La Justicia anula una deuda de 2,5 millones de euros a dos hermanos que avalaron una empresa familiar 
Se vio afectada de forma directa por el estallido de la burbuja inmobiliaria de 2008, lo que derivó en el impago generalizado a sus clientes.

Un juez de Lleida perdona una deuda de más de 1,3 millones de euros a un constructor afectado por la crisis inmobiliaria

19 / 01 / 2023 11:10

Actualizado el 19 / 01 / 2023 11:10

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El magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº6 de Lleida, Eduardo M Enrech Larrea, ha perdonado una deuda de 1.376.041 euros a un empresario por la Ley de la Segunda Oportunidad. Era administrador de una entidad de construcción que se vio afectada de forma directa por el estallido de la burbuja inmobiliaria de 2008, lo que derivó en el impago generalizado a sus clientes.

Lo ha hecho a través del auto 345/2022 de 28 de diciembre al que ha tenido acceso Confilegal.

La letrada que ha llevado el caso, Marta Bergadà, del despacho Argamunt Bergadá Asociados, ha explicado que al afectado se le han perdonado todas sus deudas tras más de 13 años sin poder tener una cuenta abierta “ni optar siquiera a ser titular de una simple tarjeta de crédito, de ser acosado incesantemente por sus acreedores y de sufrir múltiples embargos procedentes de ejecuciones sobre sus salarios”.

El art. 469.2 de la Ley Concursal establece que, si no se formula oposición en el plazo indicado, el juez resolverá sobre la conclusión del procedimiento en la misma resolución que decida sobre la rendición de cuentas.

Sin un plan de pagos

El magistrado relató en el auto que “en el presente caso, procede la conclusión del concurso al constar el informe favorable de la administración concursal y no consta oposición de ninguna de las partes”. Por lo que le ha concedido la exoneración del pasivo insatisfecho sin un plan de pagos.

El cliente, según Bergadà Asociados, se quedó impactado tras conocer la noticia e, incluso, no pudo conciliar el sueño aquella noche porque llevaba muchos años sufriendo esa situación. Incluso manifestó llegar a tener un trauma psicológico y anímico ya que no podía tener nada a su nombre.

«Pese a que fue el Día de los Santos Inocentes, esta EPI llegó en forma de un regalo de Reyes que nuestro cliente nunca hubiese soñado», ha argumentado la abogada, especialista en derecho concursal y en la Ley de la Segunda Oportunidad Marta Bergadà.

Además, ha remarcado que «no se trata de ningún premio de la lotería, sino de la aplicación de la Ley Concursal y la exoneración del pasivo insatisfecho a los deudores de buena fe mediante el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad».

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