Condenado el administrador de una sociedad que colocaba másteres aparentando que los organizaba la Universidad Rey Juan Carlos 
El letrado Miguel Ángel Durán, del bufete Durán & Durán Abogados, explica el caso en Confilegal.

Condenado el administrador de una sociedad que colocaba másteres aparentando que los organizaba la Universidad Rey Juan Carlos 

Tendrá que indemnizar a dos afectados con un total de 11.280 euros, más los intereses legales, por daños y perjuicios
|
19/2/2023 01:00
|
Actualizado: 18/2/2023 20:24
|

El Juzgado de lo Mercantil Número 3 de Madrid ha condenado al administrador de una sociedad que colocó un Máster sobre finanzas aparentando que estaba organizado por la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), de Madrid.

El magistrado de refuerzo del Juzgado, Jorge Montull Urquijo, ha estimado la demanda interpuesta por el bufete Durán & Durán Abogados, en representación de dos afectados, contra la mercantil KM Cero Consultoría de Formación, SL y el administrador de la misma, Juan Carlos Rodríguez Castedo, quien era el director del Máster.

Un caso que ha llevado el abogado Miguel Ángel Durán Muñoz, socio fundador de la firma junto a su tío Miguel Durán Campos, exdirector general de la ONCE, que es el socio-director. 

«Como la sociedad que cobró los másteres es insolvente, demandamos al administrador por su responsabilidad», explica Miguel Ángel Durán a Confilegal.

En la sentencia, dictada el pasado 13 de enero (54/2023), el magistrado dispone la resolución del contrato de formación frente a la sociedad, dado el incumplimiento flagrante de su obligación de prestarlos.

Además, impone a los codemandados que abonen conjunta y solidariamente a uno de los afectados 7.380 euros y al otro 3.900, por daños y perjuicios. En total 11.280 euros, a los que se sumarán en ambos casos los intereses legales correspondientes.

Al estimarse la demanda, las costas tendrá que pagarlas la parte demandada.

La resolución todavía no es firme. Contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

CANCELACIÓN DEL MÁSTER TRAS APENAS DOS CLASES

«KM Cero publicitó y ofertó un Máster denominado ‘Análisis Financiero y Research’,  que constaba de 12 módulos y que iba a desarrollarse entre octubre de 2017 y junio de 2018, de lunes a viernes, de forma presencial en la sede de la sociedad, de 18.00 a 22.00 horas. En la publicidad se afirmaba que uno de los organizadores era la Universidad Rey Juan Carlos», relata a Confilegal Miguel Ángel Durán.

Miguel Ángel Durán Muñoz está especializado en el ámbito civil, laboral y penal, y cuenta con más de 20 años de ejercicio profesional.

Según explica, «el atractivo del Máster consistía en, presuntamente, efectuarse en colaboración con dos entidades de prestigio, la Universidad Rey Juan Carlos, y una mercantil denominada GPM, que estaría especializada en intermediación y gestión de activos financieros”.

Los dos afectados, «en la creencia de lo que publicaba KM Cero, se inscribieron, abonando las citadas cantidades.

«Una vez que la sociedad cobró esos importes, fue pasando el tiempo, aplazándose en más de una ocasión el inicio del Máster. Y una vez comenzó, tras dos clases presenciales, en mayo de 2018 se canceló de forma súbita, sin explicación alguna», relata el letrado.

Entonces, los afectados acudieron a la Universidad que supuestamente organizaba los cursos, y se enteraron de que, pese a cobrarles dicha sociedad, no se había realizado trámite alguno en el campus para activar y realizar el Máster.  

«Se ha evidenciado que la única organizadora era la demandada KM Cero, que utilizó de forma fraudulenta reputadas entidades para dar al Máster que comercializaba una imagen de seriedad y prestigio, para captar así clientes y cobrar el dinero de los másteres», destaca Durán.

La Universidad comunicó que dicho el Máster nunca fue activado, ni los alumnos fueron matriculados por la sociedad que cobró el dinero. También informó que no había percibido importe alguno de dicha sociedad.

LA EMPRESA ES INSOLVENTE, POR LO QUE DEMANDARON AL ADMINISTRADOR POR SU RESPONSABILIDAD

Cuando los perjudicados pusieron el asunto en manos de Durán & Durán Abogados, «ante la certeza de que la sociedad no iba a ser solvente y de que no recuperarían el dinero, se estudió la viabilidad de interponer acciones contra el administrador de esa sociedad, de forma que tuviera que asumir esa responsabilidad», relata el abogado.

Según informa, los demandantes reclamaron la devolución de los importes entregados a Rodríguez Castedo, si bien este «aludió que la empresa no tenía fondos”, y que por eso no se podía impartir el Máster ni devolver cantidad alguna, «prometiendo a los afectados que les iba a devolver el dinero entregado en compensación -extremo que no se ha cumplimentado-, e incluso emitiendo documentos en los que se reconoce la deuda».

EXPECTATIVAS FALSAS Y FRAUDULENTAS

«Así, siendo reconocida la deuda social, el Administrador único ha incurrido en responsabilidad por daños o subjetiva, pues debido a negligencia -o a dolo- ha captado diversas cantidades de sus alumnos con el objetivo de impartir unas clases, interrumpiendo el curso al poco de comenzar», señala Durán Muñoz.

Y concluye que «acontece, pues, una absoluta negligencia por parte de Rodríguez, en su calidad de director del Máster y administrador de la mercantil, ya que hizo creer a sus alumnos que el curso constituía un título propio externo de la URJC, y que el claustro de profesores estaba configurado por personas de altísimo nivel, cuando ninguno de dichos extremos se correspondió con la realidad».

Lo único que aconteció, apunta el abogado, fue un cierre de facto de la empresa, «al no comparecer por sistema profesores para impartir la formación acordada». 

Miguel Ángel Durán detalla que la entidad entró en causa de disolución antes de la suscripción del Máster por parte de sus clientes, «toda vez que el único profesor que impartió clases en el curso no percibió su sueldo, motivo por el que el resto de los docentes se negaron a impartir clase alguna».

Durán precisa que el administrador «incumplió el deber de promover la disolución y liquidación de la sociedad, presumiéndose que las causas de disolución eran previas a la deuda con estos dos clientes, de forma que dicho incumplimiento del administrador comportaba su responsabilidad personal y directa del pago y devolución de los importes cobrados, más los correspondientes intereses legales».

El daño para los alumnos «se configura en su vertiente pecuniaria, y en su vertiente de expectativas falsas y fraudulentas, al prometer prácticas que nunca llegaron, y difundir entre los alumnos la falsa creencia de estar cursando un título de una Universidad de prestigio», sentencia Miguel Ángel Durán.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales