El juez del caso Taula propone juzgar al PP de Valencia y a los concejales y asesores de la época de Barberá por blanqueo
Concejales y asesores del grupo municipal recibieron presuntamente dinero negro del partido y se lo reingresaron después mediante transferencias bancarias. Foto: EP.

El juez del caso Taula propone juzgar al PP de Valencia y a los concejales y asesores de la época de Barberá por blanqueo

Se trata del conocido como caso 'pitufeo' o pieza A del caso Taula
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19/10/2021 19:11
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Actualizado: 19/10/2021 19:11
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El titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia ha dictado auto de incoación de procedimiento abreviado contra 49 personas entre concejales y asesores del grupo municipal ‘popular’ en el Ayuntamiento de Valencia en la época de Rita Barberá como alcaldesa, por un delito de blanqueo en las elecciones municipales de 2015.

Se trata del conocido como caso ‘pitufeo’ o pieza A del caso Taula.

Esta operativa consistía en ingresar por parte de los procesados 1.000 euros como donativo en la cuenta que gestionaba la secretaria del grupo municipal, que presuntamente les eran devueltos con dos billetes de 500 euros, procedentes de dinero negro supuestamente «recaudado» por el que fuera vicealcalde y mano derecha de Barberá, Alfonso Grau, que de esta forma quedaba blanqueado.

El magistrado Víctor Gómez Saval acuerda también seguir el procedimiento contra el PP como persona jurídica por este mismo delito.

En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado acuerda procesar a 49 personas y al PP; reabre las actuaciones contra el exedil Miquel Domínguez que en su día se siguieron ante el Tribunal Superior de Justicia por su etapa de diputado; decide el sobresimiento libre sobre los concejales fallecidos María José Alcón y Emilio del Toro y archiva provisionalmente la causa por malversación a la exedil Beatriz Simón.

El magistrado, que da veinte días a Fiscalía y las acusaciones para que soliciten el archivo o apertura de juicio y presenten escrito de acusación, deja fuera del procedimiento a los administradores provinciales del partido.

La resolución no es firme y contra ella cabe recurso.

La causa comprende los comicios municipales de 2007, 2011 y 2015, elecciones estas últimas por las que encausa a 17 ediles por blanqueo: Ana María Albert; Vicente Aleixandre; Mayrén Beneyto; Lourdes Bernal; Félix Crespo; Cristóbal Grau; Vicente Igual; Juan Vicente Jurado; Francisco Lledó; Alberto Mendoza; Alfonso Novo; María Jesús Puchalt; Maria Àngels Ramón-Llin; Ramón Isidro Sanchis; Juan Eduardo Santón; Silvestre Senent y Beatriz Simón.

A Alfonso Grau el juez le considera «recaudador de recursos económicos sustraídos a la regularidad y transparencia contable» y le atribuye delitos relativos a los anteriores comicios ya que en 2015 había dimitido por el caso ‘Noos’.

Además, figuran como encausados la exsecretaria del grupo municipal y exedil, María del Carmen García Fuster, que era quien administraba esos recursos; asesores o el exdirector de la Fundación Turismo Valencia, José Salinas.

Para el magistrado, de la investigación realizada se desprende «de un modo diáfano» que el PP de Valencia ingresó y destinó a las campañas electorales una cantidad de dinero y de recursos «muy superior a la establecida legalmente», y muy especialmente en la de 2007, y lo hizo mediante procedimientos «clandestinos» de financiación que vulneraban los límites de la LOREG así como la Ley de Financiación de Partidos Políticos (LFPP).

Según el instructor, fue una sobrefinanciación articulada «exclusivamente» en el «ámbito local» del partido, que «se confundía plenamente» en su actividad política con la actividad política y económica del grupo municipal en el Ayuntamiento.

Se trata, añade, de una actividad «opaca, aparentemente, a la estructura nacional del Partido Popular», que fue llevada a cabo por «pocas personas» en el círculo «más estrecho» de confianza de Barberá, y cita en concreto a Grau y Fuster.

Para el magistrado, los hechos relativos a las elecciones municipales de 2007 pueden constituir malversación de caudales públicos y cohecho impropio –ya prescrito–, de los que sería autor Grau.

En el caso de la campaña de 2011, cree que hubo cohecho pasivo impropio en la persona de Grau, y de blanqueo de capitales en el que habrían incurrido tanto este como García Fuster.

Asimismo, sostiene que José Salinas y Juan Eduardo Santón, este último al frente de Fivec, pudieron ser cooperadores de la malversación al consentir contratos «de vago contenido prestacional y una significada onerosidad, sin una explicación suficiente en descargo de ello».

Por último, señala que los hechos de la campaña de 2015 presentan caracteres indiciarios de blanqueo de capitales, del que serían presuntos autores todos los concejales, asesores del grupo municipal y miembros del PP de esa época que efectuaron el ingreso de los 1.000 euros, a excepción de una de las asesoras, que devolvió el dinero recibido tras reflexionar.

DENUNCIA EN FISCALÍA DE UN EXASESOR DE GRAU

El inicio de la investigación se inició con la aportación de documentación en Fiscalía por parte de un exasesor de Grau que había trabajado en Laterne, la primera de las empresas implicadas y que formaba un entramado dirigido por un amigo del exvicealcalde.

De estos documentos, según el juez, se desprenden indicios de que, a través de terceras empresas, todas ellas vinculadas contractual y económicamente con el Ayuntamiento, Grau pudo obtener ingresos y dádivas.

El entonces vicealcalde los canalizó a través de transferencias de esas compañías al entramado de Laterne, bien mediante facturación falsa emitida por esta última por servicios inexistentes y, en especial, mediante supuestas aportaciones para una contribución conjunta a la constitución de la sociedad PMC, que iba a servir «de pantalla», bajo la cobertura de planificación y ejecución de proyectos singulares en la ciudad, aunque nunca tuvo actividad.

Para los comicios de 2011, y dado que el entramado de empresas alrededor de Laterne había desaparecido –el propietario falleció–, Grau contactó con Trasgos, con un precio pactado de 170.000 euros, de los que se pagaron 167.678.

Sin embargo, según el juez, a partir de julio de 2010 en una libreta bancaria manuscrita de García Fuster empiezan a aparecer unas anotaciones de «aportaciones CyA», ingresos en efectivo realizados en la cuenta por ella misma.

Fuster aseguró que ese dinero procedía de simpatizantes del PP, que entregaban a una persona que lo recaudaba pero cuyo nombre se negó a desvelar.

El juez señala que la UCO, sobre la base de la información suministrada por Hacienda y de declaraciones de empresarios subcontratados que facturaron a Trasgos, recoge pagos que alcanzarían los 277.129,29 euros, por encima de lo pactado. De este informe, la UCO deduce la existencia de movimientos de dinero que confirmarían que en 2011 se repitió la operativa de 2007.

Para 2015, con Grau dimitido poco antes de las elecciones, el presidente del PP de Valencia, Alfonso Novo, pasó a ser el nuevo portavoz del grupo. En su declaración policial aseguró que la aportación de los 1.000 euros fue decidida por todos los miembros del grupo en una reunión.

Entre el 23 de marzo y el 16 de se llevaron a cabo las transferencias bancarias: el día 1 de abril figura la de Rita Barberá y la última fue la de Alcón, esposa de Grau y en ese momento asesora.

Para el magistrado, esto ha quedado acreditado por el reconocimiento del hecho por una investigada y las testificales de cuatro asesores que se negaron a contribuir y relataron con «suficiente coherencia» y «detalle» las instrucciones recibidas, de quién y las «difíciles circunstancias» que implicó su negativa, sin que se aprecie en ellos «elementos de animosidad o malquerencia».

Y también por las conversaciones telefónicas entre la concejala Alcón con su hijo y su hermana, donde hablaba de «blanqueo» y «corrupción», así como la conversación de whatsapp en la que algunos de los investigados bromean sobre la devolución de los billetes de 500.

Otro indicio es el hecho de que algunos de los donantes, «supuestamente desobedientes a las instrucciones recibidas, bien por necesidad o simplemente por la molestia de conservar y la dificultad de cambiar billetes de 500, decidieran por su cuenta y riesgo ingresarlos en el banco, desoyendo las advertencias».

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