El abogado del Estado avisa de riesgo de nulidad del proceso del Tribunal de Cuentas si informa sobre los avales del Instituto Catalán de Finanzas
Eleva una consulta a la abogada general del Estado, Consuelo Castro, sobre la conveniencia de realizar o no dicho encargo. Foto: Carlos Berbell/Confilegal

El abogado del Estado avisa de riesgo de nulidad del proceso del Tribunal de Cuentas si informa sobre los avales del Instituto Catalán de Finanzas

Considera que la realización del informe que se le ha encargado puede plantearle un conflicto de intereses por ser parte en este procedimiento
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05/8/2021 11:52
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Actualizado: 05/8/2021 11:52
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El abogado del Estado ante el Tribunal de Cuentas, Rafael García Monteys, considera que la realización del informe que se le ha encargado sobre la suficiencia y legalidad de los avales asegurados por el Instituto Catalán de Finanzas (ICF) para excargos del gobierno de Cataluña puede plantearle un conflicto de intereses por ser los Servicios Jurídicos del Estado parte en este procedimiento.

Advierte de riesgo de nulidad del procedimiento si se rompe el equilibrio entre las partes.

Por ello, ha elevado una consulta a la abogada general del Estado, Consuelo Castro Rey, sobre la conveniencia de realizar o no dicho encargo.

El director de Confilegal, Carlos Berbell, publicó el pasado 28 de julio una columna de opinión, titulada ‘¿Es lógico que la instructora del Tribunal de Cuentas en la causa de los separatistas pida un informe a la Abogacía del Estado?, en la que destacaba que el abogado del Estado es parte en el procedimiento y señaló que es «altamente irregular y anómalo» que se pida un informe a una de las partes.

El 27 de julio, Esperanza García, instructora del expediente abierto en el Tribunal de Cuentas a 34 excargos del gobierno catalán en concepto de responsabilidad contable por el presunto uso irregular de fondos para las denominadas ‘embajadas catalanas’ y el Consejo de la Diplomacia Pública de Cataluña, conocido como Diplocat informó que aprecia la existencia de indicios de ilegalidad en los avales presentados por la mayor parte de los afectados para afianzar los 5.422.411,10 euros que se les reclaman y que han sido asegurados con dinero del Instituto Catalán de Finanzas.

Según informaron entonces fuentes del órgano contable, ante las dudas «sobre suficiencia y legalidad» que la instructora ve en los avales presentados por el ICF, se solicitaba a la Presidencia de la Sección de Enjuiciamiento un informe de la Abogacía del Estado ante el Tribunal de Cuentas.

El abogado del Estado designado, Rafael García, destaca en su escrito que su posición como parte en este «podría afectar directamente a la necesaria objetividad e imparcialidad que ha de regir la función consultiva».

EL EXPEDIENTE LO INICIÓ LA ABOGACÍA

García recuerda que el procedimiento se inició tras un informe emitido por la Abogacía del Estado, en el que, como en el caso del emitido por el Ministerio Fiscal, se ponían de manifiesto una serie de hechos contenidos en un informe de fiscalización del Pleno del Tribunal de Cuentas «que por su contenido y efectos podrían constituir supuestos de responsabilidad contable».

Según el escrito remitido por el presidente de la Sección de Enjuiciamiento, José Manuel Suárez Robledano, reclamando el informe, se ha pedido a la Abogacía del Estafo que responda a cuatro cuestiones concretas con respecto a los avales presentados.

En primer lugar, el Tribunal de Cuentas pregunta si el decreto por el que se creó el Fondo Complementario de Riesgos de la Generalitat de Cataluña y la prestación de aval con garantías de fondos públicos puede constituir afianzamiento de las posibles responsabilidades contables que se reclaman a ex cargos del Govern en atención al Reglamento General de Recaudación y a determinados artículos de la Ley General Tributaria.

También pregunta si tal y como indica la propia Exposición de Motivos del Decreto-Ley de la Generalitat, la concurrencia de dolo o culpa grave en las personas de los presuntos responsables contables se encuentra amparada por el artículo 3 del citado documento o debe entenderse, por el contrario, referido solo a supuestos en los que no concurran tales imputaciones contables por dolo o culpa grave.

Asimismo, quiere saber si la jurisprudencia del Tribunal Supremo ampara o no la indemnidad de los cargos y empleados públicos que actúen con dolo o culpa grave.

Por último, pregunta si el sistema de responsabilidad contable residenciado en los jueces contables del Tribunal de Cuentas permite «que sea, directa o indirectamente, la propia entidad perjudicada», en este caso la Comunidad Autónoma de Cataluña, que representa a todos los integrantes del pueblo de Cataluña (artículo 2 del Estatuto de Autonomía), «la que garantice con dinero público la posible responsabilidad contable de los ‘cuentadantes’ que puedan haber incurrido en responsabilidad contable por dolo o culpa grave, únicos supuestos legales en los que está prevista legalmente dicha responsabilidad reparadora por los perjuicios originados al pueblo de Cataluña y a su erario público, en su caso».

Entre los 34 afectados por el expediente se encuentran los ex presidentes de la Generalitat Artur Mas y Carles Puigdemont y el ex vicepresident Junqueras, así como otros ex cargos vinculados a ERC que también se acogieron al fondo público. Ante una posible negativa del órgano contable a aceptar el dinero público de este fondo para cubrir las fianzas, algunos letrados ya preparan recurso.

Tanto las fianzas como los embargos son medidas cautelares hasta que haya sentencia firme, es decir, no implican que el afectado pierda los bienes de manera inmediata. Su objetivo es el de garantizar que en caso de una futura sentencia condenatoria los perjuicios que se han producido en los fondos públicos sean reintegrados.

Tal y como establece la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, si las defensas no abonan la caución correspondiente, o ésta no se acepta, se procederá al embargo de bienes de los implicados hasta cubrir las cantidades que se les reclaman cautelarmente.

El Tribunal de Cuentas reclamó a una treintena de excargos -entre ellos el expresidente catalán Carles Puigdemont, huido en Bélgica, y el exvicepresidente de la Generalitat y líder de ERC, Oriol Junqueras– cantidades individuales por conceptos concretos que aprobaron cuando estaban en sus respectivos cargos, si bien todos ellos deberán responder al total de forma solidaria.

La mayor suma se le atribuye al exsecretario del Diplocat Albert Royo, a quien se le responsabiliza de 3,6 millones, seguido por la exinterventora de la Generalitat Mireia Vidal, por 3,1 millones; el exconsejero de Presidencia Francesc Homs, por 2,9 millones; el expresidente Artur Mas por 2,8 millones; y el exconsejero de Economía Andreu Mas-Colell por 2,7 millones.

En el caso del exconsejero de Exteriores Raül Romeva, uno de los nueve indultados por el Gobierno, la cifra alcanza los 2,1 millones de euros; Junqueras, también indultado, figura con una responsabilidad contable de 1,9 millones, al igual que Puigdemont.

El Tribunal de Cuentas informó el pasado 27 de julio que, una vez terminado el plazo dado por el tribunal, y que cumplió a las 00.00 horas de ese día, emitiría providencia de embargo a dos de ellos que no han afianzado, cuyas identidades no han trascendido.

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