Justicia e Instituciones Penitenciarias enseñan a los presos cómo cancelar sus antecedentes penales
Imagen del taller de cancelación de antecedentes penales que se dio a los internos del centro penitenciario de Segovia que están cumpliendo condena. Foto: MJ. .

Justicia e Instituciones Penitenciarias enseñan a los presos cómo cancelar sus antecedentes penales

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08/5/2022 01:47
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Actualizado: 08/5/2022 03:13
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El Ministerio de Justicia y la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias llevaron a cabo esta semana un nuevo taller para instruir a los internos del centro penitenciario de Segovia a cancelar sus antecedentes penales cuando llegue el momento de cada uno.

La iniciativa se extenderá a los centros de Valladolid, el día 1 de junio, y de Ávila, en una fecha aún sin determinar.

En este taller informativo los participantes pudieron conocer cómo funciona el sistema ECRIS, por el que los estados de la UE comparten los antecedentes penales de sus ciudadanos.

Coincidió, además, además, con la puesta en funcionamiento de la segunda fase del plan de automatización de la cancelación de antecedentes penales. E

Este proceso de robotización incluye nuevos algoritmos que han conseguido cancelar automáticamente un total de 87.400 condenas, que afectaban a 73.500 personas. Esto supone un importante ahorro de tiempo a la Administración, pues esta tarea le supondría cerca de un año de trabajo a un funcionario.

La colaboración entre la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia y la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se inició en septiembre de 2021, con el fin de dar a conocer a los internos, y a los profesionales de los diferentes centros penitenciarios, el derecho de las personas a solicitar la cancelación de sus antecedentes penales y de delitos de carácter sexual con el objetivo de facilitar su reinserción social.

Estos talleres informativos ya se han impartido en todos los centros penitenciarios de la comunidad de Madrid. Es una iniciativa que fue acogida muy favorablemente por los internos porque les enseña cómo pueden cancelar los antecedentes penales de las condenas que en ese momento están cumpliendo, lo que supone una última etapa en su proceso de reinserción social.

Igualmente, los profesionales de los centros penitenciarios han valorado de forma muy positiva la ayuda de la información recibida. Estos aspectos, que en algunos casos desconocían, les proporcionan mayor seguridad a la hora de ayudar y asesorar a los internos.

Centro penitenciario de Segovia, donde se celebró este taller. Foto: MJ.

Los objetivos de esos talleres son informar sobre todos los registros administrativos que dan apoyo a la actividad judicial. y dar a conocer el artículo 136 del Código Penal, que hace referencia a esta cuestión, así como las formas de solicitar la cancelación de antecedentes penales o sexuales, exponer los motivos por los que puede ser necesario solicitar un certificado de estas características y la posibilidad de hacerlo, y destacar el papel de los sistemas europeos de información de antecedentes penales ECRIS y ECRIS-TCN en el intercambio de esos datos.

Todos los ciudadanos condenados por sentencia firme que ya hayan cumplido su responsabilidad penal tienen derecho a que se cancelen sus antecedentes penales, que son los que recogen la información de las sentencias que posee una persona mayor de 18 años al haber sido condenada por cometer algún delito.

Para solicitar la cancelación hay que cumplir una serie de requisitos: primero, es necesaria la extinción de la responsabilidad penal porque la pena ya se haya cumplido o bien haya prescrito; y, segundo, se deben respetar unos plazos de tiempo, que se cuentan desde la fecha de extinción de la responsabilidad criminal. El actual Código Penal establece los siguientes:

a) Seis meses para las penas leves.

b) Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.

c) Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.

d) Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.

e) Diez años para las penas graves.

La solicitud puede efectuarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, o bien de forma presencial o por correo postal en las oficinas de Correos.

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