‘Hay base legal sólida para que los empresarios afectados por las medidas restrictivas reclamen contra la Administración Pública’, según la firma Martín Molina

‘Hay base legal sólida para que los empresarios afectados por las medidas restrictivas reclamen contra la Administración Pública’, según la firma Martín Molina

Este despacho articula dos tipos de reclamaciones patrimoniales contra la Administración y las CC. AA: en nombre de empresarios de la cultura y el ocio, y de la hostelería y el turismo
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16/4/2021 06:50
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Actualizado: 03/12/2021 18:23
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La firma Martín Molina, un despacho jurídico-económico especializado en administración concursal y asesoramiento integral a la empresa en situación de riesgo, afirma que «existe base legal sólida» para que los empresarios afectados en la pandemia por las medidas restrictivas reclamen patrimonialmente contra la Administración Pública, tanto al Estado como a las Comunidades Autónomas, y que «tienen visos de éxito».

Así lo han manifestado César Adeva, responsable del área mercantil de Martín Molina, y Francisco Javier Cabrera, de concursal, en el Foro Confilegal Santander Justicia, dirigido y presentado por Carlos Berbell, director de Confilegal, que se emitió ayer en Radio Intereconomía.

Sostienen que «los empresarios que se han visto afectados por las medidas restrictivas tienen toda la base legal para reclamar esa indemnización y ver resarcido el perjuicio que han sufrido».

Como recordó Carlos Berbell en el programa, con el que Foro Confilegal comenzó ayer su segunda temporada –echó andar el pasado mes de diciembre-, a raíz de la pandemia el Producto Interior Bruto ha caído en España un 11,2%, la inversión se ha desplomado un 5,2%, el paro ha subido a un 16,1%, con casi 4 millones de personas, lo que supone el paro más alto de toda la Unión Europea.

Carlos Berbell, director Foro Confilegal comenzó ayer su segunda temporada -echó andar el pasado mes de diciembre. Foto: LetsPicYou Producciones

Un panorama que no pinta bien, pero en el que, como señala Berbell, «hay luz al final del tunel», puesto que la ley ampara las reclamaciones patrimoniales contra la Administración Pública.

La firma Martín Molina, de la que es socio director y fundador Pedro Martín Molina -quien además de letrado, es economista, administrador concursal, y profesor-, articula dos tipos de reclamaciones patrimoniales contra la Administración y las Comunidades Autónomas: Una, en nombre de las empresas de la cultura y del ocio, y otra en representación de las mercantiles de hostelería y turismo.

Según ha informado César Adeva, no son demandas colectivas, sino reclamaciones individuales en nombre de cada uno de los empresarios, y se presentarán tanto contra el Estado como contra las Comunidades Autónomas porque «las medidas restrictivas han procedido primeramente del Gobierno de la nación, pero posteriormente de las comunidades».

Para cualquier consulta, la firma ha habilitado en la web un apartado llamado ‘La hostelería reclama’, y otro denominado ‘La cultura y el ocio reclaman’.

Inicialmente, se presenta una reclamación administrativa previa, porque así lo exige la ley, y si finalmente no es estimada, se puede acudir a los tribunales.

Explican que la reclamación puede basarse en la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público, que establece en el artículo 32.1 y en el 32.3, que cabe la posibilidad de reclamar indemnización y responsabilidad a la administración pública cuando el daño produzca un funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, o cuando las medidas restrictivas y los daños procedan de un actual legislativo.

Igualmente, afirman que esa reclamación puede basarse en el propio Real Decreto, en la propia Ley Orgánica que regula la declaración del Estado de Alarma.

«Esa Ley de 1981 establece que si las medidas adoptadas durante la declaración del Estado de Alarma han producido un perjuicio a los particulares, tienen derecho a reclamar», indica Adeva.

César Adeva, responsable del área mercantil de Martín Molina. Foto: LetsPicYou Producciones

Destaca que «el Estado de Alarma se declara precisamente por situación de fuerza mayor» y afirma que «sería un contrasentido que se negara esa indemnización basándose o utilizando como argumento la fuerza mayor, que es la que te habilita para declarar el Estado de Alarma».

Según el responsable de mercantil de la firma, «es muy discutible que se esté en una situación de fuerza mayor».

Argumenta que «para que se dé, se tiene que tratar de acontecimientos imprevisibles o bien que habiéndose podido prever no fueran evitables», y recuerda que desde diciembre de 2019 y enero de 2020 ya venían manifestándose las alarmas por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

También señala que «la jurisprudencia es muy clara al decir que la fuerza mayor no existe cuando hay esas noticias que determinan que efectivamente era una situación previsible», y también indica que ante esa situación, las medidas que han adoptado unos y otros países no han sido las mismas.

«De hecho, ya hay sentencias de algún juzgado de lo Social sobre las medidas de protección al personal sanitario que no se han adoptado, que han establecido que no nos encontramos en situación de fuerza mayor», subraya Adeva.

Y comenta que en Martín Molina están «tan seguros de esa reclamación y del éxito de la misma, dado que tiene fundamentos jurídicos muy sólidos», que la mayor parte de sus honorarios van a éxito.

«Aparte de un fijo que se abona por cada una de las reclamaciones, adicionalmente hay un variable, que es del 15% que únicamente se cobra en caso de éxito de la reclamación», agrega.

Preguntado el responsable de concursal de la firma sobre qué aconsejaría a quienes se encuentren en esa situación difícil, indica que desde Martín Molina recomiendan «que busquen rápidamente ayuda para gestionar los problemas que estén teniendo con su empresa y que acudan a especialistas, a expertos en la materia de la insolvencia, tanto economistas que les ayuden con la viabilidad de su negocio, como abogados que les acompañen y asesoren en materia jurídica».

«Para que la empresa sobreviva es necesario anticiparse y poner solución a los problemas lo antes posible», advierte Francisco Javier Cabrera.

Y reitera que «la situación en la que se encuentran tiene solución».

«Aunque sea una situación muy complicada, entendemos que es temporal, de la que pueden salir una vez que hayan eliminado las medidas restrictivas que actualmente están sufriendo. Y, sobre todo, entre esas medidas que pueden ayudar a salir de esa situación está la posibilidad de reclamar los perjuicios, la indemnización de los perjuicios que han venido sufriendo desde hace más de 12 meses como consecuencia de esas medidas adoptadas por el Gobierno y por la Comunidad Autónoma», argumenta Cabrera.

Francisco Javier Cabrera, responsable del área de concursal de la firma Martín Molina. Foto: LetsPicYou Producciones

Preguntados por Berbell si, a su juicio, «las restricciones impuestas han perjudicado de forma evidente a los sectores de la hostelería, el ocio y la cultura sin dar ninguna alternativa específicamente», Adeva dice que exclusivamente no, pero específicamente sí.

«Las medidas restrictivas si nosotros cogemos el primer Real Decreto de declaración del Estado de Alarma, del 14 de marzo de 2020, y posteriormente las medidas restrictivas adoptadas por cada una de las comunidades autónomas en virtud de las competencias delegadas, en esas medidas hay un apartado concreto dirigido a la hostelería, no solo a los restaurantes y bares, sino también al ocio nocturno, y, por tanto, efectivamente es uno de los sectores de los más perjudicados», expone.

Respecto a si las ayudas han llegado, y de ser así, si han sido suficientes, el responsable del área mercantil de Molina afirma que «no han llegado ayudas que directamente vayan a suplir la pérdida de productividad del negocio del empresario en cuestión», que «ha habido ayudas concretas que no iban dirigidas a paliar esa pérdida de productividad, como es, por ejemplo, el tema de los ERTEs o los ICOs».

«El tema de los ICOs es una ayuda que podemos poner entre comillas, porque finalmente te estás endeudando, y esos préstamos hay que devolverlos», agrega Adeva.

Además, recuerda que el Real Decreto del pasado 12 de marzo se aprobó provisionalmente, porque está pendiente de una autorización por parte de la Unión Europea una serie de ayudas directas.

No osbtante, César Adeva manifiesta que son «insuficientes». «Si se hace el cálculo de las ayudas que se van a conceder, no cubrirían ni el 10 o el 15% de la pérdida que ha sufrido cada uno de los empresarios», apostilla.

En la reclamación patrimonial, además de la relación de causalidad existente entre la actuación de la administración, tienen que acreditar ese daño económico, y para ello Martín Molina recomienda a todo el empresario que acuda un informe pericial económico que justifica la cuantía de la reclamación que se está planteando, del que también se encarga la firma.

Pedro Martín Molina, presidente de la firma, quien además de letrado es economista, administrador concursal, y profesor.

Berbell puso sobre la mesa que si bien para Martín Molina, las empresas en dificultades tienen un claro derecho a ser indemnizadas, algunos empresarios «creen que si reclaman judicialmente, como plantean, el Gobierno poco menos que los va a poner en la lista negra y no van a ver ni un euro». Les preguntó si esto tiene alguna base.

Adeva señala que «puede ser uno de los argumentos que están utilizándose desde algunas administraciones para evitar que los empresarios reclamen».

Añade que «parece ser que se han escuchado algunos comentarios de que las ayudas directas que se están reconociendo puedan ir dirigidas a las personas o empresarios que no reclamen».

«No hay que olvidar que estas reclamaciones, en función de la pérdida de productividad, pueden llegar a un importe considerable. Y si se produce un efecto llamada de miles de reclamaciones, como puede ser el caso, es evidente que la administración hará todo lo posible para que esas reclamaciones se reduzcan», expone.

También abordaron en la entrevista cómo ven el tejido empresarial de este país, de qué forma ha agravado la pandemia la situación de las empresas; si la insolvencia es el principal problema al que se enfrentan los empresarios actualmente; cómo afecta la moratoria concursal a la situación de estas empresas, y si las empresas ‘zombies’ tienen solución.

Esta firma cuenta con más de 20 años de experiencia en materia de reestructuración empresarial y de concurso de acreedores.

El responsable del área mercantil y el de concursal hacen hincapié en que el empresario «tiene todo el derecho a reclamar» por las medidas restrictivas y «no tiene que tener ningún temor a presentar esa reclamación, porque al final lo que hay que hacer es confiar en la imparcialidad y en la independencia de los tribunales».

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