El TEDH reduce de 6 a 4 meses el tiempo límite para aceptar recursos desde la última sentencia firme de cada país
La Gran Sala corrige su primera decisión al respecto, emitida en mayo del 2021, cuando Halet recurrió la primera sentencia, y decide que la sanción al francés viola el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que regula las posibles restricciones a la libertad de expresión.

El TEDH condena a Luxemburgo a pagar 55.000 euros a uno de los informantes del caso LuxLeaks

15 / 02 / 2023 12:46

Actualizado el 15 / 02 / 2023 12:53

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha determinado que la justicia de Luxemburgo violó el derecho a la libertad de expresión de Raphaël Halet al condenarlo por filtrar documentos sobre la evasión fiscal en la ciudad mientras trabajaba en la consultora PricewaterhouseCoopers (PwC). Por ello, sentencia a Luxemburgo a indemnizar a Halet con 55.000 euros, 15.000 por los daños morales y 40.000 para cubrir sus gastos.

Así, según la sentencia consultada por Confilegal, el TEDH decide con 12 votos a favor y 5 en contra que el interés público por la información revelada a la prensa por Halet pesaba más que el secreto profesional al que estaba sujeto, así como los daños reputacionales y posible impacto financiero a la empresa en la que trabajaba y a las compañías involucradas en el escándalo conocido como LuxLeaks.

Así, la Gran Sala corrige su primera decisión al respecto, emitida en mayo del 2021, cuando Halet recurrió la primera sentencia, y decide que la sanción viola el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que regula las posibles restricciones a la libertad de expresión y en el que estribaba la defensa judicial del ciudadano francés.

En la sentencia reconocen el posible efecto disuasorio de darle la razón a PwC. Halet había sido condenado en junio del 2016 a pagar una multa de 1.000 euros tras la denuncia de su antigua empresa por robo, acceso fraudulento al sistema informático, lavado de información y violación del secreto profesional.

«El Tribunal concluye que la interferencia con su derecho a la libertad de expresión, particularmente su libertad para comunicar información, no fue necesaria en una sociedad democrática», según la sentencia.

Las informaciones, publicadas por el programa francés Cash Investigation en el 2013 y a finales del 2014 por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación y otros medios asociados, revelaron que cientos de empresas multinacionales gozaban de privilegios fiscales como parte de acuerdos con las autoridades tributarias de Luxemburgo, que actuaba como un paraíso fiscal.

Habían estado involucradas las compañías «Big 4» de la consultoría internacional: KPMG, Ernst & Young y Deloitte, además de PwC, que asesoraban a numerosas empresas grandes, ninguna de las cuales enfrentó procedimientos legales. Algunas de las estrategias reveladas consistían en préstamos internacionales y un desajuste entre los datos de las autoridades tributarias internacionales y las luxemburguesas.

Los documentos proveídos por Halet incluían declaraciones de impuestos y «acuerdos tributarios previos» que ponían en relieve estructuras financieras aparentemente legales con los que cientos de empresas ahorraban millones de euros en impuestos. La Comisión Europea determinó que algunas de estas maniobras fiscales, como las utilizadas por Fiat Finance and Trade y Starbucks, constituían ayudas estatales ilegales, mientras que en otros casos no alcanzó una conclusión definitiva.

Halet había filtrado documentos internos de PwC a periodistas junto a Antoine Deltour, que, a diferencia de su excompañero de PwC, sí fue reconocido como un informante por el Tribunal de Casación luxemburgués, con lo que goza de la protección de la jurisprudencia del TEDH.

El francés calificó la última sentencia como una «victoria» para los informantes y la lucha contra la evasión fiscal.

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