El acuerdo de Gobierno, Unidas Podemos, ERC y PNV posibilitará que los interinos con cinco años en la misma plaza sean fijos
En la Disposición Adicional Sexta se incluye la llamada 'Convocatoria Excepcional de Estabilización de Empleo Temporal de Larga Duración'. Foto: EP.

El acuerdo de Gobierno, Unidas Podemos, ERC y PNV posibilitará que los interinos con cinco años en la misma plaza sean fijos

Aplicable a los interinos en fraude desde hace cinco años y a todas las administraciones
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12/11/2021 01:00
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Actualizado: 12/11/2021 00:14
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El concurso de méritos obligatorio se perfila como la solución al problema de la temporalidad y a la estabilización de los interinos. De esta forma, los funcionarios interinos que estén ocupando la misma plaza desde antes del 1 de enero de 2016 podrán ver consolidado su puesto, sin opositar, a partir de un concurso de méritos.

Queda descartada la propuesta socialista de reducir el concurso a aquellos interinos a partir de los diez años y que su plaza no hubiera salido en ninguna oferta pública, cuestión que la titular de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ya comentó en la tramitación del Real Decreto-Ley en el Congreso, muy criticada desde diferentes ámbitos.

Tras unas negociaciones bastante tensas, se ha llegado a este importante acuerdo entre ERC, Unidas Podemos y PNV con el propio Gobierno para resolver la problemática de los interinos y reducir la temporalidad del sector público, tal y como pide la Unión Europea para poder recibir los fondos.

Las cuatro fuerzas políticas impulsan el texto para trasponer el Real Decreto-Ley 14/2021, el famoso ‘Icetazo’, donde aparece la Disposición Adicional Sexta que incluye la llamada ‘Convocatoria Excepcional de Estabilización de Empleo Temporal de Larga Duración’.

El texto irá a la Comisión de Función Pública dentro de unos días  donde se debatirán algunas enmiendas, pero todo parece indicar que no su contenido final no sufrirá modificaciones.

La idea es que a primeros de diciembre, tras pasar por el Senado, donde parece que no habrá muchos cambios vuelva al Congreso y se apruebe en el Pleno este proyecto de ley que pretende frenar la temporalidad, estabilizar al personal interino en fraude de ley cumplir con la normativa europea.

La transposición del Real Decreto-Ley 14/2021 sufre un vuelco importante al aceptar el Gobierno las tesis de sus socios de impulsar un concurso de méritos libre, siguiendo el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), para los interinos que lleven cinco años y que será obligatorio para las diferentes administraciones.

Fruto de la negociación se ha llegado a ese acuerdo y se han descartado los tres años que tanto los expertos consultados por Confilegal, como sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo señalan como inicio del abuso en los interinos, cuyo número se eleva a 800.000 en España.

En la redacción del EBEP esta iniciativa queda reflejada de esta manera:

Disposición adicional sexta: Convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración

«Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 del Texto Refundido del Estatuto del Empleado Público (TREBEP), por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad al 1 de enero de 2016″.

Y añade: «Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales y respetarán, en todo caso, los plazos establecidos en esta norma».

En el borrador de la Exposición de Motivos de este futuro proyecto de ley, que Confilegal ha podido consultar, se indica que «sobre este concurso como proceso excepcional, cabe traer a colación la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional sobre el principio de igualdad en el acceso a los cargos y empleos públicos (artículo 23.2 CE), que únicamente puede ser exceptuada por razones excepcionales y objetivas».

«Además, este acceso ha de ordenarse de manera igualitaria en la convocatoria mediante normas abstractas y generales con el fin de preservar la igualdad ante la ley de la ciudadanía, lo que obliga al legislador y a la Administración a elegir reglas fundadas en criterios objetivos y presididos por los cánones de mérito y capacidad que el artículo 103.3 CE dispone  (SSTC 67/1989, 27/1991 y 60/1994)».

Concurso oposición de 3 a 5 años

Al mismo tiempo, este documento establece un concurso oposición para los interinos que se encuentren en situación de fraude de tres a cinco años, donde según el artículo 2 del texto pactado, las pruebas podrán no ser eliminatorias y que esos méritos que se acrediten serán como mínimo el 40% de la oposición.

Según la redacción del texto, lo que se pretende es que se tenga como valor clave en ese concurso oposición la experiencia de ese profesional en esa escala o categoría concreta que se saca a concurso.

Otra fuente vinculada a esta negociación confirma que este concurso de méritos ayuda a mantener la condición de funcionarios a quien lo supere, con todos los derechos inherentes a ellos.

Y es por eso por la que se ha optado al ser la más garantista de las existentes al convertirlos en funcionario de carrera.

De esta forma, según indican fuentes cercanas a esta negociación, se libera a esas personas por edad y situación personal de una oposición más compleja, ya que  los interinos por su edad y condición familiar partirían con desventaja para poder preparar la misma.

Al final con esos méritos, nadie va a tener esa experiencia similar en cualquier plaza, con lo cual se salvaguarda que puedan perderla.

Para los firmantes del acuerdo la sensación es que si las administraciones cumplen estos postulados habrán pocas indemnizaciones que se tengan que dar.

También se indica que se han seguido muy de cerca las últimas sentencias judiciales que dan la fijeza a trabajadores interinos.

Desde la negociación señalan que si hubieran llegado unas semanas antes habrían valido para seguir ejerciendo presión al Gobierno.

La previsión es que a través de este concurso de méritos se estabilice más del 80% de los interinos en fraude de ley en estos momentos que no hayan sido cesados ya.

El acuerdo supone una victoria para el colectivo de interinos, que en España se eleva a 800.000 personas.

Administraciones públicas y EBEP

Una cuestión que será importante es que las diferentes administraciones públicas que convoquen dichos procesos selectivos tendrán que hacer las bases. En ese escenario se apela a la ética de las administraciones para que impulsen el 61.6 del EBEP y pongan en marcha dichos procesos de forma uniforme en todo el territorio nacional.

Sin embargo, en el caso de que no se superase dicho concurso de méritos la indemnización es la misma que ya aparece en el Real Decreto-Ley 14/2021, de 20 días por año trabajado, pese a que Unidas Podemos y ERC proponían un incremento mayor, pero no hubo consenso en esta cuestión.

En el documento se señala que a partir de la entrada en vigor de este proyecto de ley se indica en el artículo 1 que dichas actuaciones irregulares de las administraciones públicas podrían dar lugar a la responsabilidad patrimonial de las administraciones de acuerdo con la normativa vigente.

En cuanto a los calendarios establecidos para la puesta en marcha de estos procesos de estabilización, las ofertas de empleo que articulen los procesos de estabilización contemplados así como el nuevo proceso de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes del 1 de junio de 2022 y serán coordinados por las Administraciones Públicas competentes.

La publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público deberá producirse antes de 31 de diciembre de 2022.

Por su parte, la resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes de 31 de diciembre de 2024. Con la tramitación de este proyecto de ley, en definitiva lo que se pretende, según se indica en la Exposición de Motivos, es «activar un conjunto de medidas regulatorias directamente ordenadas a atajar la excesiva temporalidad«.

 “Las medidas de carácter preventivo actúan mediante una delimitación de la causa y término en la figura del personal funcionario interino y se dirigen a evitar un uso indebido de esta figura; descartar cualquier expectativa de permanencia tras su selección por procedimientos presididos por la publicidad, igualdad, mérito, capacidad y celeridad, y objetivar las causas de terminación de la relación interina, ofreciendo mayor claridad sobre la duración máxima de la permanencia de este personal”.

“Al propio tiempo se aplica al personal funcionario interino el régimen general del personal funcionario de carrera en cuanto sea adecuado a la naturaleza de su condición temporal y al carácter extraordinario y urgente de su nombramiento, salvo aquellos derechos inherentes a la condición de funcionario de carrera”.

Habrá que estar, por tanto, atento al desenlace final de la tramitación de dicho proyecto de ley y a cómo encaja el colectivo de interinos en nuestro país el mencionado texto normativo. Parece que la solución a esta pesadilla para los 800.000 interinos en fraude de ley está algo más cerca.

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