El TSJ de Castilla y León rechaza paralizar cautelarmente la actividad de la estación de esquí de Navacerrada
Recuerda, como ya lo hizo en el auto de 2 de diciembre, que el aprovechamiento del monte «se vienen realizando durante los últimos 25 años». Foto: EP.

El TSJ de Castilla y León rechaza paralizar cautelarmente la actividad de la estación de esquí de Navacerrada

Concluye que "no puede entenderse que la falta de adopción de las medidas interesadas causen perjuicios irreversibles"

10 / 12 / 2021 16:00

Actualizado el 10 / 12 / 2021 16:00

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha denegado la petición de la Abogacía del Estado, en representación del Organismo Autónomo Parques Nacionales (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico), de paralizar la realización de actividades de esquí en el monte segoviano de Pinar de Valsaín donde se encuentra la estación de esquí del puerto de Navacerrada.

En el auto, con fecha de hoy, la Sala de lo Contencioso-Administrativo deniega, tras escuchar a las partes, las medidas cautelares solicitadas por Parques Nacionales dentro del recurso presentado contra el acuerdo de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la incompetencia de esta Administración autonómica para resolver la solicitud de interrupción del plazo de ocupación del monte.

El tribunal, formado por Ana María Martínez Olalla -presidenta-, Encarnación Lucas Lucas, Felipe Fresneda Plaza y Luis M. Blanco Domínguez, explica en la resolución, contra la que cabe recurso, que «no puede entenderse que la falta de adopción de las medidas interesadas causen perjuicios irreversibles».

Recuerda, como ya lo hizo en el auto de 2 de diciembre en el que se denegaron las medidas cautelarísimas, que el aprovechamiento del monte «se vienen realizando durante los últimos 25 años».

«El perjuicio debe entenderse que estaría más bien ínsito en el impedimento del uso y la posible retirada de las instalaciones, lo que podría crear una situación definitiva de difícil reversibilidad de acordarse al momento actual dicho impedimento del uso y eventualmente el desmantelamiento de dichas instalaciones».

«Todo ello, sin necesidad de contemplar otros eventuales perjuicios como es la extinción de las relaciones laborales o de otro tipo que pueden haberse constituido por la concesionaria», afirma el TSJ.

La Abogacía del Estado pedía la inminente paralización de todo uso del monte por parte de la empresa concesionaria, de manera que no pueda explotar, sin título habilitante en vigor, las instalaciones cuyo desmontaje y retirada se le ha solicitado por el Organismo Autónomo, por lo que requirió al TSJ que impidiera la realización de actividades de esquí y el uso de las instalaciones hasta la resolución del proceso contencioso administrativo.

En concreto, lo que recurre es el acuerdo de 14 de octubre de 2021 de la Junta de Alfonso Fernández Mañueco en el que se declara la incompetencia de esa Administración autonómica para resolver la solicitud de interrupción del cómputo del plazo de la ocupación de 7,6556 ha. en el monte del Catálogo de utilidad pública de la provincia de Segovia denominado Pinar de Valsaín, donde se ubica la estación de esquí, la caducidad, en su caso, de la concesión y para dictar los actos liquidatarios de ésta.

La Sala explica que, sin perjuicio de la decisión de fondo que se adopte al resolver de forma definitiva el recurso, «no se aprecia por las alegaciones de la recurrente, la existencia de un vicio de nulidad radical, pues aun cuando se encuentra una razonabilidad en la argumentación que se contiene en la solicitud de la medida interesada, no concurren en el presente momento los presupuestos necesarios para la adopción de las medidas interesadas, ya que están más vinculadas a un análisis sobre el fondo y ha de tenerse en cuenta, que la postura de la Administración de la Comunidad Autónoma es al menos razonable, para descartar en el presente momento procesal un supuesto de nulidad de pleno derecho».

Por todo ello, concluye que no procede la adopción de las medidas cautelares interesadas por Parques Nacionales.

La estación de esquí anunció esta semana en su página web que hoy abriría la parte baja de la estación y las pistas del Escaparate y el Telégrafo. Sin embargo, finalmente se han visto obligados a posponer la apertura, tal y como explican en un nuevo comunicado, debido a las condiciones meteorológicas.

Noticias relacionadas:

El gerente del Zamora Club de Fútbol, despedido por no trabajar: dejó al club sin equipación, ni transporte, ni patrocinios

Muñoz Machado ingresa en la Real Academia de Jurisprudencia y se convierte en el único miembro de tres reales academias del Instituto de España

Opinión | Es difícil sostener una acusación penal contra David Sánchez

Ocho de cada diez recursos de casación ante el Supremo mueren en la admisión: CASIA Legal, una nueva IA, ha llegado para evitarlo

Mercadona despide a un trabajador por sacar al perro o hacer la colada estando de baja por artritis

Alcampo despide a una gerente por autorebajar el lomo embuchado y recurre porque dice que es una «represalia» por reducirse la jornada

Lo último en Tribunales

cristina álvarez asesora begoña gómez

La asesora de Begoña Gómez, Cristina Álvarez, entrega su pasaporte de forma anticipada al juez Peinado

rodríguez zapatero

Zapatero cuestiona la validez de dos pruebas clave del caso Plus Ultra y plantea su nulidad

ChatGPT Image 17 jun 2026, 17_28_18

Condenados dos exdirectivos de Sistemas Digitales Corporate por utilizar información confidencial para montar su propia empresa

Turiel

El abogado de Ábalos denuncia «arbitrariedad» en la sentencia del Supremo y anuncia que recurrirá ante los tribunales europeos

Aldama

La Justicia «premia» la colaboración de Aldama y no irá a prisión por el caso mascarillas