¿Qué pasa si el usuario de una «revolving» aún debe dinero al banco en el momento de poner la demanda?

¿Qué pasa si el usuario de una «revolving» aún debe dinero al banco en el momento de poner la demanda?

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19/4/2022 11:35
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Actualizado: 19/4/2022 11:42
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Las tarjetas revolving, que permiten a los usuarios financiar sus compras hasta un límite autorizado, acumulan un cada vez más extenso recorrido judicial desde que el Tribunal Supremo sentara jurisprudencia declarando nula una tarjeta de crédito revolving por usuraria y solventando ciertas dudas interpretativas respecto a la consideración del tipo de interés que incorporan los créditos revolving como usurario.

Muchos usuarios de estas tarjetas han denunciado o tienen pensado denunciar estos contratos, si bien los expertos advierten de que es necesario estudiar bien nuestro caso antes de lanzarnos a la vía judicial. Especialmente cuando todavía se debe dinero al banco en el momento de poner la demanda.

¿Qué ocurre con los pagos pendientes en un juicio por una tarjeta revolving?

Si se gana el juicio, el contrato se declara nulo. Esto significa que el banco tendrá que devolverle al cliente los intereses y comisiones cobrados de más. No obstante, si todavía deben parte del capital que el banco les ha prestado, los clientes deberán devolver al banco este importe. Y tendrán que hacerlo en el plazo de 20 días hábiles y en un solo pago una vez que la sentencia sea firme.

Muchos clientes a los que les cuesta amortizar su deuda “se lanzan a demandar al banco sin que su abogado les haya informado de que estarán obligados a afrontar el pago incluso si ganan el juicio y que este debe hacerse porque si no la entidad tendrá derecho a demandarles”, según Antonio Gallardo, experto de Banqmi. “Un servicio jurídico de calidad siempre debe informarle de las posibles consecuencias de no devolverlo a tiempo”.

El 30% de las personas que ganan un juicio por una tarjeta revolving tienen que devolver dinero al banco

Fuentes del sector jurídico estiman que hasta el 30% de los usuarios de estas tarjetas que demandaron al banco y ganaron el juicio tenían todavía capital pendiente por devolver. Este es un porcentaje elevado, teniendo en cuenta que, en función del perfil del usuario, muchos de ellos, no podrán hacer frente a la deuda final con el banco en el plazo establecido.

Esto es así ya que, una vez presentada la demanda, la declaración de nulidad de una revolving, como la de cualquier contrato, implica que tengan que restituirse las prestaciones de modo recíproco.

Un ejemplo

Para entender la situación, desde iAhorro citan un ejemplo:

«Una persona que ha aplazado compras por valor de 5.400 euros con su tarjeta revolving. En el momento de interponer la demanda, había devuelto 1.800 euros de ese capital y había pagado 2.100 euros en concepto de intereses y comisiones por impago.

Si gana el juicio, el banco le tendrá que devolver esos 2.100 euros de intereses cobrados de más, pero el usuario tendrá que abonar al banco la parte de capital principal que todavía le queda pendiente: 3.600 euros (5.400 euros menos 1.800 euros).

En resumen, el resultado final de la sentencia sería que el cliente tiene que devolver al banco 1.500 euros (los 3.600 que tenía pendientes menos los 2.100 que el banco tiene que devolverle por el cobro de intereses)».

Ello en un plazo de 20 días.

Ojo con las costas

Por supuesto, al pago de las obligaciones pendientes habrá que añadir la minuta del abogado que le ha atendido y llevado el caso. Y, en la mayoría de casos, ceder también las costas judiciales derivadas del caso, advierten desde iAhorro.

«los abogados, bajo la premisa de “gratuidad” pactan con los clientes llevarse las costas y estos acceden porque suelen desconocer a cuánto pueden ascender. Si el cliente hubiera recibido las costas, como le correspondería, podría hacer frente a la deuda pendiente con el banco en la mayoría de los casos»

Esta práctica solo es legal cuando se ha llegado a un acuerdo entre las dos partes (cliente y abogado) y siempre que se realice de una forma proporcional y transparente. Pero, explica Gallardo, “estamos viendo que en procesos donde es muy seguro que gane el cliente y las cantidades sean importantes se suele hacer una cesión total de las costas muy desproporcionada, y que el cliente desconoce”.

Negociar con el banco la devolución de la deuda por tarjeta revolving

Para hacer frente a la devolución del dinero que se debe al banco, en un sólo pago, existen varias alternativas. Una de ellas podría ser buscar «alguna financiación temporal que sirva de ‘puente’: desde un anticipo nómina a un préstamo personal”.

Aunque esto al final puede ser contraproducente, ya que la idea de salir de una deuda adquiriendo otra no nos va a dejar salir de la espiral en la que nos encontramos.

En estos casos, también una negociación con el banco podría ser una buena alternativa. «Dependiendo del caso, algunas entidades están dispuestas a ofrecer algún tipo de solución de pago a estos clientes para que puedan devolver el capital pendiente a pesar de haberles demandado», añade Gallardo.

Así nos podríamos evitar una desagradable situación, ya que en el caso de no devolver la deuda, el banco tiene la opción de pedir el embargo de los bienes del cliente demandante basándose en la declaración de nulidad y ejerciendo su derecho a recobrar la deuda por los cauces judiciales previstos.

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