El PP presenta una ley para prohibir los homenajes a etarras y ampliar los controles para los acercamientos
Plantea que los delegados o subdelegados del Gobierno puedan suspender la realización de homenajes a etarras; que las víctimas, directamente o a través de la representación otorgada a una asociación, puedan recurrir las resoluciones de los jueces de Vigilancia Penitenciaria o de Instituciones Penitenciaras sobre los terceros grados a etarras; y pide endurecer los controles para que los acercamientos de presos no puedan hacerse sin arrepentimiento ni colaboración con las autoridades. Foto: EP

El PP presenta una ley para prohibir los homenajes a etarras y ampliar los controles para los acercamientos

El objetivo de la norma es "garantizar la memoria, la dignidad y la justicia con las víctimas del terrorismo"
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26/4/2021 09:59
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Actualizado: 05/5/2021 12:30
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El Partido Popular ha presentado una Proposición de Ley (PL) en el Congreso de los Diputados de mejora del régimen de protección de la víctima del delito que prohíbe los homenajes a etarras excarcelados y endurece los controles para el acercamiento de presos, de manera que «no puedan hacerse sin arrepentimiento ni colaboración con las autoridades».

El Grupo Parlamentario del PP ve necesaria «una mejora del régimen de protección de las víctimas del delito para cubrir determinadas lagunas en la defensa de su dignidad y del conjunto de sus derechos».

Para ello, plantea modificaciones en el Estatuto de la Víctima del Delito, la Ley General Penitenciaria, el Reglamento Penitenciario, la Ley Orgánica reguladora del derecho de Reunión, la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana y en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

«El objetivo de la norma es garantizar la memoria, la dignidad y la justicia con las víctimas del terrorismo», destaca.

Para acabar con los homenajes a etarras, la iniciativa del PP modifica el Estatuto de la Víctima para que los delegados o subdelegados del Gobierno puedan suspender la realización de reuniones o manifestaciones cuando se organicen para recibir y rendir homenaje al autor de un delito de los contemplados en el artículo 23.2.b., dado que estos pueden suponer para la víctima signos de posible represalia o intimidación y de una victimización secundaria y de daños psíquicos, así como ser causa de agresión a su dignidad.

Además, la Fiscalía actuará contra los organizadores de estos actos cuando fueran constitutivos de delito, en el resto de los casos la autoridad gubernativa iniciará el correspondiente expediente sancionador.

Respecto a los acercamientos de presos etarras, modifica la Ley Orgánica General Penitenciaria para que la clasificación o progresión al tercer grado de tratamiento penitenciario de personas condenadas por delitos de terrorismo tenga que acreditarse, mediante informes de la Audiencia Nacional, de la fiscalía adscrita y los informes técnicos, que el preso está realmente desvinculado de la organización terrorista y del entorno, y de actividades de asociaciones y colectivos ilegales que la rodean.

También deberá acreditarse su colaboración con las autoridades, especialmente en el esclarecimiento de los más de 300 crímenes de ETA que todavía están por esclarecer.

El GPP destaca desde que Pedro Sánchez llegó al Gobierno y Fernando Grande-Marlaska al Ministerio del Interior «se han acercado a 176 presos etarras, la mayoría de ellos sin arrepentimiento ni colaboración con la Justicia, y en muchos casos en base a una carta tipo y sin el informe favorable de la Junta de Tratamiento Penitenciario».

También recoge la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana para que si la autoridad gubernativa suspende una reunión o manifestación, los ayuntamientos tengan prohibido facilitar la celebración del mismo. Las autoridades o funcionarios del ayuntamiento que fueran responsables del incumplimiento de esta obligación, cometerán una infracción muy grave que será sancionada conforme a lo previsto en esta Ley.

La Proposición de Ley del GPP cambia la Ley del Poder Judicial (LOPJ) para que las víctimas, directamente o a través de la representación otorgada a una asociación, puedan recurrir las resoluciones de los jueces de Vigilancia Penitenciaria.

En los mismos términos, tendrán legitimación para recurrir las asociaciones de víctimas del terrorismo respecto a los penados por delitos de terrorismo si no existieran o no estuvieran determinadas las víctimas de los mismos. En este sentido, también reforma el artículo 13 del Estatuto de la Víctima sobre las resoluciones del juez de vigilancia penitenciaria o de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias para que la progresión al tercer grado del penado pueda ser recurrida por las víctimas.

Del mismo modo, modifica el Estatuto de la Víctima para que, durante la fase de cumplimiento de la condena y puesta en libertad del penado; para se comunique a las víctimas la concesión de permisos penitenciarios y la libertad condicional o definitiva del penado, así como el lugar de residencia y los cambios de la misma cuando se encuentre de permiso o disfrutando de libertad provisional o definitiva.

La Proposición de Ley del GPP está firmada por su portavoz, Cuca Gamarra.

LA PROPOSICIÓN DE LEY PARA PROHIBIR LOS HOMENAJES A ETARRAS Y ENDURECER SUS ACERCAMIENTOS 

El PP expone en la PL que desde la entrada en vigor del Estatuto de la Víctima, en 2015, «su aplicación práctica ha dado lugar tanto a avances en la protección de las víctimas como a la constatación de la necesidad de actualizar y ampliar los derechos reconocidos en el mismo con el fin de evitar situaciones de agravio».

Una de las lagunas observadas por el PP en el Estatuto de la víctima «es no haber previsto la escasa participación de las víctimas en la fase de ejecución de la condena». Afirma que «es erróneo presuponer que no realizar la solicitud de información por parte de la víctima es equivalente a que no quiere ser informada».

El PP señala que «al tratarse de un colectivo amplio, que algunos de sus miembros han sufrido la causa de victimización hace muchos años y que la ausencia de datos necesarios para localizarlas está muy extendida, dificulta el ejercicio de sus derechos». De hecho, subraya que «la mayoría incluso ignora que le asiste este derecho, siendo la principal razón por la que no solicitan recibir la información».

Indica que esta circunstancia hace necesario «otorgar a las asociaciones creadas por las víctimas la facultad de poder defender los intereses de éstas en los casos en los que expresamente lo soliciten».

También defiende «la necesidad de ampliar los ámbitos de participación de las víctimas en la ejecución de la pena, para evitar la posibilidad de que determinadas decisiones judiciales o de las autoridades penitenciarias otorguen beneficios a los penados sin la participación de la víctima vía recurso o alegaciones». Por ello, cree necesario introducir reformas en el Reglamento Penitenciario y en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

«Situación especial es la del cumplimiento de condena de los presos por delitos de terrorismo respecto al tratamiento y ejecución de las penas privativas de libertad, en especial su progresión al tercer grado», destaca. Para «garantizar el cumplimiento de los requisitos legales para la misma», el PP propone la modificación de la Ley Orgánica General Penitenciaria.

La proposición de Ley del PP insta a que las víctimas de delitos de terrorismo puedan recibir toda la información sobre la causa penal del condenado de forma rápida, y tanto si se inicia el procedimiento penal como si no, y tanto en asuntos vinculados su puesta en libertad o a medidas cautelares que se adopten.

Del mismo modo, que puedan participar en la ejecución de la condena cuando hay notificaciones para pasar al tercer grado o cuando se dicta libertad condicional.

Además, el PP considera que «la protección otorgada a la víctima por el Estatuto no da cobertura suficiente ante la intimidación, la victimización secundaria, los daños psíquicos o agresiones a su dignidad que pudieran producirse una vez que el penado disfrute de libertad de carácter provisional o definitiva».

Por ello, ve necesario establecer «una protección reforzada ante actos especialmente graves, como pueden ser el enaltecimiento, el recibimiento y homenaje público a los condenados por delitos con normativa especial en la materia, como el terrorismo, así como para los delitos contra contra colectivos que carecen de legislación especial» y, particularmente los de menores de edad víctimas de abusos, explotación o pornografía infantil, personas con discapacidad, víctimas de trata, de una organización criminal, de delitos con pluralidad de afectados y los de efecto catastrófico.

Para reforzar esta protección, propone también modificaciones en la Ley Orgánica reguladora del derecho de reunión y en la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana.

El PP recuerda que el Parlamento Europeo aprobó a finales de 2020 un informe sobre la situación de los derechos fundamentales en la Unión Europea en los ejercicios 2018 y 2o19, en el que se exige a las autoridades españolas que se tomen todas las medidas necesarias para evitar que las víctimas del terrorismo sean humilladas por actos como los homenajes a etarras que se han producido en los últimos años en España, y pide a que las instituciones pertinentes, ya sea a nivel local, autonómico o estatal, «proporcionen las salvaguardias necesarias para evitar que se produzca una victimización posterior derivada de humillaciones y ataques a la imagen de las víctimas por parte de sectores sociales relacionados con el agresor».

El PP también insta a modificar el artículo 72 de la Ley General Penitenciaria para que los requisitos de acceso al tercer grado de los presos por terrorismo sean acreditados mediante informes de la Audiencia Nacional y de la Fiscalía adscrita a la misma, toda vez que han cumplido con las responsabilidades civiles a través de sus rentas o patrimonios presentes o futuros o han dado muestras de que abandonan los fines terroristas y colaboran con las autoridades, entre otros requisitos.

El PP expone que el Estatuto de la víctima tiene vocación de ser «el catálogo general de los derechos, procesales y extraprocesales, de todas las víctimas de delitos», y destaca que este catálogo «no puede considerarse cerrado al reconocimiento de nuevos derechos de las víctimas o a la actualización o ampliación de los ya recogidos».

Califica de «materia básica» la actual regulación de la intervención de la víctima en la fase de ejecución de la pena, «cuando se trata del cumplimiento de condenas por delitos especialmente graves».

«Parecida importancia tienen las cuestiones relativas a las medidas de protección específicas para cierto tipo de víctimas», añade.

«Las medidas de protección deben garantizar efectividad frente a las represalias, la intimidación, la victimización secundaria, los daños psíquicos o agresiones a la dignidad de las víctimas», sostiene.

El PP persigue con esta Proposición de Ley que en una misma iniciativa legislativa se aborden todas las «modificaciones necesarias para conseguir cubrir las lagunas existentes en la defensa de la dignidad de las víctimas del delito y del conjunto de sus derechos».

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