Casero en el Supremo, investigado por un supuesto delito continuado de prevaricación administrativa
La magistrada Patricia Gutiérrez consdiera que hay claros indicios de la comisión del delito, de ahí que lo haya elevado al Supremo, órgano competente por ser Casero diputado y, por lo tanto, aforado.

Casero en el Supremo, investigado por un supuesto delito continuado de prevaricación administrativa

Es el diputado del PP que se equivocó en al votación de la reforma laboral
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23/2/2022 06:50
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Actualizado: 23/2/2022 08:46
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La titular del Juzgado de Instrucción 2 de Trujillo, Cáceres, Patricia Gutiérrez, ha elevado a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo la causa contra el diputado del PP, y exalcalde de esa ciudad, Alberto Casero, por considerar que existen claros indicios de la comisión de un delito continuado de prevaricación administrativa.

Casero, el diputado que se equivocó en la votación de la reforma laboral, es aforado y el órgano competente es, por lo tanto, el Tribunal Supremo.

La magistrada Gutiérrez recuerda que este delito suele sancionar supuestos en los que la posición de superioridad que proporciona el ejercicio de la función pública se utiliza para imponer arbitrariamente a voluntad de la autoridad.

Las diligencias previas se incoaron por la denuncia presentada por la Fiscalía a la luz del estudio de diversos contratos, acuerdos o convenios concertados por Casero como alcalde de Trujillo durante 2017 y 2018.

La magistrada Gutiérrez entiende que puede existir «indiciaria responsabilidad penal» del diputado.

De acuerdo con las investigaciones realizadas, ha quedado acreditado que Casero el 3 de marzo de 2017 contrató a Pablo Bonilla como psicólogo para asistir a mujeres víctimas de violencia de género, que éste cobró facturas por esos trabajos por importe de más de 6.000 euros a pesar de estar dado de baja de la Seguridad Social, y que firmó con él un contrato menor en agosto de ese año por valor de 18.000 euros anuales.

Según indica, Casero «no informó ni aportó al Ayuntamiento el contrato suscrito ni se instruyó expediente de contratación ni se recabó informe del órgano de Contratación sobre la necesidad del servicio, ni se aprobó el gasto».

Tampoco consta que Bonilla realizara los servicios por los que presentó factura y eso que ese tipo de actividad se canalizaba a través de la Comisión de Violencia de Género «a la que no le consta ninguna actuación» por parte de esta persona.

Recoge la exposición razonada que, además, Bonilla acabó reclamando parte de las facturas que no había cobrado por la vía judicial y que de hecho hubo condena al ayuntamiento para que se las abonara.

CÁMARA COMERCIO DE PERÚ

El escrito remitido al Supremo indica asimismo que Casero firmó un convenio con la Cámara de Comercio de Perú que llevaba aparejado un contrato por el que se comprometía a realizar una aportación económica de 25.000 euros para financiarlo.

Pero Casero no informó a los servicios económicos ni jurídicos del consistorio y no aportó copia del convenio al interventor. Recuerda el escrito de la juez que ese convenio no fue aprobado en pleno ni por resolución de alcaldía y no se sometió a información pública ni se publicó en el BOE. Añade que ese contrato no podía adjudicarlo directamente porque superaba los 18.000 euros y por tanto precisaba licitación.

La exposición razonada recuerda que la Cámara de Comercio de Perú reclamó facturas por importe de 15.000 euros que no fueron abonadas por el consistorio ya que existía una nota de reparo del interventor

EL POP EYE DE TRUJILLO

Además del asunto del psicólogo y del convenio, el juzgado menciona otros tres asuntos. Uno de ellos hace referencia al compromiso verbal de Casero en 2017 con la Asociación Cultural Bon Vivant para celebrar en Trujillo la gala ‘Pop Eye’ a cambio del patrocinio institucional de 18.000 euros.

Pero una vez más, Casero no informó a los servicios competentes, y no tramitó expediente. Y en 2018 firmó el convenio y se comprometió a aportar otros 9.000 euros por otros costes, pero el ayuntamiento no abonó nunca esas facturas.

También en 2018 contrató a Icaro Consultores en Comunicación para organizar la feria del queso por un importe de 14.300 euros como contrato menor. El procedimiento no siguió los cauces habituales, y resultó inadecuado porque era un servicio periódico y previsible año tras año.

En el marco de la feria internacional del queso firmó también contrato con Radio Interior SL para promocionarla. El contrato una vez más fue menor cuando no podía ser así porque superaba los 15.000 euros y además era una prestación periódica. Al igual que ocurriera en otras ocasiones, la empresa acabó llevando a los tribunales al ayuntamiento para poder cobrar las facturas.

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