Gadea rechaza que los responsables de la plataforma de inversión en criptomonedas Kuailian declaren desde Abu Dabi
El magistrado desestima el recurso de reforma que interpusieron dos de los investigados.

Gadea rechaza que los responsables de la plataforma de inversión en criptomonedas Kuailian declaren desde Abu Dabi

Y mantiene la declaración para mañana, advirtiéndoles de que si no comparecen se celebrará la comparecencia del artículo 505 de la LECrim, en la que las acusaciones pueden solicitar su ingreso en prisión o la libertad provisional con o sin medidas cautelares
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22/6/2022 13:26
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Actualizado: 22/6/2022 14:18
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El magistrado de la Audiencia Nacional (AN) Joaquín Elías Gadea Francés ha rechazado que el fundador de la plataforma de inversión en criptomonedas Kuailian, David Ruiz de León Gacía Vao, y su socio Cristian Albeiro Carmona Hernández, declaren por videoconferencia desde Abu Dabi, capital de los Emiratos Árabes Unidos, y mantiene su declaración para mañana, jueves 23 junio.

Además, con el apercibimiento de que, en el caso de que no comparezcan, se procederá a la práctica de la comparecencia del artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en la que las acusaciones pueden solicitar su ingreso en prisión o la libertad provisional con o sin medidas cautelares.

En un auto, dictado hoy, el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción 6 desestima el recurso de reforma que presentaron, en el que pedían declarar por videoconferencia u otro sistema similar desde la Embajada de España en Abu Dabi.

Su primera citación, prevista para el 27 de mayo, tuvo que ser suspendida después de que la defensa de ambos señalase que sus clientes sufrían un estado de «ansiedad».

Gadea explica en su resolución que la petición de los investigados se basa exclusivamente en razones de interés personal, y añade que la solicitud  se produce después de haberse suspendido su comparecencia una primera vez por una “supuesta indisposición que ni siquiera pudo ser valorada por el médico forense, pues los citados ni siquiera estaban en España, no llegando a salir de Emiratos Árabes Unidos pese a estar citados en España”.

“Analizados los precedentes y vista la solicitud, esta se perfila más bien como obstructiva y entorpecedora de la ordenada concatenación de actuaciones procesales de esta instrucción, pudiendo entender este magistrado que la medida excepcional y subsidiaria ahora interesada no colma la necesidad, por razones de utilidad pública e interés del Estado en el ejercicio del ius puniendi, de garantizar la presencia de los dos investigados en la sede judicial ante la autoridad competente para la instrucción”, indica el juez.

VOLUNTAD DE EVADIR LA ACTUACIÓN JUDICIAL

Gadea considera que la actitud desplegada hasta el momento permite inferir indicios serios de una voluntad de evadir la actuación judicial, lo que justificaría la necesaria presencia de los dos investigados, si quiera para despejar cualquier atisbo sobre la situación personal en que deben quedar ambos, cuya vinculación al proceso por los indicios criminales que pesan sobre ellos resulta incuestionable en este momento.

Y apunta que una declaración de esta naturaleza, sin previa solicitud de las autoridades competentes mediante la correspondiente Comisión Rogatoria y en circunstancias que podríamos calificar de “informales” no garantizaría los derechos de contradicción y defensa inherentes al proceso penal a los que se refiere el artículo 229.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por lo que debe ser descartada, pues «no hay manera alguna de dar fe de la validez del acto y asegurar el efectivo disfrute de los derechos procesales de los investigados en condiciones idóneas para su ejercicio, pues de ello dependerá, en esencia, la validez del procedimiento”. 

En definitiva, atendidas las dudas que suscita la predisposición de los investigados de colaborar con el juzgado, acuerda mantener su citación para mañana, a las 10.00.

UNA RED DE ‘CAPTACIÓN MASIVA’

Las víctimas de este supuesto esquema piramidal se querellaron en la Audiencia Nacional por hechos que podrían ser constitutivos de delitos de estafa, blanqueo de capitales, falsedad y contra la Hacienda Pública.

En el auto que dio inicio a la investigación judicial en abril de 2021, Gadea explicaba que los cuatro querellados idearon Kuailian, un sistema de inversión en criptomonedas radicado en Estonia, pero que operaba desde España. La causa se encuentra, por el momento, bajo secreto.

Los querellados lo publicitaban por redes sociales ofertando un producto denominado ‘kuais’ con un contrato de 1.000 días de duración. Los interesados invertían en ‘kuais’ con la criptomoneda ‘ethereum’, aunque para ello previamente debían tener un monedero con ese tipo de divisa alternativa.

Los clientes también podían captar nuevos afiliados recibiendo el 10% de la inversión de los nuevos captados en un primer nivel. Se generaba así «una red exponencial de captación masiva que ha llevado a un número indeterminado de personas a la plataforma», según expuso el instructor.

«La captación de nuevos inversores alimentaría la base de la pirámide, permitiendo la restitución y el abono de beneficios a los inversores iniciales, sin que la operativa responda a un negocio real», indicó.

Los querellantes denunciaron un incumplimiento de las condiciones pactadas y que se les estaba negando el reembolso de los rendimientos convenidos. «Se informa de que han solicitado la devolución del importe de la moneda virtual invertida, sin respuesta por parte de los responsables de la compañía», explicaba Gadea.

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