El TS eleva a 4 millones la indemnización que tendrá que pagar el expresidente de Sanitas a Hacienda por dos delitos fiscales
Un juzgado de lo Social de Bilbao declaró improcedente el despido y el TSJ del País Vasco lo declaró nulo, decisión que ahora ha confirmado la Sala de lo Social del Supremo. Foto: Confilegal.

El Supremo concluye que el despido de una empleada del hogar embarazada es nulo, aunque la empleadora desconozca el embarazo

Entiende que se debe aplicar la protección objetiva del embarazo recogida en el Estatuto de los Trabajadores

27 / 01 / 2022 15:02

Actualizado el 27 / 01 / 2022 16:59

El Tribunal Supremo señala que el despido de una empleada del hogar embarazada es nulo, aunque la empleadora desconozca su situación, al entender que en este supuesto se debe aplicar la protección objetiva del embarazo, recogida en el artículo 55.5 b) del Estatuto de los Trabajadores.

La Sala de lo Social da la razón así, en la sentencia 1/2022, 11 de enero, a una empleada del hogar que trabajaba de lunes a viernes en casa de una mujer de 91 años desde el año 2014.

La trabajadora inició una incapacidad temporal por enfermedad común en junio de 2017 y, posteriormente, por accidente de trabajo, al hacerse daño en una muñeca tras caerse mientras trabajaba.

El 21 de julio, se le comunicó por SMS que con fecha 4 de agosto quedaba resuelta la relación laboral y que se le avisaría para recoger sus pertenencias.

Días más tarde, el 28, en otro SMS, le dijeron que pasara a recoger sus pertenencias, momento en el que ella anunció que estaba embarazada. El día 4 de agosto se le entregó el documento de desistimiento del empleador, que la trabajadora firmó no conforme.

Además, se le abonó el finiquito por importe de 2.316 euros que incluía la indemnización por desistimiento de 1.216 euros. La empleada finalmente no dio a luz. Un juzgado de lo Social de Bilbao declaró improcedente el despido y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco lo declaró nulo.

Ahora, el tribunal, formado por Rosa María Virolés Piñol, Ángel Blasco Pellicer, María Luz García Paredes, Juan Molins García-Atance e Ignacio Garcia-Perrote Escartín -ponente-, confirma el fallo del TSJ del País Vasco.

La Sala desestima el recurso de casación interpuesto por la empleadora contra la sentencia recurrida, en el que afirmaba que en el momento del despido desconocía la existencia del embarazo de la empleada del hogar, por lo que no podía aplicarse a este caso la protección reforzada del despido del artículo 55.5 b) del Estatuto de los Trabajadores.

El Supremo indica que en este caso la empleadora incumplió los requisitos establecidos por el artículo 11.3 del Estatuto de los Trabajadores, ya que en la comunicación de 21 de julio de 2017 no constaba de modo claro e inequívoco la voluntad empresarial de dar finalizada la relación laboral por desistimiento, ni tampoco se puso a disposición de la trabajadora la indemnización en metálico.

Señala que, de acuerdo con el Real Decreto 1620/2011, «ese incumplimiento tiene como consecuencia que legalmente se asume que se está ante un despido y no ante un desistimiento empresarial».

Además, recuerda que, en los preceptos de despido del trabajador, el artículo 55.5 b) del Estatuto de los Trabajadores dispone la nulidad objetiva del despido de las trabajadoras embarazadas.

En consecuencia, desde la perspectiva de las normas reguladoras del despido de una empleada del hogar, concluye el tribunal, resulta de aplicación la protección objetiva del embarazo prevista en el artículo 55.5 b) del Estatuto de los Trabajadores.

La Sala aplica el criterio de la perspectiva de género a este supuesto y señala que el embarazo es un elemento diferencial que, por razones obvias, incide de forma exclusiva sobre las mujeres.

Asimismo, añade que es notorio que son las mujeres a las que de forma absolutamente mayoritaria se les aplica el Real Decreto 1620/2011, sobre la relación laboral especial del servicio del hogar familiar.

Noticias relacionadas:

El «patrón» de un cayuco que llegó a Canarias, condenado por tráfico de migrantes, aunque él también era inmigrante

El PSOE busca querellarse contra Aldama por injurias y calumnias tras sus declaraciones en el «caso Koldo»

Opinión | Doctrina del TS tras el caso Obadal. Fijeza para «aprobados sin plaza», doble indemnización por abuso y sanciones

El Supremo solicita a la Eurocámara que levante la inmunidad a Alvise por el presunto acoso a dos eurodiputados

El Supremo descarta convertir en fijos al personal laboral de la Administración sin superar un proceso de oposición

Opinión | La lucha contra el absentismo: una finalidad legítima, un problema sin resolver

Lo último en Tribunales

Ismael Moreno y Víctor de Aldama

Aldama declara el jueves como investigado ante el juez Moreno por los contratos de mascarillas de Baleares

DESPIDO CAÑA DE LOMO

Alcampo despide a una gerente por autorebajar el lomo embuchado y recurre porque dice que es una «represalia» por reducirse la jornada

CNMV

La Audiencia Nacional avala que el plus de transporte sostenible de la CNMV solo se cobra si se usa el transporte público

residencia ballesol

Un médico lleva a la residencia Ballesol de Madrid ante los tribunales: «es la residencia del terror»

universidades forman futuros abogados con IA

La AN estudiará si es lícito el control biométrico de los alumnos en los exámenes de la universidad para evitar la suplantación