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¿Quién dirige la política exterior de España: el ministro o una juez de lo Social de Ceuta?

¿Quién dirige la política exterior de España: el ministro o una juez de lo Social de Ceuta?
El profesor Felicísimo Valbuena critica en su columna la intervención de la justicia en el asunto de los menores marroquíes que entraron en Ceuta el pasado mes de mayo. Un asunto que considera que es un retorno acordado entre dos estados: España y Marruecos. De fondo de su foto, los menores marroquíes que todavía permanecen, a día de hoy, tres meses después, en Ceuta. Foto: El Faro de Ceuta.
03/9/2021 06:47
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Actualizado: 29/1/2024 17:19
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Hay un proverbio que circula ampliamente entre los juristas: «lo que no está en el sumario tampoco está en el mundo».

Ahora bien, ¿quién elabora el sumario?

Un magistrado o magistrada.

Por tanto, lo que consta en el sumario es lo que el juez quiere que conste. Y esto, por encima de cualquier consideración de carácter ontológico o axiológico.

Es decir, es una regla procesal que se impone al terreno de la realidad de los hechos, de la moral o de la política. Este «proverbio de los abogados» tiene sentido para los juristas, pero los de fuera pueden tomarlo como un disparate.

LOS HECHOS

Doña María Francisca Lorite Martínez, titular del Juzgado de lo Social Único de Ceuta, ha sustituido este mes de agosto a los titulares de los Juzgados de los Contencioso-Administrativo 1 y 2 –Ignacio de la Prieta Gobantes y Antonio Fernando Severo Castro–.

Ha decidido paralizar los retornos acordados entre los dos Estados, el español y el marroquí, a los que ella llama «repatriaciones».

PRIMERO.- Por doña Patricia Fernández Vicens en nombre y representación de la Asociación Coordinadora de Barrios para el Seguimiento de Menores y jóvenes y doña Paloma García de Viedma Alonso en nombre y representación de Fundación Raíces, instaron la adopción, como medida cautelar urgente del cese de la conducta adoptada por la Administración en relación a los menores, impugnada en el procedimiento principal.

SEGUNDO.- El 16 de agosto se dictó auto en el que se acordaba «inaudita parte» –sin haber escuchado a la parte contraria por razón de su gravedad–, la suspensión de la repatriación al Reino de Marruecos de 9 de los 12 menores antes referidos.

Mediante diligencia de ordenación se dio traslado a las partes para que en un plazo de tres días alegaran lo que estimaran oportuno en relación a la modificación, confirmación o levantamiento de la medida adoptada.

El Ministerio Fiscal instó el mantenimiento de la medida cautelarísima acordada; mientras que la Abogacía del Estado en nombre de Delegación de Gobierno de Ceuta solicitó su levantamiento.

¿QUÉ DEJA ESTA JUEZ FUERA DEL AUTO?

Pues lo esencial: Lo que verdaderamente interesa, lo que ocurrió. Doña María Francisca Lorite Martínez no ha querido verlo. Sin embargo, hay un Licenciado en Derecho, don Felipe Domingo Casas, que ha escrito en el digital «Infolibre» el mejor artículo que he leído sobre este asunto: «Marruecos no es un Estado fallido» (25/8/2021, Apartado «Librepensadores»).

Adelanto que mis citas del artículo son extensas. ¿Por qué? Porque creo que el contenido de su artículo podría haber sido el auto ideal de Ceuta.

Veamos quiénes son los que la juez, siguiendo a las dos recurrentes, llama «menores».

Don Felipe Domingo lo explica muy claro:

«La primera observación que me viene a la cabeza es que, de la entrada masiva de menores que se produjo en mayo por diversos medios, todos o la mayoría eran niños (varones) y, después de tres meses, los únicos que permanecen en Ceuta son niños, por lo que, cuando se alude al interés superior del niño, de alguna manera se está utilizando el término para discriminar a un sexo, si no más, como son las niñas, que no parece que hayan tenido tanto celo en pasar a la ciudad de Ceuta con sus hermanos, primos y amigos, ni en mayo ni después».

«La segunda observación que me hago derivada de la primera es que los niños no entraron en Ceuta huyendo de unas condiciones materiales horribles, de situaciones familiares violentas o de abuso infantil y más grave aún, huyendo de una guerra».

«Los motivos el móvil fue divulgado ampliamente: vinieron ilusionados y engañados para ver a Ronaldo al decirles que iba a Ceuta. Con este motivo u otro superior y distinto, el Gobierno de Marruecos les abrió las fronteras, les facilitó su entrada y a Ceuta acudieron 1.200 menores y otros adultos, con lo que inmediatamente se creó un conflicto diplomático entre España y Marruecos de envergadura. Una vez desengañados, 500 menores se volvieron voluntariamente a Marruecos. Este retorno voluntario no puede olvidarse».

UN RETORNO ACORDADO ENTRE DOS ESTADOS

Después de dar el contexto, que la juez no quiere incluir en el Auto, don Felipe Domingo plantea la cuestión sobre los conceptos.

En las cuatro columnas que he escrito, hasta ahora, sobre los autos que han dictado las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia de Cansaarias –sede de Tenerife–, Galicia y Andalucía, he resaltado que esos tres Tribunales coinciden en que no se atienen al método científico: Ni definen, ni clasifican ni ofrecen modelos ni demuestran.

En la cuestión de los menores marroquíes, vuelve a ocurrir lo mismo con la juez de lo Social, sustituta de los dos magistrados citados de lo Contencioso-Administrativo.

Continúa don Felipe Domingo:

«Si convenimos en el móvil, podemos acercar posturas en el debate sobre la ilegalidad de las devoluciones y si se cumplen las leyes y se vulneran los derechos de los menores. En primer lugar, sobre los conceptos. ¿Es retorno, es expulsión o deportación de los menores, como he oído con énfasis a un tertuliano? Como la Convención sobre los derechos del niño es la Carta Magna de los derechos de la infancia, echo mano de ella continuamente. Pero siendo un tratado internacional que ha sido ratificado ya por 195 países, no es lo mismo la situación económica, política y social y, por tanto, de la infancia en España, en Marruecos, en Siria, Camerún o en Afganistán, ahora que nos conmueve la situación allí. Pero todos los Estados partes, como dice la Convención, se comprometen a cumplirla».

«Me ha extrañado mucho que la ONU hable de expulsiones en el caso de los niños marroquíes, cuando a los niños se les devuelve a su país… Se habla de los menores como víctimas cuando vinieron a Ceuta por un encuentro lúdico con su ídolo«.

«Las organizaciones no gubernamentales han tomado en sus manos con tanto ímpetu, interés y ocupación la acogida y ayuda a los menores marroquíes que no quiero banalizar sus esfuerzos ante la permanencia en Ceuta de 700 menores y su preocupación por su bienestar, pero no se puede olvidar el móvil, repito, que les hizo llegar a Ceuta. Pienso así, como el Gobierno de Ceuta y de España, si no se quiere retorcer el vocabulario, que se trata de un retorno acordado entre dos Estados».

LA POLÍTICA EXTERIOR ESPAÑOLA QUE LA JUEZ IGNORA

El caso es que, en ningún momento, la juez hace constar que nos encontramos con un tema muy importante: La Política Exterior.

Después de los errores de bulto de la anterior ministra de Exteriores, Arantxa González Laya, ha llegado un Ministro que, en un tiempo récord, ha encauzado el conflicto con Marruecos: José Manuel Albares.

La juez de lo Social no se da cuenta o no se quiere percatar de que nos encontramos ante un problema muy delicado que puede acabar en un conflicto serio entre Estados vecinos.

El Rey de Marruecos ha manifestado expresamente que quiere que esos menores vuelvan a Marruecos. ¿Ha hecho caso la juez de ese propósito del Rey de Marruecos? No. También Mohamed VI ha expresado que quiere iniciar una nueva relación con España.

¿Ha tenido en cuenta la juez esa declaración?

Tampoco.

Doña María Francisca Lorite Martínez prefiere atenerse a lo que piden dos recurrentes.

Antes que ella, las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los TSJ han preferido seguir la línea que les ha indicado la Asociación Líberum a propósito del Covid-19.

Las cosas con como son.

REAPARECE LA «NUEVA TRINIDAD»

Todo esto huele ya a naftalina. En 1995, Alain Minc publicó un ensayo que tuvo un gran éxito: «La borrachera democrática. El nuevo poder de la opinión pública». Madrid, Temas De Hoy, 1995: «Una trinidad desaparece, fundamento de la democracia representativa, y entra en escena una nueva, compuesta por los jueces, los medios de comunicación y la opinión pública» (página 93) .

Así comienza el Capítulo 4, titulado «Una nueva santa trinidad», que ocupa las páginas 93-114.

En lugar de los medios de comunicación, ahora los jueces están aliados con las ONGs.

En 2006, el célebre director Claude Chabrol dirige «Borrachera de poder». Quería mostrar el poder casi omnímodo del que gozan algunos jueces.

La juez Jeanne Charmant-Killman, interpretada por Isabelle Huppert, quería resolver un caso de corrupción. Al final, resulta manejada. La juez doña María Francisca Lorite hace recordar a la protagonista de la citada película.

Una juez de lo social protagonizando un episodio de política exterior, y que sigue al pie de la letra las peticiones de dos recurrentes. Y teniendo su protagonismo en los medios.

Es un caso en el que sueñan algunos jueces, que les puede sacar del anonimato.

¿EN QUIÉN SE HA INSPIRADO LA JUEZ DE LO SOCIAL PARA SU AUTO?

Si su especialidad es lo Social, es lógico que se haya valido de la respuesta que dio el ponente de Tenerife, don Evaristo González González al recurso del Gobierno canario a propósito del Covid-19:  Que si el «fumus boni iuris», que si el «periculum in mora…».

Las 25 páginas de don Evaristo demuestran que los cinco magistrados de Tenerife carecen de conocimientos que deberían poseer y alguna instancia judicial tendría que ocuparse de autos tan carentes de base, tan desenfocados, tan perdidos y, en último término, tan inútiles para los ciudadanos.

Lo mejor del auto de la magistrada de lo Social es que sólo tiene 6 páginas, no 25.

Todo este caso demuestra que no se puede dejar la política exterior española en manos de una juez de lo Social.

Como decía Cicerón en su «Cartilinaria»: «Ubinam Gentium sumus?» (¿Entre qué gente nos movemos?).

Del Fiscal de este caso es mejor no hablar, por su ignorancia de qué es la política exterior y por recurrir a un ataque facilón al ministro del Interilor.

Le viene muy grande el caso. Bueno, ya ha tenido los cinco minutos de notoriedad.

Y ahora, ¿qué? El único que ha pisado terreno firme es el abogado del Estado.

OTRO BAÑO DE REALIDAD

Y ahora, vuelvo al artículo de don Felipe Domingo Casas.

«Para analizar y comprobar si el ministro Marlaska y el Gobierno de Ceuta incumplen este artículo (el 3.2 de la Convención de los derechos de niño), entre otros, así como la ley de extranjería u otras, en vez de intentar desarrollar una explicación teórica, me limito a hacer unas cuantas preguntas con su contestación escueta:

«¿Cuál es el país, (Estado o nación) en el que nacieron estos niños? Marruecos.

«¿Dónde viven sus padres, familiares o tutores? En Marruecos.

«¿Han renunciado sus padres a su patria potestad y a los deberes y obligaciones que tienen por haberles dado la vida? No creo.

«Y sus abuelos, ¿dónde viven? En Marruecos.

¿Dónde han sido escolarizados en estos primeros años de su infancia? En Marruecos.

«¿Cuál es su lengua materna y la cultura aprendida? El árabe y la cultura musulmana.

«¿Dónde viven sus hermanos, primos y amigos con los que han convivido, jugado y divertido? En Marruecos.

«En definitiva, ¿cuáles son sus raíces? Marroquíes, árabes, musulmanas.

«Tengo la impresión, nada más que la impresión, de que partimos de una concepción de superioridad moral y democrática y de cumplimiento y exigencia de los derechos de la infancia que no nos corresponde valorar, ni afirmar que estamos en mejores condiciones y posición para garantizar su bienestar y un futuro mejor a esos niños marroquíes que el que pueda ofrecerles su Gobierno y su monarca, que en esto último coincidimos…».

«Me cabe poca duda, con el margen suficiente a que se siga diciendo lo contrario, de que el Gobierno de España y el Gobierno de Ceuta con el Gobierno de Marruecos están cumpliendo sus compromisos y acuerdos… Me creo en la obligación de defender el retorno asistido de los menores por su interés superior, como he denunciado en tres artículos por el mismo motivo la violación de los derechos de los niños de la Cañada Real, y porque he sufrido también en carne propia la violación de ese interés superior de menores cercanos por jueces de familia ineptos».

LA DECLARACIÓN FRÍVOLA DEL PORTAVOZ DEL PP

En este caso tan importante para la política exterior española, el portavoz del PP, don José Luis Martínez-Almeida, ha estado muy frívolo. Con gran rapidez, ha contrapuesto el caso del Aquarius, como una acogida indiscriminada de emigrantes, con la expulsión de los menores a Marruecos.

Ha tenido días mucho mejores.

Ya sabemos que hace varias declaraciones cada día. Pero que su facundia no le haga ir contra la política exterior española. Y que sea más riguroso cuando emplea los conceptos.

El ministro Marlasca no gusta a muchísima gente. De acuerdo.

Ha fallado en casi todo lo que ha abordado. De acuerdo.

Entonces, cuando pase esta crisis, ya tendrán tiempo de atacar todo lo que quieran a Marlasca. Pero de momento, dedíquense a resolver esta crisis de política exterior.

Gracias a don Felipe Domingo porque, como hay he avanzado, su artículo podría haber sido el contenido ideal alternativo del lamentable auto de doña María Francisca Lorite, juez de lo Social.

Y sobre este auto, quiero acabar también con un fragmento de Gustavo Bueno que en otras ocasiones he citado:

«Pero el cumplimiento de una sentencia del poder judicial sólo queda garantizado por el poder ejecutivo. Por supuesto, los jueces mismos jamás ‘se manchan las manos’, no actúan como verdugos; entregan al condenado al ‘brazo secular’ para que haga el trabajo sucio (esposar, poner en prisión, agarrotar); y esta circunstancia contribuye decisivamente a reforzar la impresión de ‘independencia’, respecto del mundo, de la que gozan sus sentencias, como si flotasen en un éter intemporal, sin perder por ello su fuerza mágica de obligar.

«Emanadas del seno de la ley pasan a flotar, junto con otras, en el éter purísimo de la justicia, y parecen cumplirse ex opere operato en virtud de su poder intrínseco. Es una pura ilusión. Su fuerza de obligar procede de fuera de ellas mismas, a saber, del poder ejecutivo.

«Por ello, y salvo dotar al poder judicial de instrumentos ejecutivos propios (lo que implicaría, de hecho, crear un Estado dentro de otro Estado) tendríamos que concluir que las sentencias emanadas del poder judicial sólo existen realmente cuando son llevadas a efecto por el poder ejecutivo, por lo que habrá que afirmar que no son existencialmente independientes de él.

«Es, por tanto, evidente que la ejecución de una sentencia que ponga en peligro la existencia misma del poder ejecutivo y, con ello, en el límite, la existencia misma del Estado, tendrá que ser estorbada por este poder; y las sentencias que no pueden ser cumplidas (empezando ya por las sentencias a penas de cárcel de cien, doscientos o setecientos años) son sentencias utópicas, metafísicas, ridículas y puras ficciones jurídicas». Gustavo Bueno (1996), «El Basilisco», número 22, 1996, página 32.

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