El miedo atenaza a los interinos: Apenas un 10% de los 800.000 han denunciado su situación
Los expertos aconsejan a estos profesionales en fraude de ley que denuncien su situación ante su propia administración.

El miedo atenaza a los interinos: Apenas un 10% de los 800.000 han denunciado su situación

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26/6/2021 01:30
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Actualizado: 26/6/2021 01:30
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La reforma del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) sigue su curso y es previsible que a lo largo del mes de julio se apruebe si el ministro Miquel Iceta logra el apoyo de las Comunidades Autónomas y sindicatos.

Dicha modificación que pretende reducir la temporalidad en nuestro país a nivel de empleo público por encima del 30% puede cambiar la vida de los más de 800.000 interinos y sus familias a corto plazo, algunos de los cuales llevan años luchando por la fijeza de su puesto de trabajo.

En este contexto y ante la incertidumbre generada por dicha reforma, desde la propia Coordinadora Española de Empleo Temporal (CEPPT), organizaciones afines y abogados como Raúl Bocanegra (Oviedo), Andrés Buades (Mallorca), Beatriz González (Madrid) y Fabián Valero (Vigo) piden a esos profesionales en fraude de ley que denuncien su situación ante su propia administración.

Según datos que aportan estos juristas a nuestra publicación es posible que algo menos de un 10% de esos profesionales en fraude de ley haya realizado dicha reclamación para denunciar su situación precaria.

Desde la CEPPT, Cristina Gruas, su presidenta, señala que “la gente no reclama por miedo a posibles represalias. El personal temporal siempre ha sufrido merma de derechos..Cuando vienen informarse a la Coordinadora les intentamos asesorar en su situación profesional, pero muchos no dan ese primer paso”.

Desde su punto de vista, “este es un momento importante, hay que aprovechar el vacío legal para denunciar esa situación y pedir la fijeza. Una vez modificado el EBEP si no has dado ese primer paso puede ser complicado reclamar una situación irregular en fraude de ley de años y años”.

El primer paso sería una reclamación administrativa ante la propia administración infractora denunciando la situación de fraude de ley y de reconocimiento de fijeza, con carácter alternativo se puede pedir otras cuestiones.

En este primer paso, la administración contesta en tres meses o hay silencio administrativo. En este caso el silencio administrativo hay que considerarlo como negativo. Y se puede ir al juzgado. En el caso contencioso si la respuesta es negativa hay dos meses para interponer la demanda en esos tribunales.

“Muchas de las plazas ocupadas por nuestros compañeros van a salir a concurso, solo va a quedar un 8% como quiere Iceta, donde la mayor parte se va a reservar a personal educativo y sanitario. Por eso es importante moverse rápido y acreditar que uno está en situación de fraude de ley”.

No basta con un lavado de cara del EBEP

Raúl Bocanegra, catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad Complutense y abogado titular del despacho que lleva su nombre, con sedes en Madrid y Oviedo, lleva desde el 2018 metido en pleitos a nivel contencioso y laboral en esta controversia de los interinos. Pese al momento actual, no pierde la esperanza que se resuelva esta problemática.

A su juicio, “no se entiende lo que dice el Gobierno. No es conforme con la Directiva comunitaria 1999/70. Esa Directiva mientras es obligatoria para el Gobierno. Si el Gobierno quiere modificar el EBEP debe hacerlo en el sentido de la directiva. Cualquier otra pretensión estará condenada al fracaso”.

Raúl Bocanegra, catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad Complutense y abogado.

En su opinión, “lo que está sucediendo es una cosa insólita no se tiene en cuenta los que se van a quedar en el camino en un sistema irregular que ha puesto en marcha la administración. Creo que la sentencia del TJUE del 3 de junio es muy clara”.

Bocanegra advierte que “sin embargo, la jurisprudencia social española es menos progresista que la jurisdicción contenciosa administrativa. En dicha sentencia ha recibido un varapalo monumental donde se le dice que tiene que modificar su jurisprudencia. Por eso siguen reunidos en Pleno. Es insólito que a un país le digan este tipo de comentario”.

Este jurista aclara que “poco antes de la crisis económica, en 2007, se aprobaba el EBEP. Ha quedado sin desarrollar. Estaba previsto que se desarrollase por una Ley de Función Pública del Estado y 17 Comunidades Autónomas. Nade se ha hecho. La administración está en una situación alegal. Han tirado por el momento de lo fácil, mano de obra barata”.

Este jurista señala que “las leyes de presupuestos son abiertamente inconstitucionales porque modifican sin título para ello el EBEP y crean una modalidad de cese y de concurso oposición. Una ley de presupuestos no puede hacerlo porque no es una norma básica. Ya el Tribunal Constitucional ha señalado que las leyes de Presupuesto valen para lo que valen”.

Respecto a la situación de interinos en fraude de ley cree que las estadísticas son poco fiables pero está claro que hay muchos profesionales que deberían formalizar su situación. “Hay que defender los derechos con eficacia. Hay que moverse porque ni el Gobierno ni las Comunidades autónomas no van a regalar nada en este terreno”.

Hay que formalizar la situación

Desde Palma de Mallorca, Andrés Buades, abogado experto en derecho administrativo que gestiona reclamaciones en este ámbito y en el laboral. Explica que el porcentaje de interinos en la administración balear ronda el 40%, a nivel docente se habla de que uno de cada tres profesores es eventual.

A su juicio, “no hay voluntad política de arreglar el tema porque el propio EBEP da soluciones a la hora de resolver este asunto. Al mismo tiempo observamos como no hacen caso a la jurisprudencia europea sobre esta cuestión, cuando el propio artículo 4 bis de la LOPJ señala que los jueces españoles no pueden aplicar normas que van contra el derecho de la UE”.

Al mismo tiempo aclara que “el TJUE no ayuda mucho, dicta sentencias que están muy bien pero no acaba de incidir directamente sobre la situación en un país como el nuestro. Son sentencias muy abiertas que dejan mucha discrecionalidad a los órganos nacionales. Necesitamos un fallo del TJUE que defina mejor la problemática de nuestro país”.

Andrés Buades, abogado.

Respecto a la necesidad de hacer una denuncia ante la administración infractora, Buades señala que hay que hacerlo “las sentencia del TJUE son individualizadas y se centran en casos concretos. Al mismo tiempo, los que ya hayan reclamados no estarán afectados por una modificación normativa del EBEP”.

Este jurista afirma que “la unión hace la fuerza, cuanto más reclamen, mucho mejor. De hecho en el caso de que sus plazas salieran a concurso o a concurso oposición, sería conveniente que hubieran denunciado su situación y reclamado su fijeza con anterioridad a esta iniciativa”.

Su despacho ya ha interpuesto más de un millar de demandas de profesionales que han visto como su administración no se avino a resolver su situación y el tema está en tribunales laborales y contenciosos, “hay mucha gente en fraude que debería dar ese paso para formalizar su situación. Se debe constatar que has hecho el trámite de denunciar a tu administración”.

Romper la inercia y denunciar el abuso

Para Beatriz González, abogada experta en derecho administrativo, “es fundamental realizar estos tramites en un momento como el que estamos viviendo de reforma del EBEP. Algunos profesionales ya me pidieron una hoja de encargo, pero no han iniciado ningún tipo de acción”.

En esta situación, “hay que darse cuenta que hay una Directiva 1999/70 que no está transpuesta. Por otro lado, hay mucha gente en abuso de temporalidad que ven como se aplica dicha directiva. El TJUE dice señala que si hay abuso debe sancionarse siguiendo su jurisprudencia”.

Esta jurista aclara que “en el momento que haya una transposición de la Directiva la discusión va ser otra diferente; si está bien traspuesta o si las medidas que se han tomado son adecuadas, proporcionadas o disuasorias, pero es una guerra diferente. Tomar acciones ahora es lo más adecuado porque no sabemos el escenario que puede venir luego”.

Cree que hay muchos interinos indecisos que deben romper esa inercia y denunciar ese abuso “basta con una reclamación previa a tu administración. No es necesario aportar más documentación en principio. Cuando se presente la demanda hay que definir bien el abuso con la documentación que se aporte sobre el caso”.

“La mayor parte son funcionarios interinos y la jurisdicción contenciosa tiene carácter revisorio. Para ir a los juzgados debe haber un acto administrativo que debe revisarse, en este caso seria la desestimación de la reclamación previa”, advierte.

Beatriz González, abogada.

Sobre el cálculo de las personas que faltan por denunciar su estatus de abuso de temporalidad revela que “todavía hay muchos profesionales que no son conscientes que están en esta situación de fraude de ley, tanto a nivel sanitario o educativo”.

González cree que al final Iceta convencerá a las comunidades autónomas para impulsar diferentes procesos de estabilización donde valoran los méritos del personal temporal con un porcentaje del 40% y eso no es cumplir con las ultimas sentencias del TJUE porque no se sanciona el abuso.

“Esos acuerdos si son abiertos para todo el mundo, no cumplirán con su función. Tendrían que ser restringidos para los interinos, sin embargo, primero hay que aprobar la oposición que no es fácil, según nos comentan algunos candidatos y luego que te valoren los méritos a posteriori”.

Moverse antes de que se aprueba el EBEP

Desde Vigo, Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados, explica que “teniendo en cuenta que los borradores del EBEP señalan que la trasposición de la directiva tendrá efecto para los contratos de interinos en vacante con posterioridad a la entrada en vigor, no se aplicará a los que están ya en fraude de ley”.

Para este jurista, “hay una bolsa enorme de profesionales en situación irregular. Es posible que la normativa que se apruebe penalice las expectativas de estabilidad de dichos profesionales. Es bueno que por ello denuncien su situación si no lo han hecho antes. Lo aconsejable es moverse antes de que se aprueba el EBEP”.

En su opinión, “este tipo de movimientos puede hacer que estos profesionales se encuentren en una posición mejor que aquellos otros que no hayan denunciado su situación irregular. Se trata de iniciar el proceso con una solicitud donde se aclara cómo esta ese profesional en la administración en la que presta servicio señalando el abuso existente”.

Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados.

Con la solicitud ya se activa todo el procedimiento, “si la respuesta es negativa o no hay respuesta, como suele ser habitual ya se puede interponer la demanda correspondiente bien en la jurisdicción social o en la contenciosa«.

Este abogado advierte que “hay que darse cuenta si recibes la resolución y no haces nada se convierte en firme y consentida, con lo cual no se puede reclamar con posterioridad vía judicial”.

Sobre la reclamación reconoce que depende del tipo de administración que uno se encuentre “en ayuntamientos puedes interponer un recurso de alzada contra la resolución negativa, otro recurso en administrativa. Solo cuando se haya desestimado se puede presentar la demanda. Todo depende de la administración y de su jerarquía existente a nivel interno”.

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