Algunas de las organizaciones más representativas de los 11.000 procuradores se han manifestado públicamente contra la eliminación del arancel mínimo y la imposición de un tope de 75.000 euros para el arancel máximo, sumando todas las instancias. En la foto, la ministra de Justicia, Pilar Llop, que llevó la modificación de este Real Decreto al Consejo de Ministros de hoy.

El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto modificado que elimina los aranceles mínimos a los procuradores

3 / 05 / 2022 14:40

Actualizado el 03 / 05 / 2022 20:04

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El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la modificación del Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre por la que se que eliminan los aranceles mínimos existentes, por los que los procuradores se han venido rigiendo hasta ahora, y establece un techo máximo de 75.000 euros para un mismo asunto, actuación o proceso.

La nueva norma, realizada a propuesta de la ministra de Justicia, Pilar Llop, “armoniza el ordenamiento jurídico español con la normativa europea”, según un comunicado de esta cartera. 

Además, “el sistema arancelario que rija los derechos de los procuradores no podrá fijar límites mínimos para las cantidades devengadas en relación con las distintas actuaciones profesionales realizadas”, subraya.  

De acuerdo con el Ministerio de Justicia, el nuevo Real Decreto se articula a partir de la negociación del precio de prestación del servicio entre el procurador de los tribunales y su cliente, en un entorno libre de competencia. Sin perjuicio de la existencia de un arancel máximo que sirva de protección al consumidor y de la obligatoriedad de presentar, por parte del procurador de los tribunales a su cliente, un presupuesto previo. 

La decisión de la ministra de Justicia de eliminar los aranceles mínimos ha sido ampliamente contestada y criticada desde la procura. 

Los Consejos de Procuradores de Cataluña, Galicia, Valencia y el Colegio de Procuradores de Madrid se habían pronunciado públicamente contra dicha decisión.  

El Real Decreto modificado y aprobado recoge que la cuantía global por derechos devengados por un procurador de los tribunales en un mismo asunto, actuación o proceso, no podrá exceder de 75.000 euros. 

“Excepcionalmente, de forma justificada y con la autorización del juez, se podrá superar el límite anteriormente señalado para remunerar justa y adecuadamente los servicios profesionales realizados por el procurador de manera extraordinaria”, dice el Ministerio. 

También esta decisión ha sido duramente criticada por los procuradores. 

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