadas el 23 de marzo y notificadas ayer, el tribunal de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCat (Sección Quinta) ha estimado parcialmente los recursos interpuestos por la Asamblea por la Escuela Bilingüe (AEB) contra la Generalitat, en representación de las familias recurrentes, y ha reconocido a los demandantes «el derecho de sus hijos menores a recibir, durante su enseñanza obligatoria, junto con sus condiscípulos, en el centro y en el curso que sigan sus estudios, una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular, en proporción razonable».

«En defecto de su concreción por la administración demandada», fija la presencia mínima del castellano como lengua vehicular, en el curso y clase donde el hijo de los recurrentes sigue sus estudios, en un 25% de las horas efectivamente lectivas, debiendo impartirse en castellano, además del área, materia o asignatura lingüística correspondiente a su aprendizaje, cuanto menos otra de carácter troncal o análoga.

Además, el TSJCat anula por no ser conforme a derecho el proyecto lingüístico aprobado de estas dos escuelas públicas «en la medida que no contempla el carácter vehicular del castellano como lengua oficial, junto con el catalán», y anula igualmente «cualquier otro proyecto lingüístico del mismo centro que haya podido aprobarse con posterioridad en el caso de que incurra en igual defecto».

Desestima en ambas sentencias la petición de las familias demandantes a declarar el derecho de ser escolarizados durante la enseñanza obligatoria en lengua castellana y catalana en proporción equivalente, una vez restadas las horas lectivas que se efectúen en lengua extranjera.

Estima la de recibir en castellano en proporción razonable la enseñanza, «pero partiendo de la consideración del catalán como centro de gravedad del sistema educativo», fijando la presencia mínima en el 25% del castellano.

El TSJCat también señala que en congruencia con la pretensión de los demandantes, que se limitaba al periodo de enseñanza obligatoria de los menores, «una vez concluida esa educación obligatoria, no cabrá, en ejecución de sentencia ninguna actuación jurisdiccional adicional en defensa de ese derecho».

Respecto a la anulación del proyecto lingüístico, el tribunal remarca que «no debe alcanzar también a que la rotulación y señalizaciones escritas del centro se deban hacer, al menos, en los dos idiomas oficiales».

También se refiere a la modificación de la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE) y asegura que «no afecta al estatus del castellano como lengua vehicular», remarcando que la obligatoriedad de que esta lengua sea vehicular deriva de la Constitución.

Estas sentencias las firman los magistrados José Manuel de Soler Bigas (presidente), Elsa Puig Muñoz (ponente), Francisco José Sospedra Navas, Pedro Luis García Muñoz, Eduardo Paricio Rallo, y Rosa María Muñoz Rodón.

No son firmes. Contra las mismas cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La Asamblea por la Escuela Bilingüe (AEB), que interpuso los recursos, celebra estas sentencias.

Según señala a Confilegal la presidenta de esta asociación, Ana Losada Fernández, es la primera vez que se el TSJCat anula directamente los proyectos lingüísticos por considerar que son contrarios a la Constitución por no reconocer al castellano como lengua vehicular».

Además, destaca que «estas sentencias se refieren a la Ley Celaá y afirman que el derecho a estudiar en castellano deriva de la Constitución».

«Por tanto, ni la LOMLOE, ni la LOMCE, ni LA Ley Educatiiva de Cataluña pueden anular ese derecho», subraya la Asamblea por la Escuela Bilingüe.

Señala que estas resoluciones tienen «una trascendencia histórica, en la medida que obligarán a cambiar todos los proyectos lingüísticos de los centros educativos públicos de Cataluña que en un 95% de los casos sólo establecen que el catalán es la lengua vehicular de enseñanza, tal como puso de manifiesto la Asamblea por una Escuela Bilingüe en un estudio de 2019.

La AEB considera que «son nulos de pleno derecho todos los proyectos lingüísticos de los centros educativos catalanes que no contemplen el castellano como lengua vehicular de enseñanza y no establezcan la presencia mínima del castellano en un 25 % de las horas efectivamente lectivas».

Según explica esta asociación, «los padres que han solicitado la enseñanza bilingüe han sido asesorados por la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña, que en los próximos días solicitará formalmente al Departamento de Educación que dicte las instrucciones pertinentes para que todos los proyectos lingüísticos se adapten al modelo constitucional y reconozcan el castellano y el catalán como lengua vehiculares de enseñanza».

«Se puede concluir que las sentencias dejan sin efecto el modelo de inmersión lingüística obligatoria en catalán por considerarlo contrario a la Constitución española», destaca la Asamblea por una Escuela Bilingüe.

Considera que «el pluralismo lingüístico en Cataluña y el reconocimiento de nuestra diversidad ha dado un paso de gigante» con estas sentencias del TSJCat, y valora que «ha sido el esfuerzo de cientos de padres que con su perseverancia ha conseguido un régimen lingüístico más favorable a la realidad social de Cataluña y hará posible que se lleve finalmente a la práctica».

«Gana la convivencia en las aulas», concluye esta asociación.

La Asamblea por una Escuela Bilingüe también ha informado recientemente que ha realizado un análisis de las compras para la sección infantil de las bibliotecas públicas del Sistema Bibliotecario de Cataluña, y ha constatado «un fuerte sesgo lingüístico y político independentista» en ellas.

Informa que de cada 100 ejemplares con temática de historia o política, 96 se refieren exclusivamente a Cataluña y cuatro a España.

En los próximos días enviará una copia del informe al Ministerio de Cultura, el Defensor del Pueblo, y a la Comisión de Cultura y Educación del Parlamento Europeo «para denunciar el incumplimiento de la Generalitat de velar por la diversidad lingüística y cultural de los alumnos menores catalanes».

Ana Losada señala que la asociación tiene abierta una queja en la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo y que «este informe reafirma su denuncia de cómo se excluye al español y se discrimina a los castellanohablantes».

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