El Constitucional rechaza el borrador que ponía pegas a la 'ley Celaá' y encarga uno nuevo para avalarla íntegramente
Tras admitir las cautelarísimas y paralizar el procedimiento legislativo, el TC da diez días a las partes para que expresen su parecer.

Diez días ha dado el Constitucional al fiscal y a las partes para que digan si mantienen la suspensión de la tramitación

20 / 12 / 2022 02:00

Actualizado el 20 / 12 / 2022 03:11

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El Tribunal Constitucional (TC) ha dado diez días al Ministerio Fiscal, al Congreso y a las demás partes personadas (PP, PSOE y Unidas Podemos) para que presenten las alegaciones que consideren oportunas sobre si debería mantenerse paralizada la tramitación de las dos enmiendas parlamentarias sobre la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

De acuerdo con la parte dispositiva, hecha pública por el TC, el Pleno ha abierto «una pieza separada en la que se le da un plazo de diez días al Ministerio Fiscal y demás partes personadas para que efectúen alegaciones respecto al mantenimiento de la medida cautelar de suspensión acordada».

El Tribunal Constitucional aprobó, por 6 votos a 5, «Admitir a trámite el recurso de amparo, apreciando que concurre en el mismo una especial trascendencia constitucional (artículo 50.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional) como consecuencia de que la cuestión planteada es de ‘relevante y general repercusión social’, que, además, tiene ‘unas consecuencias políticas generales'».

El recurso había sido interpuesto por el PP alegando que vulneraba la propia doctrina del TC sobre los derechos de los parlamentarios porque al tramitar dicha ley por la vía de urgencia, evitando los informes del Consejo de Estado, del Consejo General del Poder Judicial y de la Fiscalía e impidiendo ninguna modificación, les había imposbilitado ejercer su función representativa.

El PSOE y Unidas Podemos habían introducido las dos enmiendas dentro de la “Proposición de Ley Orgánica de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso”, que era la transposición de una Directiva Europea.

Junto con esa ley, en modo de enmiendas –y por la vía de la proposición de ley de ambos grupos parlamentarios, una vía rápida–, ambos grupos también habían colgado las reformas de la sedición y la malversación en el Código Penal.

PSOE y Unidas Podemos pretendían modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial, primero, en la que suprimían la mayoría cualificada de tres quintos para que el Pleno del Consejo General del Poder Judicial nombrara a los dos magistrados que le corresponden del Tribunal Constitucional.

Y también la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, suprimiendo el llamado Pleno de idoneidad por el que se votaba a los nuevos magistrados y se permitía renovar por sextos y no por tercios.

La decisión del Tribunal Constitucional hace de todo punto imposible que el Senado apruebe ambas modificaciones a las dos leyes, después de que el Pleno del Congreso de los Diputados lo aprobara el pasado jueves.

El TC acepta la personación, por ostentar un interés legítimo, de Jaume Asèns Llodrá, diputado y presidente del grupo parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Txema Guijarro García, diputado y secretario general del mismo grupo parlamentario, Pablo Echenique Robba y Enrique Santiago Romero, diputados y portavoces principal y adjunto de dicho grupo, así como a María Isaura Leal Fernández, diputada y secretaria general del grupo parlamentario Socialista de las Cortes Generales, María Fernández Álvarez, senadora y portavoz adjunta del grupo parlamentario Socialista en el Senado, Felipe Jesús Sicilia Alférez, diputado del grupo parlamentario Socialista y presidente de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, y Roberto Uriarte Torrealday, diputado del grupo parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común y vicepresidente de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados.

Sin embargo, el TC no acepta que su presidente, Pedro González-Trevijano y el magistrado Antonio Narváez, sean recusados por PSOE y Unidas Podemos por considerar que «carecen en este momento procesal de legitimación (…) por no estar constituida la relación jurídico-procesal, sin que ello comporte la vulneración del derecho al juez imparcial».

La decisión del Constitucional de paralizar la reforma del proceso de selección de sus magistrados, incluida en la proposición de ley diseñada por la coalición de gobierno para derogar la sedición, marcará este martes la agenda del Senado, donde la iniciativa iba a debatirse en la Comisión de Justicia.

El Senado tiene ahora que extraer las dos enmiendas de la LOPJ y de la LOTC, la 61 y la 62, que aprobó el Congreso, el jueves, y continuar la tramitación del resto del texto.

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