El TSJCyL confirma 3 años de cárcel al excapellán de una Iglesia de Valladolid por un delito de ciberacoso a una menor
El sacerdote condenado, Óliver Fernández, había sido capellán de la Iglesia de Las Angustias de Valladolid.

El TSJCyL confirma 3 años de cárcel al excapellán de una Iglesia de Valladolid por un delito de ciberacoso a una menor

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03/5/2021 12:51
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Actualizado: 04/5/2021 10:52
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado el recurso de apelación presentado por el excapellán de la Iglesia de Las Angustias de Valladolid, Óliver Fernández López, de 41 años, y ha confirmado la condena a tres años de prisión por un delito de ciberacoso sexual en concurso real con otro delito de abuso sexual a una menor de 13 años de origen rumano, que mendigaba con su madre.

La  Sala de lo Civil y Penal del TJSCyL, con sede en Burgos, ha fallado en segunda instancia y ha confirmado por ello la sentencia impuesta contra el expárroco a primeros del pasado mes de febrero, según fuentes del órgano judicial.

La Audiencia de Valladolid impuso una condena de tres años de cárcel al excapellán de la iglesia de Las Angustias, Óliver Fernández, por un delito de corrupción de menores con concurso con otro de abusos sexuales sobre la menor de 13 años a la que envió varios vídeos muy subidos de tono, uno de ellos masturbándose.

En concreto, el tribunal condenó al religioso a un año de prisión por el delito de ciberacoso y a dos años por abuso sexual a una menor de 16 años –el Ministerio Fiscal pedía cuatro por abuso y corrupción de menores–, junto con su inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular con menores, por tiempo de trece años de cumplimiento simultáneo.

También procedió imponer al acusado la prohibición de acercarse a la menor a una distancia no inferior a 500 metros durante diez años, como el comunicarse con ella por cualquier medio y por el mismo tiempo.

Se impuso igualmente al acusado la medida global de libertad vigilada durante seis años, después de la duración de la pena privativa
de libertad, junto con la prohibición de desempeñar determinadas actividades que puedan ofrecerle o facilitarle la ocasión para cometer hechos delictivos de similar naturaleza y la obligación de realizar un curso de educación sexual.

En cuanto a la vía de la responsabilidad civil, el tribunal acordó la reserva de las acciones correspondientes en favor de la menor y de su representante legal.

Contra esta sentencia en segunda instancia cabe recurso de casación, que podrán prepararse en esta misma Sala dentro de los cinco días siguientes al de su última notificación para su interposición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

El fallo no da crédito a las excusas del religioso, quien en el acto del juicio oral, en el que tan sólo respondió a las preguntas de su abogado, enmarcó el material que envió a la denunciante vía «whatsapp» en un mero «juego sexual» e incluso acusó a la menor de engatusarle para luego someterle a chantaje con su madre y una tía.

MEROS FLIRTEOS

El condenado únicamente reconoció haber flirteado con la menor en lo que calificó como un mero «juego sexual» que mantuvo con la niña rumana a través de los «whatsapp» que la enviaba al teléfono móvil de su madre y que acostumbraba a utilizar la niña.

Óliver Fernández explicó que la relación con la niña se inició a finales de diciembre de 2019 ya que ésta acostumbraba a merodear por la parroquia junto a su madre para pedir limosna, pero sin que en momento alguno, como así ha reiterado, llegara a estar a solas con la menor y mucho menos mantuviera con ella contacto físico, pues siempre en esos tres o cuatro encuentros mantenidos a las puertas del templo estuvo presente su progenitora y la gente que transitaba por la calle.

Confesó haber regalado a la menor un teléfono móvil pero que los «whatsapp» entre ambos se vehicularon a través del terminal propiedad de la madre pero que usaba la niña y de quien aseguró que empezó a insinuársele y a mostrar cierta atracción hacia su persona, hasta el punto de pedirle mantener algún encuentro íntimo que no llegó a concretarse porque él, como así puntualizó, no tenía intención de llegar a ello.

Lo que sí apuntó es que cuando la menor comenzó a pedirle que le mandara algún vídeo subido de tono en el que apareciera su cara «perfectamente identificable» no se percató de que lo pretendido por ella y su familia, en referencia a la madre y una hermana de ésta, no era otra cosa que obtener una prueba para luego someterle a chantaje.

En esa relación vía «whatsapp», el religioso envió a la menor sendos vídeos grabados en su baño, uno el 28 de diciembre de 2019 en el que aparece en paños menores tocándose las partes, aunque sin mostrar la cara, y un segundo en enero de 2020 en el que sí se le identifica perfectamente y en cuyas imágenes se le ve cómo se quita lentamente la ropa y se queda en calzoncillos, para luego sacarse el pene y masturbarse hasta eyacular.

TOQUE DE CULO «FORTUITO, INVOLUNTARIO»

Durante su declaración, Óliver Fernández, reconoció que el 2 de enero de 2020, a las puertas del templo el 2 de enero de 2020, llegó a tocar el culo a la menor en presencia de su madre, pero alegó en su descargo que lo hizo de forma «fortuita, involuntaria».

Así, el religioso relató que tras ese encuentro se disponía a despedirse de madre e hija y que después de dar un beso a la primera y acercarse a la segunda para hacer lo propio, puso a ésta la mano en la espalda pero se le fue al culo.

«Sólo fueron dos o tres segundos, lo que duró el beso, pero la retiré al percatarme de que mi mano no estaba donde debía», espetó O.F.L, quien, sin embargo, ese mismo día, poco después, preguntó vía ‘was’ a la menor qué le había parecido el palmeo de la nalga, «aunque siempre en ese juego de algo que había sido fortuito», se apresuró a apostillar en el juicio.

SOLICITUD DE 120.000 EUROS PARA UNA CASA EN RUMANÍA

En esa tesis de que todo lo ocurrido se enmarca en una especie de conspiración de la niña y su familia para pillarle en un renuncio y luego sacar tajada, el excapellán sostuvo que la iniciativa de los mensajes y petición de encuentros fue de la menor, que en un momento dado le comunicó que una tía había visto los «whatsapp» y se lo había contado a su madre.

Fue a partir de ese momento cuando, tal y como mantuvo el acusado, las tres mujeres comenzaron a someterle a chantaje para no denunciar los hechos ante la policía.

«Creo que la niña actuó guiada por la madre o por la tía, tengo esa convicción, de que todo estaba pensado de antemano, sobre todo por la insistencia de que se me viera la cara en los vídeos que mandaba», insistió Fernández, quien declaró que las tres mujeres de nacionalidad rumana, a cambio de su silencio, le pidieron 120.000 euros para comprarse una casa en Rumanía.

«Recuerdo la expresión en boca de la tía, que era la que llevaba la voz cantante, de que si no accedía a sus pretensiones me iban a denunciar y que iba a pasar 13 años en la cárcel», aseguró el excapellán, hoy apartado de su tarea y en situación de «vigilancia eclesial» en su domicilio hasta aclarse lo ocurrido, tanto en vía penal como en la investigación canónica correspondiente.

La versión exculpatoria del religioso respecto de que la iniciativa fue en todo momento de la menor contrasta, sin embargo, con los testimonios realizados en el juicio por distintos agentes de la Policía Nacional que participaron en el volcado del contenido de los tres teléfonos móviles incautados, el de Oliver Fernández el que éste regaló a la niña –no aparece nada relevante– y, fundamentalmente, el de la madre de la pequeña en el que se recibieron los mensajes en diciembre de 2019 y hasta el 9 de enero de 2020.

Todos los agentes, a tenor de los «whatsapp», coinciden en que quien llevaba la iniciativa y la voz cantante era el acusado. «Era él quien en todo momento trataba de quedar en casa de la menor a solas y ella le daba largas», declaró uno de los funcionarios policiales.

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